Las viudas de parejas de hecho quieren poder cobrar sus pensiones y denuncian su abandono por parte del ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, al que han reclamado la tramitación de la modificación pendiente desde hace más de un año.
La negación de esta pensión es discriminación
Para estas mujeres, “la negación de la pensión de viudedad sería un claro acto de discriminación, al dejarlas fuera de un derecho que les corresponde por no poder cumplir un requisito administrativo, por encima de un derecho”
Según han confirmado responsables de las negociaciones ante el Congreso y Ministerio de Seguridad Social sobre este tema, el acuerdo alcanzado en esta legislatura, con efectos de 1 de enero de 2022, modificó la Ley General de la Seguridad Social para actualizar la regulación de las pensiones de viudedad en caso de parejas de hecho y matrimonios, pero no se ha tenido en cuenta la realidad de muchas de estas uniones.
Viudas de parejas en el limbo
Esta medida ha dejado en un limbo legal a muchas viudas por las diferencias en la formalización de su situación, que varía según el territorio en el que viven y la legislación del lugar de residencia, e incluso por ausencia de inscripción registral.
La nueva normativa no tiene en cuenta que la formalización de una pareja de hecho no se rige por una ley a nivel estatal, sino que depende del texto aprobado por aquellas autonomías que lo tienen regulado, como Andalucía, Cataluña, Canarias, Baleares, Extremadura, Galicia, Murcia, País Vasco o Valencia. Además, entre ellas, hay requisitos no equivalentes.
Pareja de hecho es la unión estable de convivencia entre dos personas no unidas por matrimonio. Uno de los medios para demostrar estas uniones es su inscripción en el Registro de parejas de hecho.
Registro de parejas de hecho
La información la facilitan las Comunidades Autónomas y, en general, los Ayuntamientos. No existe una ley de parejas de hecho de ámbito estatal. Las parejas deben dirigirse a la Comunidad Autónoma en la que residan o al Ayuntamiento en el que se encuentren empadronados.
En algunos municipios no existe Registro de Uniones de Hecho, por lo que sólo podrán dirigirse a la Comunidad Autónoma de residencia. En general, los Registros de Uniones de Hecho autonómicos y locales son compatibles, es decir, que una pareja puede estar registrada a la vez en un registro autonómico y en uno local, siempre que el municipio pertenezca a esa Comunidad Autónoma. No es posible estar inscrito en dos registros autonómicos distintos, ni en dos registros municipales distintos.
Las parejas de hecho de Castilla-La Mancha o Castilla y León, que no tienen una ley específica sobre ello, se inscriben en un registro específico, pero sin otros requisitos.
Las viudas rojas
Además, a las conocidas como 'viudas rojas', mujeres, sobre todo de zonas rurales, que no se habían casado y vivían como pareja de hecho.
Ante esta situación, estas mujeres proponen una medida temporal que se extienda a lo largo de este año y el que viene, para que las afectadas regularicen su situación en relación con la normativa actual y puedan acceder a su derecho a la prestación de viudez y una opción a una vejez digna.
El objetivo, es que todas estas mujeres viudas de parejas de hecho puedan demostrar que tuvieron con su pareja fallecida una relación de convivencia de permanencia y de afectividad análoga a la conyugal, de al menos un año. Y que estas parejas cumplían los requisitos exigidos, en cuanto a cotización, por la Seguridad Social.