El Gobierno respalda a la diputada Isa Serra, condenada a 19 meses de prisión por intentar evitar el desahucio de una persona con discapacidad en 2014

23 de Abril de 2020
Actualizado el 02 de julio de 2024
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Isa Serra 1

Undelito de atentado por insultar, empujar y arrojarobjetos contra miembros de los Cuerpos yFuerzas de Seguridad del Estado o defender el derechoa la vivienda consagrado supuestamente por la Constitución Española.Un tribunal ha optado por la primera tesis y ha condenado a la portavoz deUnidas Podemos en la Asamblea de Madrid, Isa Serra,a 19 meses de prisión después de considerarlaresponsable de un delito de atentado. La condena será recurridaal Tribunal Supremo y la diputada ha recibido el respaldo de suscompañeros de partido y de los miembros de Unidas Podemos en el Gobierno dePedro Sánchez como el vicepresidente segundo, PabloIglesias, la ministra de Igualdad, IreneMontero, o el portavoz de Unidas Podemos en el Congreso de losDiputados, Pablo Echenique.

https://twitter.com/PabloIglesias/status/1252907709655113728?s=20

LaSala de lo Civil y Penal del TSJ de Madrid ha condenado a la diputada regionala un año y siete meses de prisión por un delito de atentado, tras intentarevitar el desahucio de una persona con discapacidad el 31 de enero de 2014 enel madrileño barrio de Lavapiés.

Además,los jueces la consideran también culpable de un delito leve de lesiones,por el que le imponen una pena de multa de cuatro meses,a razón de una cuota diaria de diez euros, y de un delitode daños, por el que la sancionan igualmente a pena de cuatro meses,con la misma cuota diaria.

https://twitter.com/IreneMontero/status/1252913686072766467?s=20

Ladefensa de la diputada ha sido ejercida por Red Jurídica,queha explicado que “la acusación ejercidapor el Ministerio Fiscal no se apoyaba en ninguna prueba objetiva, comofotografías o vídeos, sino únicamente en las pruebassubjetivas que son las declaraciones de los funcionarios”. 

https://twitter.com/juralde/status/1252907067570106368?s=20

Eltribunal madrileño absuelve a Isabel Serra del delito de desórdenes públicosque le solicitaba el Ministerio Fiscal, al considerar que no quedó acreditadodurante el juicio, “pese a la violencia desarrollada y los lesivos resultadosprovocados, que la intención de los autores de estos actos fuera la de atentarcontra la paz pública, presupuesto básico para aplicar esta figura delictiva”,según señala el fallo judicial.

Enrelación a la responsabilidad civil, Isabel Serra deberá indemnizar a dos policías por las lesionescausadas: a una agente deberá abonarle la cantidad de 4.850 euros y a otrocuatrocientos euros.

Losjueces consideran que en el juicio celebrado en la Sala de Lo Civil y Penal delTSJ de Madrid, debido a la condición de aforada de la acusada, diputada de laAsamblea de Madrid, ha quedado acreditado que Isabel Serra formaba parte delgrupo de personas que al término del desahucio increpó einsultó a los agentes de policía destinados a la zona para dar cobertura ala comisión judicial, hasta el punto de obligar a los agentes a retroceder paraprotegerse del aluvión de objetos que leslanzaban e, incluso, verse obligados a salir de un vehículo para evitar que los allícongregados se llevaran algún objeto de su interior, después de que lograran abrirel portón trasero del últimofurgón de la comitivapolicial.

“Laacusada, integrándose en los grupos de personas, pues unas veces se encontrabaen uno de los cordones y otras veces en el otro, que increpaban, insultaban yacosaban a los agentes, profirió insultos dirigidos a los agentes en general,así como en particular a una agente de PolicíaMunicipal, diciéndole: Eres cocainómana’,‘mala madre, hija de puta, con todo lo que hemos luchado las mujeres, contigo se pierdetodo, no te quieren ni tus propios compañeros’. A otra agente de Policíale dirigió frasescomo: ‘Hija de puta, puta,zorra; que te follas a todos los policías municipales’. ‘Vergüenza, si fuera tu hijotendría que cogerte un arma y pegarte un tiro’. La acusada, además de proferirinsultos a los agentes, procedió tambiéna dar empujones y lanzar objetos contundentes a los mismos”, señala lasentencia, que será recurrida al Supremo.

Dosagentes heridos

Dosagentes de policía municipal resultaron heridos, según indica el fallo judicial.Uno, tras ser alcanzado con un objeto contundente que leimpactó en la mano izquierda, y el otro al recibir el impacto deotro objeto en el casco, lo que le provocó un desvanecimientoy una contractura cervical con mareos y vértigo.

Losjueces aclaran que el derecho a la libertad de expresión,así como el derecho dereunión pacífica, “son derechos fundamentales recogidos en nuestra Constitución ysirven como vehículos para canalizar protestas, en principio legítimas, como elcaso presente de solidarizarse con una persona desahuciada de la vivienda queocupa. Ahora bien –añaden-, al igual que otros derechos fundamentales, su ejerciciotiene límites, siendo uno de ellos el que su legítimo ejercicio no puedeamparar comportamientos ilegales o castigados por el CódigoPenal”.

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