Denuncian que los bancos triplicaron las comisiones de mantenimiento en los últimos 5 años

04 de Enero de 2023
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Al igual que un abogado facilita un presupuesto de honorarios a un cliente, un fontanero informa previamente el coste de una reparación de una tubería en una vivienda o el panadero tiene claro a cuánto va a vender una baguete en su local, los bancos y cajas tienen plena libertad para imponer a sus usuarios las comisiones por las diferentes transacciones financieras, tanto presenciales como digitales:  las leyes de la oferta y la demanda así lo permiten.

Para ello, la única condición que establece “el mercado” es que el cobro de dichas comisiones cumpla un mínimo de requisitos: que sean por servicios solicitados o expresamente aceptados por el cliente, que respondan a servicios efectivamente prestados o a gastos en los que haya incurrido la entidad y que se haya informado al cliente por anticipado de ese coste. En estos casos no hay un límite máximo para la mayoría de las comisiones que pueden cobrarse.

Sin embargo, a diferencia del presupuesto de honorarios del abogado o del fontanero, en el que generalmente existen un desglose de gastos previamente informado o, en el caso del panadero que expone en su tienda el precio de venta al público de sus productos, donde el cliente puede elegir contratar/ comprar o no los servicios/bienes, los usuarios de banca están más expuestos a abusos.

Atrapados en muchas ocasiones en “la letra pequeña” de los contratos y en las sucesivas modificaciones unilaterales de las condiciones no comunicadas oportunamente o, cuando ocurre, a través de un correo electrónico en la bandeja de Spam que el cliente nunca llegar a leer, los clientes se enteran, a veces incluso meses más tarde, de los sobrecostes al revisar los movimientos del extracto bancario.        

De hecho, las comisiones de mantenimiento, es decir, el cargo por el mero hecho de tener una cuenta y operar con ella, son “el producto estrella” al que las entidades suelen echar mano para aumentar el margen de beneficios.

Según el último estudio de la organización de consumidores y usuarios (OCU) en el caso de clientes sin vinculación, los costes fijos por tener una cuenta bancaria en cualquier entidad han subido de media 81 euros en solo cinco años, pasando de 44 euros en 2018 a 125 euros en 2022; es decir, casi se han triplicado en los últimos cinco años.

Comisiones reguladas por ley

No obstante, desde OCU recuerdan que la ley, por otro lado, establece límites para algunas operaciones dentro del mercado financiero, entre las que destacan:

 - La amortización anticipada de los préstamos personales no pueden superar el 1% del capital amortizado anticipadamente si falta más de un año para el fin del contrato y el 0,5% si el plazo es inferior a un año.

 - La comisión por amortizar anticipadamente la hipoteca se ha ido limitando a lo largo de los años, por lo que su importe máximo dependerá de la fecha de la firma de la hipoteca. Cabe destacar que, debido a las últimas medidas acordadas en noviembre entre el Gobierno y las entidades financieras para paliar los efectos de la inflación y de la guerra en Ucrania y que han entrado en vigor el pasado 1 de enero, durante todo 2023 se podrán hacer amortizaciones anticipadas de la hipoteca sin pagar comisiones.

-En los descubiertos en cuenta la suma de comisiones e intereses no puede dar lugar a una TAE que supere el límite es 2,5 veces el interés legal del dinero. O lo que es lo mismo 8,125% en 2023. Y si el retraso es en el pago de las cuotas hipotecarias, el interés de demora no puede rebasar el resultado de sumar 3 puntos al interés aplicable, mientras que en préstamos personales se reduce aún más, a solo 2 puntos.

- La comisión por cambiar de hipoteca variable a fija está igualmente limitada, en este caso a un máximo del 0,15% del capital y solo durante los tres primeros años de vida del préstamo. Además, al igual que las amortizaciones, durante el presente año se podrá cambiar el tipo de variable a fijo sin costes adicionales.

De todas formas, desde OCU recuerdan que “Hay que ser siempre cautelosos y cerciorarnos de que hemos entendido bien los costes antes de llevar a cabo cualquier operación fuera de lo común. En estos casos conviene consultar al banco el importe de la posible comisión o pedirle que nos facilite el documento informativo de comisiones”, añaden.

Por último, la asociación de consumidores insiste en que “Si considera que se le ha aplicado una comisión indebidamente, recomendamos reclamarla al servicio de atención al cliente o al defensor del cliente de la entidad y, si la respuesta no es la esperada, al servicio de Reclamaciones del Banco de España”.

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