¿Se suspende el régimen de visitas de hijos a padres separados durante el estado de alerta? Según una jueza, sí
17
de Marzo
de
2020
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En el municipio madrileño de Alcorcón una juez ha dictaminado hoy que durante la aplicación del estado de alarma por coronavirus, "no es posible realizar el traslado" de progenitores separados para poder ejercer el régimen de visitas.La razón: que esta causa no está prevista en el decreto aprobado por el Gobierno el sábado pasado.Según la juez, "Se considera innecesario efectuar pronunciamiento alguno en relación con la suspensión del régimen de visitas, habida cuenta de que durante el periodo de vigencia del estado de alarma no es posible el traslado por el progenitor paterno al domicilio del menor para el ejercicio del régimen de visitas al no hallarse incluido en ninguno de los supuestos previstos". Así lo ha afirmado en el auto fechado el pasado lunes 16 de marzo, según ha informado Europa Press.Ante esta situación tan excepcional, la Asociación Española de Abogados de Familia ha publicado una serie de recomendaciones ante la alerta sanitaria.Su presidenta, María Pérez Galván, ha asegurado que en todas las circunstancias "el interés del menor ha de estar por encima de cualquier otro derecho, pero con carácter general no puede utilizarse este criterio para automáticamente suspender los regímenes de visitas", pues "también es un derecho del menor relacionarse con ambos progenitores".
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