Concursos de acreedores: un nido de corrupción

29 de Septiembre de 2020
Actualizado el 02 de julio de 2024
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Banca Empresa

En estos días ha entrado en prisión la administradora concursal Antonia Magdaleno Carmona, condenada a cuatro años de cárcel por la comisión de un delito de estafa de 4,6 millones de euros según la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia que fue ratificada por el Tribunal Supremo. Según la decisión judicial, la estafa se produjo por la administradora concursal al despacho del que formaba parte, Broseta Abogados, por los honorarios profesionales desviados de los concursos de Martinsa-Fadesa y Urazca.

La pregunta que podría surgirle a cualquiera es la siguiente: si un administrador concursal estafa a su propio despacho de abogados en el que trabaja, ¿qué habrá podido hacer con los bienes de las entidades concursadas y los créditos de los acreedores, a los que no conoce de nada, en los concursos en los que se administran miles de millones de euros?

La gran mayoría de las quejas de sociedades quebradas, en suspensión de pagos o concursadas y sus acreedores se centran en que los administradores alargan los procedimientos y prefieren llevar a las empresas a la liquidación antes de llegar a un convenio de acreedores, porque de la liquidación los administradores pueden obtener más honorarios, pese a que ello perjudique a los acreedores que, en muchas ocasiones, no cobran sus créditos y las empresas terminan cerrando en vez de ser reflotadas.

La primera cuestión que causa sospecha sobre la bondad de los procesos concursales es que el juez tiene la potestad de designar a los administradores que consideren oportuno en los concursos de gran tamaño, según se indica en el artículo 27.5 de la Ley Concursal (LC) y en el 62.2 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC).

Varias entidades o sociedades concursadas han relacionado esto con el hecho de que los grandes despachos inviten a muchos jueces a impartir conferencias remuneradas en lujosos hoteles con los gastos pagados para que después les designen en los mejores procesos concursales. Téngase en cuenta que la retribución de los administradores concursales se calcula en relación con el activo de la entidad concursada. Entre el selecto grupo de jueces de lo Mercantil que participan en las conferencias y congresos se puede mencionar, entre otros, a Luis Seller Roca de Togores, Víctor Fernández González, José María Tapia López, Juan Manuel de Castro Aragonés, Santiago Senent, Andrés Sánchez Magro o Carlos Nieto Delgado.

El manejo de los concursos llega hasta el extremo de que la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) tuvo que llevar a cabo una investigación por denuncia del Grupo Inmobiliario Luxender SL contra el economista José Luis Ramos Fortea y el abogado Abraham García Gascón por la presunta ocultación en su informe de 23 millones de euros que adeudaban varias entidades bancarias. La investigación, que se extendió a otros procesos concursales, también destapó que Pedro Bautista Martín Molina había sido designado como administrador concursal por decenas de jueces de lo Mercantil, con lo que se había convertido en la persona que acumulaba más concursos de toda España (175 como persona física y 32 a través de su sociedad) por formar parte presuntamente de una red corrupta que, al parecer, actuaba en connivencia con jueces de lo mercantil y que incluía abogados, economistas y peritos.

Pero anteriormente, en la década de 1990, ya fueron investigados por el Consejo General del Poder Judicial otros administradores concursales por denuncia del Juez decano de Madrid, Antonio García de Paredes, y el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Clemente Auger, por acaparar las quiebras y suspensiones de pagos de entonces.

Los administradores denunciados eran Miguel Guijarro Gómez, Joaquín Lluch Rovira, por un lado y Alberto Grande García y Carmina Soler Balaguero. Entre 1990 y 1992 Lluch Rovira intervino en 72 expedientes concursales con un pasivo de 439 millones de euros y Guijarro Gómez en 64 con pasivo de 465 millones. Estos dos solían formar pareja de administradores. Por su parte, y a mucha distancia, Grande García intervino en 26 concursos con un pasivo de 131 millones de euros y Soler Balaguero en otros 26 con pasivo de 128 millones.

La participación del resto de administradores concursales era simbólica, lo que provocó la investigación por el CGPJ que remitió el caso a la Fiscalía. En el curso de la investigación se conoció que los administradores solían dejar tarjetas de presentación a los secretarios judiciales y que se entrevistaban con los jueces para ser designados en los concursos más golosos.

Miguel Guijarro Gómez y Joaquín Lluch Rovira fueron, junto a Ricardo Rama Villaverde, los administradores concursales de la suspensión de pagos de Inversión Hogar que, presentada en 1991, todavía se encuentra sin resolver ante el Juzgado de Primera Instancia nº 20 de Madrid. Fuentes cercanas a aquella suspensión de pagos manifiestan a Diario16 que «la intervención de dichos administradores concursales dejó mucho que desear ya que, existiendo patrimonio sobrado para pagar a todos los acreedores, muchos de ellos siguen esperando cobrar sus créditos habiendo transcurrido ya casi 30 años. Los acreedores tuvieron que denunciar en 2015 el fraude en un contrato autorizado por aquellos administradores concursales a través del cual “el Banco Santander se apropió en fraude de los acreedores de cuatro fincas, cuyo valor supera los 80 millones de euros, incumpliendo sus obligaciones e impidiendo que los acreedores pudieran cobrar sus créditos”».

