El CGPJ incumple la ley al no jubilar a los magistrados cuando cumplen 70 años de edad

19 de Febrero de 2019
Actualizado el 02 de julio de 2024
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El escándalo ha saltado con ocasión de la jubilación forzosa del magistrado del Tribunal del ‘Procés’ Luciano Varela, que ha sido decretada a los 72 años y no cuando cumplió los 70 como era preceptivo según se ordena en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), si bien lo mismo ocurrirá este año con 8 magistrados más del Tribunal Supremo, a quienes además ni siquiera les ha sido decretada todavía la jubilación a pesar de que estos jueces han rebasado con creces los 71 años de edad.El artículo 386 de la LOPJ dice que “la jubilación por edad de los Jueces y Magistrados es forzosa y se decretará con la antelación suficiente para que el cese en la función se produzca efectivamente al cumplir la edad de setenta años (70 años)”. Pero que “no obstante, los jueces y magistrados podrán solicitar con dos meses de antelación a dicho momento la prolongación de la permanencia en el servicio activo hasta que cumplan como máximo setenta y dos años de edad (72 años)”. Dicha solicitud de ampliación voluntaria de funciones vinculará al Consejo General del Poder Judicial quien solo podrá denegarla cuando el solicitante no cumpla el requisito de edad (70 años) o cuando presentase la solicitud fuera del plazo de los dos meses antes.La consecuencia es clara, la jubilación de los jueces y magistrados deberá decretarse forzosamente antes de que cumplan los 70 años de edad, sin perjuicio de que voluntariamente pidan la prolongación de funciones durante 2 años más hasta cumplir los 72, pero con la jubilación forzosa ya decretada.Sin embargo el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) lo está haciendo al revés, incurriendo en un más que probable delito contra los derechos de los trabajadores, que en el caso de Luciano Varela se aprecia con mucha claridad: en el mes de febrero de 2017, tres meses antes de cumplir 70 años, la Comisión Permanente no lo jubiló sino que parece que acordó “automáticamente” su prolongación en el servicio activo hasta que cumpliera los 72 años, sin darle la opción de renunciar anticipadamente a la ampliación de funciones de esos dos años, que se supone por ley que debe ser absolutamente voluntaria.No ha sido hasta el 17 de enero de este año cuando el CGPJ ha decretado, esta vez sí, la jubilación forzosa de Luciano Varela pero con efectos a partir del 9 de mayo próximo, cuando según fuentes judiciales “era evidente que este magistrado arrastraba desde hace tiempo síntomas claros de demencia senil” por cuyo motivo, y según ha podido saber Diario 16, ya había sido solicitada su incapacitación permanente ante la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo.Esto mismo ha ocurrido con 3 magistrados más del Tribunal Supremo: Benito Gálvez Acosta de la Sala de lo Militar, Miguel Ángel Luelmo Millán de la Sala de lo Social, y Luis Fernando Castro Fernández también de la Sala de lo Social. El caso de este último es muy significativo de la “automaticidad” con la que se aplica la ampliación de funciones a los jueces y magistrados ya que por razones de salud tuvo que renunciar expresamente a su aplicación un año más tarde, abandonando la carrera a los 71 años sin tan siquiera haber sido decretada su jubilación.8 magistrados más del Tribunal Supremo cumplieron el año pasado 71 años de edad bajo la cláusula de la “automaticidad” sin que hasta la fecha se les haya decretado la jubilación. Se trata de  José Manuel Sieira, Fernando Salinas Molina, Milagros Calvo Ibarlucea, Ángel Juanes (Vicepresidente Del Tribunal Supremo), Francisco Monterde, Javier Juliani y Alberto Jorge Barreiro.Lo que no tiene sentido entonces es por qué Manuel Marchena ha permitido que Luciano Varela siga en la causa del ‘Procés’, sabiendo que cuando se jubile tendrá que anularse todo lo que se haya hecho hasta ese momento si aún no han terminado las sesiones del plenario, teniendo en cuenta que en este caso el juicio tendrá que empezar de nuevo cuando se designe al nuevo magistrado que le tenga que sustituir, prolongando de esta manera la agonía de los políticos que siguen encarcelados.Por mucho que habilite los lunes y viernes, e incluso los sábados, para terminar cuanto antes el juicio al ‘Procés’, Manuel Marchena se enfrenta a la temida nulidad de actuaciones si antes del próximo 9 de mayo no ha conseguido que finalicen las sesiones de la vista oral.
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