La libertad de colegiarse

13 de Noviembre de 2018
Actualizado el 02 de julio de 2024
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abogados colegiados
En España el concepto ‘colegio profesional’ marida con oficial, imperativo y garante del –supuesto- buen hacer. Si lo ‘oficial’ excluye lo privado, lo imperativo la libertad y la garantía esquiva al rufián que abusa de su profesión manejamos paradojas e hipocresías. Los colegios profesionales asocian a particulares que ejercen libremente su profesión y, se supone, respetan las normas. La realidad, estimados lectores, es muy diferente.Hagamos algo de historia. Los antiguos gremios medievales agrupaban artesanos que compartían maestros y aglutinaban aprendices. Los oficios se protegían para que perdurasen, generaron normas internas. Entre ellas defenderse mutuamente. Una variante gremial fue la masonería. Germinó entre canteros y constructores de catedrales en Europa central.Como sabemos, la masonería tiene códigos, ritos, es secreta y se le atribuye un poder planetario. Su fin más aceptado es modelar el civismo de los humanos por el bien común. Pero lo que conocemos de los masones más prominentes es que tan nobles fines se traducen en ansiar el beneficio particular. Pues algo parecido ocurre en los ‘colegios profesionales’ patrios.Configurados como corporaciones de derecho público, los colegios profesionales u oficiales españoles agrupan miembros que comparten una actividad libre con aval académico regulado. Aquí ya vemos que falla algo. Los actuales grados universitarios que acomodamos al marco europeo (Plan Bolonia) no bastan para colegiarse como abogado, firmar proyectos de ingeniería o arquitectura, etc… El dineral del Máster ‘habilitante’ toca pagarlos a padres de graduados, o trabajar muy duro para pagar un futuro pasaporte al empleo.
Sólo hay colegios de detectives en la Comunidad Valenciana, Cataluña o Galicia. Los detectives aragoneses, ceutíes o de Baleares son huérfanos colegiales: ¿Son menos detectives?
Vemos, pues, que el Estado ampara al colegio profesional dotándolo de normas del Derecho Público que suelen avalar leyes autonómicas. Este es otro exotismo que encontramos. Damos ejemplos: los decoradores o fisioterapeutas colegiados andaluces pueden no tener homólogo en Murcia, Galicia o La Rioja. Las competencias transferidas por el estado a las autonomías hacen llamativo el caso de los detectives privados.Es preceptivo para el ejercicio de esa actividad licencia de ámbito estatal que otorga el Ministerio del Interior tras obtenerse un grado universitario y similares requisitos que los precisos al acceso a la función pública. A esa realidad le sumamos que sólo hay colegios de detectives en la Comunidad Valenciana, Cataluña o Galicia. Es decir, los detectives aragoneses, ceutíes o de las Baleares son huérfanos colegiales: ¿Son ‘menos’ detectives? ¿Necesita colegiarse de detective extremeño si le sale un caso en Cataluña?... El universo colegial español alberga un desvarío increíble.Quienes ejercen oficios manuales, además, parecen ‘parias’ al lado de los colegiados. Vivir de las manos sería menos digno que vivir del intelecto avalado por alguna titulación académica. Reivindicamos, puestos a igualar derechos de profesionales libres, colegios de fontaneros, electricistas, camioneros, pescadores, agricultores. La defensa gremial, llegados a este punto, se bifurca en patronales, asociaciones profesionales o sindicatos…La aplicación de la Ley Omnibus (25/2009) proclama la libertad de circulación de profesionales en territorio comunitario europeo. Ese don, esa libertad, también radica en colegiarse o no. Pero craso error. El Tribunal Supremo, selectivamente, corrobora la obligatoriedad de afiliarse a determinados colegios, que hacen caja con miembros que pagan las cuotas mirándolo de reojo todo. Los adversos al ‘modelo oficial’ colegial entienden que el imperio de la Justicia y la titulación académica precisa es el marco de los profesionales que ejercen su actividad. Estar ‘colegiado’ lo consideran algo innecesario y lejano a su cotidiano. Ese disenso no es bienvenido por cúpulas colegiales. Consideran a sus críticos como traidores.