La propia Inversión Hogar tuvo que solicitar en 2019 la nulidad de actuaciones de la suspensión de pagos «porque los administradores concursales, para favorecer al Banco Santander y en perjuicio del resto de acreedores, ocultaron el mencionado contrato y el pago privilegiado del crédito del Banco Santander, con la colaboración del Secretario Judicial, sin que los acreedores conocieran ni aprobaran el contrato ni se enterasen del incremento y pago privilegiado del crédito del Santander» imposibilitando que pudieran oponerse a dichas decisiones de los administradores concursales. Los afectados manifiestan que van a reclamar la responsabilidad de los administradores concursales y del secretario judicial por la ocultación a los acreedores.

Otras entidades se han querellado contra sus administradores concursales, como NOZAR que, en 2014, solicitó su cese en el concurso y denunció su conducta obstructiva que perseguía que no se aprobase el convenio de acreedores y la continuidad de la empresa pese a la adhesión al mismo de los acreedores que representaban el 73% de los créditos, incluida la Agencia Tributaria. Los administradores llegaron a desistir de reclamaciones judiciales contra entidades bancarias imposibilitando la entrada de fondos para el pago de los acreedores, impidiendo la superación del concurso prolongándolo para seguir percibiendo sus honorarios «forzando la liquidación y consiguiente extinción de NOZAR». En dicho concurso uno de los acreedores planteó otra querella contra los administradores concursales por beneficiar a las entidades bancarias en perjuicio del resto de acreedores.

Los afectados de diversas quiebras, suspensiones de pagos y concursos se quejan y denuncian como práctica habitual de los administradores concursales el beneficiar a los bancos en perjuicio del resto de acreedores.

En algunas ocasiones los acreedores se han visto obligados a formar asociaciones para formular acciones judiciales en reclamación de sus derechos y contra los administradores concursales. Así ocurrió en el caso del concurso de Grupo JALE. Aquí los acreedores ordinarios tuvieron que asociarse porque el administrador concursal designado por los acreedores y representante de los mismos, el Banco Santander, no se reunió con ellos ni les informó durante seis años. Este hecho les obligó a solicitar al juzgado que el Banco Santander les informase de su actuación que, según los acreedores, colaboró con las ilicitudes ya que «no se opuso a lo ocurrido, sino que también participó y a veces lideró aquellas actuaciones perjudiciales para el concurso y los acreedores».

Entre las actuaciones a las que el Santander dio su «beneplácito» en contra de los intereses de los acreedores ordinarios de Grupo Jale, se encuentra la no presentación de demandas de retroacción con las que se hubieran podido recuperar 130 millones de euros o el rechazo del convenio de acreedores presentado pese a que tenía el apoyo de los acreedores medianos y pequeños y el mayor acreedor ordinario, lo que provocó la liquidación y que los acreedores no cobrasen pese al superávit de 300 millones de euros de los activos sobre las deudas.

En otras suspensiones de pagos y quiebras los acreedores han manifestado que habría desaparecido dinero como, por ejemplo, en las suspensiones de pagos de Ciudalcampo S.A. y Viajes Ceres.

En la suspensión de pagos de Ciudalcampo SA, tramitada en su día por el hoy magistrado de la Sección 14ª de la Audiencia Provincial de Madrid, Pablo Quecedo Aracil, se produjo un gran escándalo en el que, según indican fuentes cercanas al caso, desaparecieron 71 millones de pesetas, y los acreedores afectados llegaron a presentar una queja ante el entonces Ministro de Justicia, Juan Alberto Belloch, en la que denunciaban «falta de imparcialidad» del juez del caso y haber «soportado durante años todo tipo de irregularidades procesales en perjuicio de los acreedores».

Las quejas de los afectados alcanzaban también al fiscal. En la denuncia al Ministerio de Justicia se manifestaba que acontecía un vergonzoso anuncio «que podría denominarse crónica de una prevaricación anunciada» y ponían en conocimiento del Ministro que el juez no había resuelto sus escritos en dos años, lo que representaba, según el escrito, «una clara prevaricación».

Por su parte, en el proceso concursal de Viajes Ceres, la acreedora ENATCAR presentó una querella contra los administradores concursales, Miguel Guijarro y Joaquín Lluch, por irregularidades y la desaparición de miles de millones de pesetas vaciando una parte importante de su patrimonio que la habría llevado a la insolvencia definitiva.

Pese a todas estos comportamientos, que se repiten desde tiempo inmemorial y que provocaron la reforma de la legislación concursal, los administradores concursales siguen realizando actuaciones presuntamente ilícitas a las que no se ha puesto coto por el Ministerio de Justicia ni el de Economía, con el perjuicio causado a miles de empresas que han desaparecido y a sus miles de acreedores que no han cobrado sus créditos y, que en la mayoría de ocasiones, ven como sus denuncias contra una especie de organización/trama concursal se quedan en agua de borrajas.Ante la avalancha de concursos que se aproximan como consecuencia de la crisis del COVID19, se debería agudizar la vigilancia sobre los administradores concursales, al que muchos acreedores y empresarios han calificado de «mafia», para que no se produzcan más casos como los descritos que causan la desaparición de infinidad de empresas con el perjuicio de sus acreedores y el único beneficio de los administradores concursales corruptos y sus colaboradores abogados, economistas, peritos, jueces y magistrados que se enriquecen sin escrúpulos a costa de aquellos.

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