El Tribunal Supremo no ve delito en las decisiones políticas del gobierno sobre la DANA (aunque puedan ser muy cuestionables)

La Sala de lo Penal del Supremo concluye que los hechos imputados no constituyen delito

30 de Julio de 2025
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El Tribunal Supremo no ve delito en las decisiones políticas del gobierno sobre la DANA (aunque puedan ser muy cuestionables)
Tribunal Supremo en una imagen de archivo.

El Tribunal Supremo ha decidido archivar todas las querellas y denuncias presentadas contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y seis de sus ministros, relacionadas con la gestión durante la DANA que afectó a la provincia de Valencia en octubre de 2024, causando más de 200 muertes y graves daños materiales. Diversas asociaciones y colectivos denunciaron una supuesta inacción del Ejecutivo central.

La Sala de lo Penal del Supremo concluye que los hechos imputados no constituyen delito. El tribunal destaca que, aunque la tragedia fue muy grave y causó un profundo impacto social, el derecho penal no puede responsabilizar penalmente a las autoridades por decisiones políticas que, aunque puedan ser cuestionables, no encajan en conductas delictivas concretas. En este sentido, señala que la acción de gobierno implica decisiones discrecionales bajo presión y con múltiples variables, y que estas puedan parecer desacertadas, no significa que sean criminales.

El Tribunal también aclaró que rechazó su competencia para investigar a otros cargos denunciados —como el presidente de la Generalitat Valenciana, responsables de Confederaciones Hidrográficas y la presidenta de AEMETporque no son aforados y no hubo alegación de "inescindibilidad" que justifique la acumulación del caso.

No obstante, el Supremo dejó abierta la puerta a que el Juzgado de Instrucción nº 3 de Catarroja, que sigue investigando el caso en primera instancia, pueda remitirle una exposición motivada si encuentra indicios sólidos de delito para que la Sala pueda abrir una investigación formal en el futuro.

El tribunal remarcó además que el archivo no implica que se validen o santifiquen eventuales errores o malas decisiones políticas, sino que simplemente esas cuestiones no tienen repercusión penal. Destaca que no se identificaron conductas singularizadas ni relaciones causales claras vinculadas directamente con las muertes o daños ocasionados.

Por último, este caso subraya la dificultad de aplicar el derecho penal a la gestión de emergencias naturales complejas, donde muchas decisiones se toman bajo incertidumbre y presión, y donde la responsabilidad política, administrativa o técnica no se traduce automáticamente en responsabilidad penal.

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