Marchena podría "anticipar" el fallo del ‘procés’ para evitar futuros imprevistos en la firma de la sentencia
22
de Julio
de
2019
Actualizado
el
02
de julio
de
2024
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Fuentes jurídicas han señalado que el fallo del juicio al ‘procés’ podría notificarse a las partes este mismo mes de julio, adelantándose así a la ulterior redacción de la sentencia que sigue estando prevista para el próximo otoño, dentro de tres o cuatro meses.Esta posibilidad de adelantar el fallo verbalmente, que ya se aplicó con dudosa legalidad en el caso de la sentencia de la ‘Manada’, en realidad solo está prevista en la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el Procedimiento Abreviado en los juzgados de lo penal, y no para los órganos colegiados, con la finalidad exclusiva de preguntar a las partes sobre su intención de recurrirla para facilitar la firmeza de la sentencia en caso contrario.Si ya fue cuestionable que la Sala 2ª del Tribunal Supremo decidiera adelantar el fallo de la condena por la violación grupal ocurrida en los sanfermines del año 2016, para justificar ante la opinión pública la detención de los condenados que se produciría horas después sin esperar a la redacción de la sentencia, es igualmente cuestionable que la misma Sala de lo penal decida ahora adelantar el fallo del ‘procés’ a este mes de julio, ante la eventualidad de que alguno de los magistrados pudiera encontrase incapacitado para firmarla más tarde, dentro de tres o cuatro meses.Este alambique procesal diseñado por Manuel Marchena intentaría justificarse en las previsiones de la Ley Orgánica del Poder Judicial sobre la posibilidad de que alguno de los magistrados llamados a dictar sentencia no pudiera firmarla por encontrarse incapacitado, que no evitaría el efecto expansivo que provocaría las sospechas de esa incapacidad al momento mismo del juicio y la consiguiente nulidad de la sentencia.De esta forma, al separarse con tanta distancia los momentos de la votación y, tres o cuatro meses después, el de la firma de la sentencia, los peligros de la posible nulidad disminuyen si el magistrado incapacitado, aunque ya lo estuviera en el momento del juicio, se limita luego a no firmar la sentencia que habría votado personalmente bastantes meses atrás.
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