Banco Popular: El TGUE decidirá en junio entre la justicia justa o la legalización de la vulneración de derechos fundamentales

20 de Diciembre de 2021
Actualizado el 02 de julio de 2024
Guardar
Popular Nulidad

«Aléjese de los palacios el que quiera ser justo. La virtud y el poder no se hermanan bien», afirmó Lucano y, sin embargo, esta aseveración tan acertada, en el Caso Banco Popular, puede quedar rebajada a la nada si, en realidad, lo que se está determinando es la afirmación de Robert Frost: «El jurado está compuesto por doce personas elegidas para decidir quien tiene el mejor abogado».

En esta causa ante el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE), están representados muchos de los mejores despachos del mundo, porque hay demasiado en juego. Sin embargo, ¿se puede afirmar que se hace justicia en medio de un juego de leguleyos o de una partida de tahúres? En realidad, no, a pesar de que esta es la gran realidad del mundo: sólo se hace justicia a quien presenta ante el juez al mejor y más caro letrado.

El día 1 de junio de 2022 los jueces del TGUE dictarán sentencia sobre si la resolución del Banco Popular se hizo dentro de lo indicado por las directivas y los reglamentos europeos. Sin embargo, además de la nulidad de la resolución, está en juego saber si el poder judicial de la Unión Europea va a legalizar la vulneración de los derechos fundamentales de 1,2 millones de personas para favorecer los intereses financieros de la Eurozona, en general, y de Banco Santander, en particular.

El Caso Banco Popular va mucho más allá de un mero recurso de nulidad de una resolución que fue nula de salida. También están en juego los derechos fundamentales que fueron vulnerados.

Vulneración derechos fundamentales

El dinero habla, como se dice en los casinos, y, para desgracia de la humanidad, cuando el sector financiero necesita ayuda de los poderes democráticos, éstos se convierten en sus mejores aliados poniendo los intereses de la banca por encima de los derechos fundamentales de las personas.

El Caso Banco Popular no ha sido una excepción. Toda la operación diabólica estaba destinada a salvar a uno de los mayores representantes del capitalismo deshumanizado: el Banco Santander. Todo se aplicó con una estrategia muy bien estudiada que, debido a las urgencias de la entidad cántabra, se precipitó en el tiempo y se cometieron irregularidades que generan causas de nulidad absoluta, según está establecido en las normativas nacionales y europeas.

A los afectados de Banco Popular se les negó el derecho a ser oídos, un derecho fundamental recogido en todas las convenciones de derechos humanos.

La Junta Única de Resolución (JUR) sostiene, por ejemplo, que el derecho a ser oído de los afectados del Popular queda limitado por la existencia de intereses públicos superiores, entre los que resalta la necesidad de mantener la estabilidad de los mercados financieros y de preservar las funciones críticas de la entidad objeto de una medida de resolución. Por otra parte, el organismo aduce que se ponderan los derechos del sector financiero por razones de urgencia.

La JUR, además, aduce que el respeto de los derechos fundamentales de los afectados del Banco Popular conllevaría la divulgación de información sobre las medidas de resolución que se habrían de adoptar en el futuro. Según la JUR, esto supone un peligro para la estabilidad financiera porque le da importancia sistémica a los datos que oculta a los afectados.

De este modo, la limitación de los derechos fundamentales de los afectados del Popular es justificada por la JUR por la necesidad de garantizar la eficacia de una decisión de resolución y la estabilidad de los mercados financieros. Nuevamente, el dinero por encima de las personas.

Lo + leído