El incumplimiento de los protocolos, nueva posible causa de nulidad de la resolución del Popular
13
de Agosto
de
2019
Actualizado
el
02
de julio
de
2024
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Tanto los organismos europeos como los españoles adelantaron los procesos de resolución del Banco Popular unos días antes de lo indicado por los propios procedimientos internos marcados en los protocolos que deben ser cumplidos cuando una entidad financiera se considera insolvente y debe ser resuelta. En el caso del Popular no fue así.Un documento de la Junta Única de Resolución indica que la decisión de la resolución de una entidad bancaria debe adoptarse a partir de la declaración del estado FOLTF (fail or likely to fail). Sin embargo, en el caso del Popular no fue así, puesto que todo el proceso se inició oficialmente, al menos, dos semanas antes.El día 23 de mayo de 2.017, la Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) finalizó el diseño y publicó un borrador para normalizar las valoraciones de los bancos antes y después de que se produjera una resolución. Ese mismo día se realizó de modo urgente la primera valoración del Popular por parte de la JUR. No se podía realizar dicha valoración sin que hubiera un documento normativo sobre el que apoyar las conclusiones de tal informe. Sin embargo, esta normativa no entró en vigor hasta marzo de 2019, lo cual es una irregularidad, dado que la valoración del Popular estuvo basada en un borrador de normativa que pudo haber no sido aprobado.Paralelamente a la Valoración 1, la JUR encargó a Deloitte la valoración independiente, un documento que la propia auditora calificó como provisional teniendo en cuenta la carencia de datos y el poco tiempo que se les dio para realizarlo (16 días) cuando lo habitual para confeccionar un documento de este tipo es, como mínimo, 60 días.El día 30 de mayo el FROB contrató a sus asesores externos, cuando aún no se habían producido las salidas de depósitos que fueron fundamentales para que la crisis de liquidez fuera irreversible y llevara al Popular a ser resuelto. En concreto, el organismo presidido por Jaime Ponce contrató a Jefferies International Limited y a Baker & McKenzie Madrid, tal y como publicó Diario16 en exclusiva.El 3 de junio se inició el Proyecto Hipócrates, por el que la JUR autorizaba al FROB el comienzo del proceso de resolución del Banco Popular y la llamada a las cinco principales entidades bancarias españolas para que realizaran ofertas de compra una vez que el banco fuera resuelto.La primera valoración de la JUR finalizó el día 5 de junio y el 6 Deloitte presenta su informe, paralelamente a que Saracho cumpliera su trabajo y declarara la situación FOLTF (fail or likely to fail) en la reunión del Consejo de Administración del Popular. Además, ese mismo día 6 de junio el propio Banco de España dio su visto bueno a la venta del Popular al Santander por un euro, hecho que no se produjo hasta el día siguiente.En consecuencia, tanto los organismos europeos como los españoles incumplieron sus propios protocolos a la hora de resolver al Banco Popular porque, tal y como muestran los hechos que se produjeron en las semanas previas a la resolución, todo el procedimiento para intervenir al Popular, un banco solvente y viable, se inició varios días antes de que Saracho comunicara el estado FOLTF que, según esa documentación, debe ser siempre el punto de partida para iniciar la resolución.Esto muestra la premeditación con la que se hizo para que no hubiera errores, sobre todo teniendo en cuenta que fue la primera en la que se pretendió aplicar el Mecanismo Único de Resolución. Sin embargo, hubo demasiada improvisación y muchos errores que contravenían lo indicado en las diferentes normativas aplicables, hecho que abre una vía para que la Justicia sea justa, anule la operación o, en todo caso, determine que los afectados recuperen el dinero que se les arrebató en la funesta madrugada del 7 de junio de 2017.
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