Objeción de conciencia en el aborto: ¿derecho médico o nuevo obstáculo para las mujeres?

La nueva normativa permite a los sanitarios objetar por semanas de gestación o causas, generando dudas sobre si se garantiza plenamente el acceso a la interrupción del embarazo

08 de Octubre de 2024
Actualizado a las 11:02h
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Manifestación por un borto legal, libre, gratuito en Madrid, foto Agustín Millán
Manifestación por un borto legal, libre, gratuito en Madrid, foto Agustín Millán

La reciente modificación en el registro de objetores de conciencia para la interrupción voluntaria del embarazo ha introducido un nuevo escenario en el sistema sanitario español. Los médicos y otros profesionales de la salud podrán declarar su objeción de manera "a la carta", es decir, elegir o rechazar participar en el procedimiento dependiendo de las semanas de gestación o los supuestos contemplados en la ley. Esta nueva normativa ha generado opiniones encontradas, abriendo un debate sobre hasta qué punto se garantiza el acceso pleno a un derecho reconocido por ley a las mujeres.

Objeción de conciencia “a la carta”

Uno de los aspectos más polémicos de esta normativa es la posibilidad de que los sanitarios elijan cuándo objetar, en lugar de hacerlo de manera total. Los médicos podrán decidir si se oponen a practicar abortos en función de si la interrupción se produce en las primeras 14 semanas de gestación, o cuando existen malformaciones graves del feto o riesgo para la salud de la madre hasta la semana 22. Esta opción de una objeción parcial levanta preguntas sobre la consistencia y claridad en la prestación de un servicio que debería estar garantizado por el sistema público de salud.

Por otro lado, el registro de objetores de conciencia permitirá organizar mejor los recursos en los hospitales públicos, ya que el 81% de los abortos siguen realizándose en clínicas privadas concertadas. El objetivo del registro es asegurar que, a pesar de la objeción, las mujeres tengan acceso al aborto sin dificultades, algo que en muchos hospitales ha sido complicado debido a la objeción masiva del personal sanitario.

¿Un derecho o un obstaculo?

Mientras que la objeción de conciencia es un derecho constitucional para los profesionales sanitarios, también es fundamental que no se convierta en un obstáculo para el ejercicio de los derechos de las mujeres. Este es el principal temor de los defensores del derecho al aborto, quienes consideran que la fragmentación de la objeción podría crear más barreras.

En ciertas comunidades autónomas, la objeción masiva ha generado una dependencia excesiva de las clínicas privadas para realizar abortos. El registro de objetores busca equilibrar la balanza, pero la naturaleza "a la carta" de esta objeción podría, en algunos casos, aumentar la incertidumbre de las mujeres que buscan interrumpir su embarazo en la sanidad pública.

Un registro no público y fragmentado

El nuevo registro no será de carácter nacional ni público. Cada comunidad autónoma gestionará su propio censo de objetores, al cual solo podrán acceder los responsables de organizar los recursos sanitarios. Aunque esta medida busca preservar la confidencialidad de los profesionales, al mismo tiempo fragmenta la información y puede complicar el acceso en ciertas regiones. Si un profesional sanitario se muda a otra comunidad autónoma, deberá inscribirse de nuevo en el registro local, lo que añade un nivel de burocracia.

Otro aspecto que se ha criticado es la falta de transparencia, ya que los datos del registro no estarán disponibles públicamente, aunque sí se ofrecerán estadísticas globales sobre el número de objetores. Esta falta de visibilidad podría dificultar el control sobre cómo se gestiona el equilibrio entre la objeción de conciencia y el acceso al aborto.

¿Avance o retroceso?

La implantación de esta nueva normativa se encuentra todavía en una fase inicial. Actualmente, solo cinco comunidades han creado su registro de objetores, mientras que otras siguen en proceso de desarrollar la normativa. Esta disparidad regional podría aumentar la desigualdad en el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo, dependiendo de la rapidez con que se implemente en cada comunidad.

La clave para el éxito de esta normativa será su capacidad de garantizar un equilibrio justo entre el derecho de los médicos a la objeción y el derecho de las mujeres a interrumpir su embarazo de manera libre y segura. Sin embargo, la posibilidad de que los profesionales puedan elegir cuándo y cómo objetar añade una capa de complejidad que podría obstaculizar este objetivo.

La objeción de conciencia en el ámbito sanitario es un tema delicado y la nueva normativa introduce un enfoque flexible que puede tener tanto ventajas como desventajas. Mientras que busca organizar mejor los recursos y respetar el derecho de los médicos, también genera dudas sobre si las mujeres seguirán enfrentándose a barreras para acceder a un aborto en el sistema público. Lo que queda claro es que, mientras persista la falta de una implantación uniforme y una regulación clara, la objeción "a la carta" seguirá siendo un tema de controversia en el debate sobre los derechos reproductivos en España.

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