Miles de jubilados pueden reclamar hasta 4.000 euros tras una histórica sentencia del Tribunal Supremo

Un fallo judicial abre la puerta a que antiguos cotizantes a mutualidades laborales reclamen devoluciones de IRPF por los excesos tributarios realizados entre 1967 y 1978

22 de Octubre de 2024
Actualizado a las 14:03h
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Miles de jubilados pueden reclamar hasta 4.000 euros tras una histórica sentencia del Tribunal Supremo
Miles de jubilados pueden reclamar hasta 4.000 euros tras una histórica sentencia del Tribunal Supremo

Una sentencia histórica del Tribunal Supremo en febrero de 2023 ha sacudido el panorama de los jubilados que cotizaron a diversas mutualidades laborales en España entre 1967 y 1978. El fallo ha reconocido que Hacienda estuvo cobrando más impuestos de los debidos a miles de pensionistas de sectores como la banca, la construcción, la pesca, la metalurgia, y otros. Ahora, estos jubilados —y, en caso de fallecimiento, sus herederos— pueden reclamar una devolución fiscal que oscila entre los 3.000 y 4.000 euros, dependiendo de sus aportaciones y años cotizados.

El fallo que lo cambia todo

El Tribunal Supremo, mediante la sentencia STS 255/2023, dictaminó que los pensionistas que cotizaron a mutualidades laborales tienen derecho a la devolución del IRPF pagado de más debido a una doble imposición. Según el fallo, estos trabajadores ya habían tributado a través de las cuotas a sus respectivas mutualidades y luego volvieron a tributar en el momento de percibir sus pensiones. El problema de fondo radicaba en que las cuotas de las mutualidades no gozaban de la misma consideración fiscal que las cotizaciones a la Seguridad Social, lo que generaba un desequilibrio.

El caso que desencadenó esta sentencia fue el de un jubilado que cotizó a la Mutualidad Laboral de la Banca entre 1967 y 1978. Este pensionista reclamaba una reducción del 25% en el IRPF que no se aplicó correctamente a sus cotizaciones. El Supremo falló a su favor, estableciendo un precedente que ha extendido este derecho a miles de jubilados en toda España.

Sectores afectados y cifras a reclamar

El fallo del Supremo no solo afecta a los mutualistas de la banca, sino también a otros sectores económicos que tenían mutualidades propias antes de la integración en la Seguridad Social. Los sectores más destacados son las eléctricas, el comercio, la construcción, la metalurgia, la pesca y los astilleros. De acuerdo con estimaciones de la firma Vento Abogados & Asesores, los pensionistas que cotizaron a estas mutualidades podrían reclamar una devolución media de entre 3.000 y 4.000 euros.

Esta cifra depende de varios factores, como los años cotizados a la mutualidad y el porcentaje de la vida laboral que corresponda a ese periodo. Por ejemplo, un pensionista con una carrera laboral de 40 años que cotizó 11 años a una mutualidad entre 1967 y 1978 podría recuperar hasta 1.237,5 euros por los ejercicios no prescritos, sin contar los intereses de demora que Hacienda deberá abonar.

La situación antes de la sentencia

Hasta esta sentencia, solo los mutualistas de Telefónica, que tuvo su propia mutualidad hasta 1991, habían logrado que se reconociera su derecho a la devolución del IRPF mediante una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) en 2017. Sin embargo, el caso de Telefónica fue una excepción, ya que el resto de mutualistas no había obtenido una respuesta favorable de Hacienda.

La sentencia de 2023 amplía esta posibilidad a miles de trabajadores de otros sectores. Comisiones Obreras (CCOO) ha destacado que, en la comarca de Cartagena, jubilados de la Mutualidad Laboral Siderometalúrgica ya han recibido devoluciones que oscilan entre los 100 y los 16.000 euros, dependiendo de las aportaciones realizadas y la antigüedad de las cotizaciones.

Cómo reclamar el dinero

Para poder solicitar la devolución, los jubilados o sus herederos deben iniciar el trámite ante la Agencia Tributaria. El proceso no es automático, por lo que es necesario presentar una solicitud manual a través de la sede electrónica de Hacienda, aportando la documentación que demuestre su derecho a la deducción fiscal. Entre los documentos requeridos están:

- Vida laboral completa.
- Certificado del importe anual de la pensión percibida.
- Modelos 100 del IRPF por los años que se quieren reclamar.
- Certificado de la empresa donde se trabajó.
- Número de cuenta bancaria para recibir la devolución.

En el caso de los herederos de pensionistas fallecidos, es necesario además presentar el certificado de defunción, el testamento, y el certificado de actos de última voluntad.

Fechas y plazos para reclamar

El plazo para reclamar las devoluciones fiscales se limita a los últimos cuatro ejercicios fiscales que aún no hayan prescrito. Esto significa que, por ejemplo, el plazo para reclamar la declaración del año 2018 expiró el 30 de junio de 2023. Los jubilados que aún no han iniciado el proceso deben darse prisa, ya que el tiempo juega en su contra: cuanto más se tarde en reclamar, menos ejercicios podrán ser revisados.

A partir de 2025, solo se podrán recuperar los excesos tributados en las declaraciones de 2020, 2021 y 2022, ya que Hacienda ha corregido su criterio y las declaraciones de 2023 deberían incluir la reducción fiscal correspondiente.

Ahorro fiscal futuro

Además de recuperar el dinero de los ejercicios pasados, la sentencia también abre la puerta a un ahorro fiscal futuro para los pensionistas. Una vez que la Agencia Tributaria acepte la reclamación, los pensionistas consolidarán una parte de su pensión que ya no tributará en los próximos años. Según las estimaciones el ahorro fiscal futuro podría situarse entre los 500 y 1.200 euros anuales, dependiendo de la vida laboral del pensionista y de cuánto tiempo cotizó a la mutualidad.

La sentencia del Tribunal Supremo representa una victoria para miles de jubilados que cotizaron a las mutualidades laborales en España entre 1967 y 1978. Este fallo corrige una injusticia fiscal que llevaba décadas afectando a pensionistas de diversos sectores. El proceso para reclamar el dinero no es automático, pero con la documentación adecuada, los jubilados pueden recuperar entre 3.000 y 4.000 euros, una cifra que puede marcar una diferencia significativa en sus ingresos. Además, los efectos de la sentencia se extienden al futuro, lo que garantiza un alivio fiscal en los próximos años. Para muchos, esta sentencia llega como un reconocimiento tardío, pero justo.

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