El Supremo dice -implícitamente- que el art. 384 bus no vale para suspender. Los letrados del Congreso dicen que el Reglamento del Congreso no vale para suspender. Pero al final los Diputados están suspendidos. Se lesiona el derecho de participación política. Muy claramente."
https://twitter.com/jpurias/status/1131917755828064262España ha tirado por el desagüe el Estado de Derecho
Joan Queralt, Catedrático de Derecho Penal, ha sido contundente también en su análisis sobre lo sucedido.
Concretamente se ha expresado en los siguientes términos: "Hoy el estado ha arrojado aún más por el desague el Estado de Derecho. Nada de lo que tiene que ver con el proceso se resuelve de acuerdo con la ley vigente. Han decidido no dar ninguna garantía a aquellos que no comulgan con su concepto de España: es el derecho del enemigo. Este es su constitucionalismo."
https://twitter.com/JoanQueralt/status/1131949433183232000
Golpe al Estado de Derecho
El Catedrático de Derecho Procesal y ya diputado, Jaume Alonso Cuevillas, ha señalado en una rueda de prensa que ha dado esta misma mañana, que "Hemos asistido a un golpe al Estado de Derecho. Nunca se ha suspendido a diputados sin una resolución firme. Basta únicamente con leer los preceptos aplicables del reglamento del congreso y de la LECrim para ver que la decisión debería haber sido la contraria. La Mesa del Congreso no es competente para adoptar esta resolución. Ha de ser acordada por el pleno del Congreso, previa propuesta razonada de la comisión del Estatuto de los Diputados. La resolución adoptada es contraria de forma flagrante a la normativa aplicable.
El Estado español es una democracia llena de agujeros. Presentaremos una reconsideración ante la Mesa del Congreso, para después poder recurrir al Tribunal Constitucional, a pesar de su imparcialidad. Finalmente, podremos acudir a la Justicia Europea, que pondrá las cosas en su lugar".
https://twitter.com/cuevillasjacs/status/1131961610644406272
Antes del 2017, impensable
El Catedrático de Derecho Penal, Jordi Nieva-Fenoll, ha señalado que "Antes de 2017, absolutamente nadie pensó que el 384 bis LECrim (suspensión de diputados y senadores) se pudiera aplicar a otros delitos que no fueran los de terrorismo. Que desde entonces se esté planteando otra cosa sólo puede tener un sentido utilitarista contrario al 23.2 CE."
Voces políticas en contra de la decisión tomada por la Mesa del Congreso
El Presidente de Catauña, Quim Torra, ha sido contundente: " Un ataque más contra la voluntad democrática de los catalanes y los derechos de los presos políticos. El comportamiento del Estado con el voto de los ciudadanos es intolerable. Llega el momento de la verdad y avanzamos unidos hacia la República independiente."
https://twitter.com/QuimTorraiPla/status/1131896541973757952
El Presidente en el exilio, Carles Puigdemont, ha hecho las siguientes declaraciones: "El gesto fue nombrar a dos catalanes para que presidieran las cámaras para suspender a los representantes de los catalanes. Todo está despejado. Tenemos que contestar el domingo donde más les duele: en las urnas!
https://twitter.com/KRLS/status/1131887956992643073
Alberto Garzón también se ha manifestado sobre lo sucedido: "La injerencia del poder judicial sobre el poder político es un hecho de extraordinaria gravedad. Los justicieros como Marchena, Lesmes, Llarena y compañía socavan la democracia con sus acciones, que presentadas como técnicas apenas disfrazan su nacionalismo más ultra."
https://twitter.com/agarzon/status/1131911692001120256
El que fuera candidato a las primarias del PSOE, Jose Antonio Pérez Tapias, representante de la Izquierda Socialista (y ya fuera del PSOE), también se ha manifestado públicamente en contra de la decisión tomada por la Mesa del Congreso: "Será legal-según interpretación-, pero es injusto. Se pudieron acreditar, se les permitió tomar posesión del escaño y por un "automatismo" jurídico la Mesa del Congreso suspende a los diputados en cuestión, que ven afectados sus derechos fundamentales. Y, de camino, sus votantes"
https://twitter.com/japtapias/status/1131947116954357760
Incluso las voces menos sospechosas...
