Trapero declara en la Audiencia Nacional que no estaba con el proyecto independentista
10
de Abril
de
2019
Actualizado
el
02
de julio
de
2024
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El ex mayor de los Mossos d’Esquadra Josep Lluís Trapero ha remitido a la Audiencia Nacional su escrito de conclusiones provisionales, en el que asegura que “no ha participado, no ha intervenido y no ha compartido el plan ideado por el Govern de la Generalitat y el Parlament para alcanzar la independencia de Cataluña y su proclamación como Estado soberano e independiente en forma de república”.Según Trapero, ha desarrollado siempre su actuación profesional al mando del Cuerpo “desde el más riguroso respeto al orden jurídico constitucional, obedeciendo y cumpliendo los mandatos judiciales y del Ministerio Fiscal que le han sido realizados, no habiendo puesto jamás” la policía autonómica al servicio de los “intereses políticos secesionistas”.Los abogados del ex mando policial aseguran que el mayor no ha tenido ninguna intervención ni participación en la elaboración y redacción del apartado 2.5 sobre Seguridad y defensa del “Libro Blanco de la Transición Nacional” presentado el 29 de septiembre de 2014 por la Generalitat, en el que se analizan los distintos aspectos a tener en consideración en el proceso de transición de Cataluña hacia una independencia, su organización como nuevo Estado y su relación con España, la Unión Europea y la comunidad internacional.“Tal como consta en el acta de la sesión extraordinaria de la Junta de Seguridad de Cataluña del día 28 de septiembre de 2017, que obra en los folios 4.393 a 4.395 del tomo XI del sumario, el único punto del orden del día de la misma fue la coordinación de la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de Cataluña con motivo de la jornada del referéndum de autodeterminación del 1 de octubre”, añade el escrito.En dicha sesión, en la que el mayor Trapero “no intervino en ningún momento” en relación al debate que se suscitó entre los representantes del Gobierno y los de la Generalitat de Cataluña respecto a las competencias en materia de coordinación del operativo policial del día 1 de octubre, la única manifestación que realizó el oficial fue para poner “de manifiesto que los cuerpos policiales tienen como misión cumplir la ley y las órdenes de las autoridades judiciales, y deben hacerlo conforme a los principios de actuación legalmente establecidos”.En ese sentido, Trapero insistió en que la previsión para el día 1 de octubre es que “salgan a la calle más de dos millones de personas, por lo que considera que la forma como la policía debe llevar a cabo esa orden judicial es preservando la convivencia, como indica el propio auto judicial, y actuando con proporcionalidad y congruencia, haciendo uso de la fuerza únicamente cuando haya que repeler agresiones a la policía o a terceras personas y evitando causar un daño mayor al que se pretenda evitar”. Según el escrito, de esa forma exponía “única y simplemente” lo que ya se había transmitido reiteradamente por escrito a la Fiscalía Superior de Cataluña en el periodo previo al dictado del auto del Tribunal Superior de Justicia de fecha 27 de septiembre de 2017.En cuanto a la atribución del mando del operativo al coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos, “es algo sobre lo que no tuvieron duda alguna los representantes del Gobierno de España presentes en la Junta de Seguridad de Cataluña de fecha 28 de septiembre de 2017, en la que el secretario general técnico del Ministerio del Interior, Juan Antonio Puigserver, manifestó que en ningún caso se discuten las competencias de la Policía Autonómica que recoge el artículo 164 del Estatuto”. Es decir, que quien iba a dirigir el operativo tendente a evitar el referéndum del día 1 de octubre era el coronel de la Guardia Civil, si bien el dispositivo para “evitar la celebración del referéndum” iba dirigido “a los tres cuerpos policiales”. El secretario general técnico del Ministerio del Interior dejó claro que la jueza había dictado un auto en el que se establecía un “mandato” que afectaba a los tres cuerpos de seguridad, “sin que de su lectura pueda interpretarse actuación subsidiaria alguna”, según el escrito de Trapero.
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