Caso Popular: el Estado en contra de los intereses del pueblo español

03 de Septiembre de 2019
Actualizado el 02 de julio de 2024
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Tal y como informamos el pasado mes de junio, el diputado de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) Joan Capdevila solicitó al Gobierno que expusiera por escrito su valoración de la operación que terminó con la ruina de más de 305.000 familias afectadas por la resolución del Banco Popular. Además, Capdevila criticó que el Gobierno siguiera apoyando al Santander y a la Junta Única de Resolución (JUR).Por otro lado, el diputado de ERC ha solicitado al Ejecutivo socialista una respuesta sobre si iba a mantener la personación de la Abogacía del Estado en apoyo de la JUR para defender la tesis de que la resolución se realizó en base a la legalidad, algo que, cada día que pasa y con las pruebas que está publicando Diario16, junto al informe de los peritos del Banco de España, está más en duda. Por esta razón, Capdevila planteó en su escrito que la operación sea declarada nula. La resolución del Popular fue «injusta y se ejecutó de manera irregular», afirmaba el diputado catalán.El pasado viernes, el Gobierno remitió su respuesta, a la que Diario16 ha tenido acceso, en la que se indicaba que la personación de la Abogacía del Estado en contra de los intereses del pueblo español y en favor de la JUR y del Banco Santander estaba realizada de conformidad con la normativa por la cual «las decisiones por las que se decide la intervención del Reino de España en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se regulan en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de junio de 1986 sobre actuación ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y constitución de la Comisión de Seguimiento y Coordinación de las Actuaciones relacionadas con la defensa del Estado Español ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y en el Acuerdo de 11 de diciembre de 1997 de la Conferencia para Asuntos Relacionados con las Comunidades Europeas, relativo a la participación de las Comunidades Autónomas en los procedimientos ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.» De conformidad con esta normativa, la Comisión de seguimiento y coordinación de las actuaciones relacionadas con la defensa del Estado español ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en la que están representados todos los Departamentos Ministeriales, acordó en diversas reuniones de este órgano colegiado intervenir en todos los asuntos en los que se recurría los actos de la Comisión y de la Junta Única de Resolución que se adoptaron el 7 de junio de 2017.» La Abogacía del Estado en sus intervenciones sigue la posición acordada en dicha Comisión, actúa de acuerdo con las posiciones que fijan los Ministerios y organismos públicos afectados y de igual modo informa con puntualidad de cuantas incidencias surgen en el desarrollo de sus actuaciones».Por tanto, en el escrito remitido a ERC en respuesta a las preguntas el Gobierno indica claramente que la Abogacía del Estado se ha personado para defender a la JUR en los recursos presentados ante el TJUE por los afectados del Popular porque se defendía los intereses del Estado español. En consecuencia, la razón de Estado está por encima del propio pueblo español y del más de un millón de personas arruinadas por la resolución del Banco Popular. Es decir, que es el propio Estado quien está en contra de los afectados del Popular. ¿También los intereses del Santander se consideran como cuestión de Estado? La personación de la Abogacía indica que, efectivamente, así es.
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