Leíamos este hilo en redes sociales, de alguien nada sospechoso de ser aíin al independentismo. El magistrado TSJA y profesor UGR, Miguel Pasquau Liaño, explicaba el día 23 lo siguiente:
"No estamos hablando de un asunto judicial. Estamos hablando del Parlamento. Un número de españoles ha decidido que Junqueras, Jordi Sánchez, Turull y Rull sean sus representantes en el Congreso. Lo han decidido sabiendo que están procesados por rebelión (o quizás, por eso). Su voto vale tanto como cualquier otro. Podían votarles: no estaban en causa de inelegibilidad, porque sin sentencia no se puede privar a nadie el derecho a "ser votado". Han tomado posesión y están procesados por rebelión, y en prisión provisional. ¿Deben ser suspendidos, inmediata y automáticamente, una vez que han tomado posesión?
Pensemos. En primer lugar, si dijéramos que sí, habría que reconocer que resulta un poco absurdo dejar elegir a alguien que no va a poder ejercer como diputado ni un segundo. Esto ya debería dar que pensar, y sirve como criterio interpretativo. En 2º lugar, esto no va de "humillación de los españoles". Va de leyes. España es un Estado de Derecho. Ha de decidirse en función de lo que dicen las leyes, no de lo q "deseen" unos u otros, ni de lo que "mole" a tus votantes.
¿Qué dicen las leyes? En realidad, nada. No regulan, en ninguna norma el caso de un diputado YA PROCESADO, que es elegido. Tanto el 384 bis LEcrim como el 21 Reglamento Congreso regulan el caso del procesamiento de alguien que ya es diputado. Y para procesar a un diputado de las Cortes (no de los parlamentos autonómicos), hace falta un suplicatorio. ¿Por qué? Porque las Cortes (el soberano, el pueblo) pueden decirle al TS: no quiero q lo procese mientras sea diputado, aunque ud. aprecie indicios de criminalidad.
El suplicatorio no es un privilegio del diputado. Es una medida de protección de las Cortes, y expresa la supremacía de las Cortes frente al poder judicial en lo referente al funcionamiento propio y composición de las Cámaras. Por eso no sería en absoluto descabellado concluir que cuando la elección como diputado es posterior al suplicatorio, no es posible de ninguna manera la suspensión, pues ésta sólo cabe cuando su causa sea sobrevenida a la elección.
Esta sería la interpretación más respetuosa con el sufragio: lo que ha decidido el pueblo sobre quién ha de representarle va a misa, y vale más que una resolución del TS. La suspensión tiene sentido por causas sobrevenidas (no contempladas antes por los electores).
En todo caso, podría pensarse (es defendible) que puesto que el suplicatorio es una medida de defensa de la Cámara, y no de cada diputado, la Cámara pudiera aplicar al diputado ya procesado antes el mismo trato, y suspenderlo mientras se dicta la sentencia. En tal caso, desde luego, la suspensión NO PUEDE SER AUTOMÁTICA, como piden Rivera y Casado. El poder judicial no puede imponer al Congreso (soberano) una alteración de su composición. (Obviamente, sí por sentencia posterior a la elección, que inhabilite).
Dicho de otro modo, el Congreso, en cuanto a su composición y funcionamiento, manda más que el Tribunal Supremo (no que el Tribunal Constitucional, ojo). Por eso el TS ha hecho muy bien en decirle a la presidenta del Congreso que no va a darle órdenes: "es asunto de su competencia, ustedes son quienes mandan en eso", significa lo que hoy ha hecho el TS.
El Congreso puede hacer dos cosas: 1) o denegar la suspensión por decisión "jurídica" de la Mesa, si los Letrados les dicen que no resultan de aplicación ni el 384 bis LECrim ni el 21 del Reglamento, o 2) Convocar el Pleno para que decida "políticamente" si los suspende o no. Sería el equivalente al suplicatorio. El TS ha dicho que no tiene que pedir el suplicatorio para continuar el juicio, y TIENE RAZÓN (en mi opinión). Pero no ha dicho que el Congreso tenga forzosamente que tragarse la suspensión por un procesamiento que no autorizó. La mayoría del Pleno no puede decidir liberar a los presos, ni archivar la causa. Pero sí puede decidir que los procesados, mientras no fueran condenados en sentencia, sigan representando a su electorado.
Es el Pleno quien debe decidir. Y no tiene que dar explicaciones, porque MANDA. Sólo tiene que votar. El problema es que esto pone en un brete al Grupo Socialista ,quien preferiría, en este asuno, "cumplir órdenes", a ser él quien incline la balanza. Por cierto, si el Congreso decidiera no suspenderlos, ,podría dar órdenes al TS para que adapte el calendario del juicio a las exigencias del funcionamiento del Congreso, así como exigirle q autorice su asistencia en, por ejemplo, la sesión de investidura."