Aplausos y diputados de pie para celebrar la absolución de los miembros de la mesa del Parlament de Cataluña, que estaban siendo juzgados por haber permitido celebrar debates sobre resoluciones en sede parlamentaria.
Así se ha recibido la noticia que ha obtenido la ovación de la mayoría parlamentaria catalana. Se encontraban en una sesión de control al Govern y la vicepresidenta, que asume ahora las funciones de presidencia, Alba Vergés, ha interrumpido la sesión para anunciar la decisión del órgano judicial. "Se les juzgaba por haber permitido el libre debate parlamentario en este hemiciclo precisamente" ha señalado. "Consideramos inaceptable esta judicialización de la política de la que han sido víctimas . Este Parlamento debe ser el baluarte de la democracia de nuestro país, una garantía de que preserve los derechos de los diputados para expresarse libremente" ha añadido.
Juzgados por desobedecer al TC
La mesa del parlament, que presidía Roger Torrent y que estaba también compuesta por Eusebi Campdepadrós, Josep Costa y Adriana Delgado, llevaba años en un proceso judicial por haber permitido el debate parlamentario de resoluciones que abordaban la independencia de Cataluña y la reprobación de la Monarquía española.
El TSJC considera en su sentencia que los miembros de la Mesa no cometieron un delito de desobediencia por falta de mandato claro y específico a las providencias del Tribunal Constitucional de los días 10 y 16 de octubre de 2019. Una sentencia adoptada por mayoría, con un sólo voto particular. Consideran los magistrados que las providencias señaladas permitían una interpretación amplia, o al menos, más de una interpretación. Y además, se indica en la sentencia que no hubo dolo, puesto que no ha quedado acreditado que los acusados tuvieran conocimiento y quisieran desobedecer los mandatos dados por el Tribunal Constitucional.
Voto particular
La magistrada Marta Pesqueira ha firmado el único voto particular a la sentencia absolutoria. En su escrito considera probado que los miembros de la Mesa son responsables de un delito de desobediencia. Considera que fueron advertidos, y que su deber era parlizar cualquier iniciativa, jurídica o material, que supusiera ignorar las sentencias del TC.
Inviolabilidad parlamentaria, a Estrasburgo
Las defensas de los cuatro acusados alegó la inviolabilidad parlamentaria de sus defendidos. Señalaban que según el Estatut y la propia Constitución Española, no se les puede juzgar en esta causa por un supuesto delito de desobediencia, puesto que estarían protegidos por la inviolabilidad e inmunidad parlamentaria. Sin embargo, la sentencia señala que "la Mesa de un parlamento tiene la facultad de admitir o inadmitir una propuesta de resolución si es inconstitucional, e incluso si es manifiestamente inconstitucional, pero esta facultad se convierte en una obligación de inadmitir a trámite una propuesta de resolución si es contraria a lo resuelto por el TC".
En este sentido, Josep Costa ha elevado un recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, por lo que el TSJC reconoce tener que esperar la respuesta del tribunal para poder posicionarse al respecto.
Precisamente, Costa ha anunciado hoy que recurrirá la sentencia ante el Tribunal de Estrasburgo, porque no se ha reconocido la soberanía del Parlamento y atenta contra todas las leyes democráticas. El jurista, considera que sigue existiendo una vulneración de la democracia, de las separación de poderes y un atentado contra la inviolabilidad parlamentaria.