‘The Law Society’ británica, por ejemplo, ante una queja sobre un letrado resuelve sobre quitarle la licencia, no sobre el dinero que está en conflicto
Sin embargo, quienes reiteran que fuera de los colegios hace mucho frío, se cometen tropelías, escasea la seguridad jurídica y petardea el profesional cada vez se creen menos sus rancios postulados. Estar colegiado para el 80% de afiliados es pagar cuotas, coincidir con antiguos compañeros de carrera y recibir alguna publicación donde el ‘pensamiento único’ reina.Para un aproximadamente un 20% de los colegiados su corporación de Derecho Público es un foro palpitante, una directiva que lucha 24 horas por ‘la profesión’ y un titán que puede a cualquier adversidad colectiva. Esa ‘mayoría silenciosa’ conformista es la que no ve lo que vemos todos: las directivas colegiales cambian para que todo siga igual.Y vamos a dar numerosos ejemplos. La democracia interna en procesos electorales menudea. Suelen presentarse candidaturas únicas que aglutinan intereses de empresas o grupos de colegiados adinerados cuyos privilegios traspasan a los profesionales noveles o ‘silentes’. Cuando hay lucha entre distintos candidatos en períodos electorales, se fragmentan los bandos entre ‘oficialistas’ y ‘renovadores’.Seguimos. Si ganan los ‘renovadores’ reparten favores, cargos y negocios a los suyos. Las migajas, a los ‘oficialistas’ hasta que se contagian de sus antecesores. Esta dinámica posibilita que haya colegios donde hay presidentes y juntas que repiten en la poltrona, elección tras elección, sin recato alguno, sin ruborizarse de repartir medallas sólo a afines, por ejemplo y por el hecho de pagar cuotas durante 15, 25 o 50 años…. El mérito nadie sabe dónde está excepto el premiado que suele pagar hasta la comilona de turno, en la que suele acompañarle su feliz familia.La mala praxis de algún colegiado es abordada por la directiva según sea quien la practique. Las ‘comisiones deontológicas’ invitan a la francachela para no dañar la reputación de un ‘compañero/a’, o minimizare el castigo si en el conflicto hay algún ‘intocable’ inmerso, ya sea denunciante o denunciado. Es decir, las sanciones deontológicas se aplazan, son ‘secretas’ y -si hay expulsión- se publicita sólo cuando la metedura de pata la comete alguien sin apadrinar. Esto es así, guste o no guste.El sonrojo que dan algunos colegios profesionales españoles para depurar prácticas profesionales repudiables y ajenas a toda pauta o protocolo contrasta de cómo se las gastan colectivos médicos y de abogados norteamericanos para fulminar licencias de impresentables ‘compañeros’. The Law Society británica, por ejemplo, ante una queja sobre un letrado resuelve sobre quitarle la licencia, no sobre el dinero que está en conflicto. Son temidas y respetadas, pues, sus decisiones.En Costa Rica, país del que deberíamos aprender mucho, la identidad y pleito del abogado sancionado por su colegio la publica el diario de mayor tirada y en la red. Obliga, además, al sancionado a indemnizar lo que se estime. ¿Harán eso, alguna vez, en la ‘madre patria’? Faltarían hojas de periódico, y espacios en la red, si fueran así las cosas. Aquí nadie entiende que el garbanzo negro contamina al resto si no se depura, además empodera a quien planifique o ejecute fechorías usando una profesión.Vemos que una de las asignaturas pendientes es renovar y actualizar nuestros colegios profesionales. Si es obligatorio afiliarse sus directivas deberían transparentarlo todo. Las nuevas generaciones no se fían de los veteranos en los cargos. Si la actividad no es de colegiación obligatoria es ocasión perfecta para atraer afiliados ofertando servicios, arropando al ejerciente y luchando de verdad por el bien de todos, no por intereses de unos pocos, que siempre son los mismos.
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