El Juzgado Contencioso número 17 de Barcelona ha anulado de manera cautelar una multa impuesta a una mujer durante el primer estado de alarma.
"Sería un contrasentido no suspender la ejecutividad de la sanción puesto que se estaría ejecutando una resolución nula", ha señalado el juez en la sentencia. El juez considera que la petición de anular la sanción "está absolutamente indocumentada y carente de toda fundamentación, por lo que en una situación normal debería ser desestimada." Sin embargo, recuerda que el Tribunal Constitucional ha anulado el decreto de estado de alarma que amparaba la multa en cuestión.