El 97% de las sentencias por cláusulas abusivas dan la razón al cliente

10 de Junio de 2018
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Según los datos recogidos por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el 97% de las sentencias emitidas en los casos por cláusulas abusivas de hipotecas (como las conocidas como cláusulas suelo) dan la razón a los clientes. Se confirma de esta forma que prácticamente todos los denunciantes de este tipo de casos tenían la razón, gracias al informe emitido por el propio órgano judicial.El informe del CGPJ recoge las estadísticas presentadas por los Juzgados especializados, que entraron en funcionamiento el 1 de junio de 2017, y que se ocupan entre otros, de cláusulas suelo, vencimiento anticipado, intereses moratorios, gastos de formalización de hipoteca o hipotecas multidivisa. Según los datos que recoge el informe, el número de asuntos resueltos por estos Juzgados se incrementó en un 60% en el primer trimestre de 2018.El aumento de la cifra de asuntos resueltos coincide además con la disminución del número de asuntos ingresados, que entre los pasados 1 de enero y 31 de marzo fue de 57.955, un 26,5 por ciento menos que en el trimestre anterior, cuando se recibieron 78.829. También es inferior al registrado en el tercer trimestre de 2017 (59.327 asuntos), pese a que ese periodo incluía el mes de agosto, inhábil en la jurisdicción civil.Los datos recopilados por la Sección de Estadística del Consejo General del Poder Judicial indican que en el primer trimestre de 2018 el número de asuntos resueltos ya fue superior al 50 por ciento en cuatro Comunidades Autónomas: Asturias (donde llega al 94 por ciento), Castilla y León, Navarra y La Rioja. Otros cinco territorios (Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia y el País Vasco) se sitúan por encima de la media nacional con tasas de resolución que van del 29,9 por ciento de Cantabria al 45,8 por ciento de Castilla-La Mancha.También se prevé que la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 21 de marzo sobre el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados tenga efecto en la entrada de demandas que se refieran a esta cuestión, al haber determinado ya que el pago del impuesto por la constitución de préstamo incumbe al prestatario, mientras que, por el timbre de los documentos notariales, el impuesto correspondiente a la matriz se abonará por partes iguales entre prestamista y prestatario, y el correspondiente a las copias, por quien las solicite.Los datos estadísticos indican que la tasa de sentencia, que pone en relación el número de sentencias dictadas con el de asuntos resueltos, se ha ido incrementando desde la puesta en marcha de los Juzgados.
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