La Fiscalía del Tribunal Supremo admite que la comisión rogatoria solicitada en su momento a la Fiscalía de la República y Cantón de Ginebra en relación con la investigación abierta al rey emérito Juan Carlos I −pese a que, a día de hoy, no ha sido cumplimentada en su totalidad−, “abre nuevas perspectivas” y la necesidad de ser complementada con la práctica de otras diligencias, “que sin duda abrirán un abanico de posibilidades imposibles de valorar en este momento”. Con todo el material recopilado por el fiscal suizo Yves Bertossa, la Justicia transalpina abrió la causa P14783/2018, también conocida por la prensa de aquel país como “los papeles secretos de Ginebra”.
¿Qué ha encontrado Bertossa que lleva a la Fiscalía española a reconocer que puede haber material altamente comprometedor para la Casa Real?
De momento las investigaciones de la Justicia suiza se han centrado en las donaciones presuntamente vinculadas con Juan Carlos I. Se sabe que hace dos años se produjeron donaciones millonarias vinculadas con el emérito y su examante Corinna Larsen. El pasado 3 de marzo, el diario local Tribune de Genève revelaba que una de esas donaciones se elevaba a 100 millones de dólares, pagados por el Ministerio de Finanzas de la monarquía de Arabia Saudí a una cuenta en el banco privado suizo Mirabaud a nombre de la entidad panameña Lucum, de la que Juan Carlos I era único beneficiario. Según aquella información, parte de ese dinero se retiró de la cuenta y la mayor parte del monto restante, unos 65 millones de euros, presuntamente se transfirió a Larsen a través de la sucursal de otro banco ginebrino en las islas Bahamas. Sin embargo, en ese expediente suizo puede haber mucho más material comprometedor para el emérito.
Ahora el Ministerio Público español se pronuncia sobre la cuestión en un escrito dado a conocer este jueves en el que solicita la inadmisión a trámite de la querella presentada el pasado mes de julio por la asociación independentista Òmnium Cultural contra Juan Carlos por presuntos delitos de corrupción, blanqueo de capitales y fraude fiscal relacionado con el origen de su presunta fortuna en cuentas en el extranjero, según informa Europa Press.
“En efecto, las diligencias del Fiscal del Supremo han avanzado desde su iniciación cualitativa y cuantitativamente”, añade el informe firmado por el mismo fiscal que dirige las diligencias contra el rey emérito, Ignacio Campos. El documento, de 14 páginas, incide no obstante en la inviolabilidad del exmonarca al relacionar la querella de Ómniun con hechos anteriores a 2014.
En el escrito, el Ministerio Público solicita que también se inadmita una segunda querella similar que se adhirió a la de Ómnium por parte de Atenes des Juristes pels Drets Civils, a quien no obstante hay que imponer una fianza por el trámite realizado ante el alto tribunal. El fiscal incide en que no puede afirmarse que exista “un procedimiento judicial abierto” sobre este asunto, que de momento se limita a diligencias de investigación por parte de su departamento.
La Fiscalía rechaza, por lo tanto, que deba apartarse de la investigación, como procedería en el caso de existir ya una causa penal, y recuerda el decreto de la fiscal general que le atribuyó este asunto el pasado mes de junio en el que se señalaba que, en dicho momento, no resultaba posible “establecer ni tampoco descartar la participación de Don Juan Carlos en hechos penalmente relevantes ocurridos con posterioridad al mes de junio de 2014”. Admite por otra parte el fiscal que el contenido de sus diligencias de investigación “pudiera coincidir en su punto de partida, y parcialmente con el tenor de las querellas” de las asociaciones independentistas sobre las que ha realizado este informe.
No obstante, y ya centrado en el contenido de las querellas presentadas, la Fiscalía adelanta que aunque la falta de precisión de las mismas no facilita un estudio perfecto de los hechos “todo parece indicar, a la vista de lo preceptuado en los artículos 131 y siguientes del Código Penal que, a tales hipotéticos delitos, les sería de aplicación el instituto de la prescripción”.
El grueso del informe, no obstante, alude al asunto de la inviolabilidad para concluir, tras citar jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y del Tribunal Constitucional, que la Fiscalía entiende la inviolabilidad personal absoluta del rey del artículo 56 de la Constitución como “no susceptible de matización, excepción o exclusión”, pues entonces ya no sería una inviolabilidad personal.
“La inviolabilidad puede entenderse como sinónimo de irresponsabilidad −añade el escrito−. En este sentido, la inviolabilidad se identifica con la irresponsabilidad en la medida en que ambos términos expresan que no se puede perseguir penalmente al monarca y que, en cuanto se refiere a la responsabilidad civil, no se le puede demandar ante la jurisdicción ordinaria” por hechos cometidos hasta su abdicación el 18 de junio de 2014.
El pasado 4 de agosto, la Sala de vacaciones del Tribunal Supremo rechazó la adopción de medidas cautelares que había solicitado la asociación cultural como retirada de pasaporte contra Juan Carlos I y recordó que el rey emérito no está investigado por este órgano. En la querella, Òmnium pide que se investigue la procedencia de la fortuna de Don Juan Carlos en posibles cuentas en el extranjero y que se requiera a Suiza el bloqueo de las cuentas en ese país porque hay “indicios suficientes para iniciar una investigación por corrupción” y porque la Fiscalía helvética también está indagando al respecto.