sábado, 27abril, 2024
13.5 C
Seville

El referéndum catalán por la independencia no fue ilegal (I)

Manel Mas
Manel Mas
Estudié contabilidad y economía, fui perito y profesor mercantil, ejercí de profesor en Alesco (Altos Estudios Comerciales) en Barcelona dando clases de contabilidad, cálculo y derecho mercantil.
- Publicidad -

análisis

- Publicidad -

Traducción del alemán realizada por Pere Grau i Rovira (Hamburgo), publicado originalmente en Alemania a Blickpunkt Katalonien por Axel Schönberger.

Que el gobierno español y la justicia española desde hace años nieguen a los catalanes el derecho de hacer un referéndum sobre la pregunta si Cataluña tiene que acontecer una república independiente, no es compatible con el derecho español, y es ya de por si una grave vulneración de los derechos humanos.

El argumento de que un referéndum de este tipo estaría en contradicción con la Constitución española y que por eso hacerlo sin antes cambiar la Constitución española sería ilegal, es falso. El que es ilegítimo es que España lo impida.

Los derechos humanos son universales e indivisibles. No son concedidos por un estado, sino que son derechos irrevocables e inalienables de las personas y de los pueblos. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, conocida por el público, aprobada a la Asamblea General de la ONU el 1948, no es en sí vinculante. Una validez legal de los derechos humanos -apta para ser reclamada ante los tribunales- se consiguió en 1966 con dos pactos internacionales acordados por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 1966, y que entraron en vigor el 1976, después de que lo hubiera ratificado una cantidad suficiente de estados miembros de la ONU.

Se trata de los pactos internacionales siguientes, que para todos los países que los hayan ratificado son derecho vinculante y obligado (ius cogens), que está por encima de cada legislación nacional y rompe esta última -incluso la Constitución de un país- en caso de contradicción, a no ser que en el momento de la firma del pacto se haya expresado una reserva.

– Pacto Internacional sobre derechos civiles y políticos (ICCPR).

– Pacto internacional sobre derechos económicos, sociales y culturales (ICESCR).

Los dos son tratados multilaterales internacionales. Ambos pactos de derechos humanos fueron firmados sin reservas por parte de España.

El pacto civil ICCPR, ratificado por más de 160 estados, fue ratificado por España el 27 de abril de 1977, España cuando lo ratificó no expresó ningún tipo de reserva o de limitación.

Hasta ahora son estos dos pactos sobre derechos humanos de la ONU los únicos tratados internacionales de validez mundial que definen los derechos humanos fundamentales, que son obligatorios para todos los estados firmantes y que están por encima de los derechos nacionales respectivos. Quién hable, cuando sea, de derechos humanos y de hacerlos valer o de su vulneración, se refiere en primer lugar a estos dos pactos internacionales de derechos humanos de la ONU, como fuente tanto del derecho internacional, como del derecho nacional de los estados firmantes.

Los dos pactos internacionales son parte integrante del ordenamiento jurídico español. España no solo se ha sometido completamente y sin condiciones a los dos pactos internacionales de la ONU, sino que además ha fijado en su Constitución que los derechos fundamentales y las libertades que define la Constitución española tienen que ser interpretados de acuerdo con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los tratados de Derechos Humanos ratificados por España (artículo 10.2 de la constitución española del 1978).

Además, la Constitución establece de forma convincente que los tratados internacionales -y por tanto los dos pactos internacionales de Derechos Humanos de la ONU ratificados incondicionalmente por España- forman     ya parte del Derecho español y que su contenido solo puede ser abolido, cambiado o suspendido por los procedimientos indicados en los mismos tratados, o en conformidad con las normas generales del derecho internacional (artículo 96.1. de la constitución española del 1978).

Los tratados internacionales celebrados válidamente formarán parte del ordenamiento interno una vez hayan sido publicados oficialmente en España. Sus disposiciones solo podrán ser derogadas, modificadas o nulas en la forma prevista en los mismos tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional.

Artículo 96.1 de la constitución del reino de España de 1978

Este artículo liga el Estado español -en primer lugar, el poder legislativo, el orden constitucional, el ejecutivo y el judicial al Derecho y a las leyes- de manera obligatoria al cumplimiento estricto de los dos pactos de Derechos Humanos de la ONU, que tanto son una parte constitutiva del ordenamiento jurídico español como derecho vinculante español (ius cogens) en caso de que estuviera en contradicción con algún artículo de la Constitución.

- Publicidad -
- Publicidad -

Relacionadas

- Publicidad -
- Publicidad -

9 COMENTARIOS

  1. El único argumento que expones es que vulnera los derechos humanos de los catalanes, pero luego pones leyes y tratados que no tienen nad a qué ver con realizar un referéndum. El referéndum LEGAL se hará si se realiza en todo el territorio español y sale una mayoría del SI. No inventes con leyes cuando es una clara Falacia ad verecundiam
    la que estás intentando vender con este articulucho de poca monta.

  2. Personalmente, m da igual q en el futuro se haga o no un referendum. Pero en lo q respecta a lo q se hizo en 2017 en Cataluña, creo q no fue legal, y de hecho, la forma de hacerlo da a entender q lo q estaban haciendo no era legal. Creo q lo q hicieron en ese año lo hacian con premeditación a escondidas y sin comunicación a las autoridades competentes, sean dl gobierno q sean. Pero lo hecho, hecho está.
    En cuanto a las leyes q ud sr Mas menciona, son leyes internacionales, y aparte de esas leyes, cada pais tiene las suyas propias. Y en la Constitucion española no se contempla el derecho a un referendum. Si las cc aa del pais, bueno, algunas, Euskadi, Cataluña, tal vez el Pais Valenciá, se acogieran a estas leyes inteternacionales, ¿tal vez no hubieran hecho un referendum?, antes, hace años?
    Pues no. Solo los indepes catalanes se han atrevido a intentar un referendum. Y xq ? Creo q xq sabían q lo q hacían no era legal.
    Y repito lo q dije al principio de este asunto, m da igual q haya referendum o no. Y hasta, quizá, estaría bien q se hiciera un referendum. Y creo q si se hiciera, no tengo claro quien ganaria, a dia de hoy.

  3. ¿Qué se comprende por la libre determinación de los pueblos? ¿Tendría derecho un estado o federación ha echar a una de sus partes? ¿Por qué no se permite hacer una consulta no vinculante por ambas partes? ¿Tiene derecho Málaga a pedir la soberanía jurisdiccional sobre España? ¿Tiene derecho una comunidad de vecinos a pedir la soberanía jurisdiccional sobre su estado? ¿Dónde ponemos el límite? ¿En razones históricas, lingüísticas, culturales (¿son estas razones democráticas y racionales?)? ¿Si una persona cometiera un delito no podría decir que la injerencia social es una injerencia de soberanía sobre su propio estado o soberanía -individualidad frente a democracia-?

    Considero que hay dos vías:

    Una es demostrar que España nunca se ha construido democráticamente (libertad fundadora), lo cual es denunciar ante tribunales internacionales este hecho, demostrar que nunca ha habido un pacto o contrato social para fundar democráticamente y por tal legítimamente el estado español. De haberse dado tal pacto fundador, entonces no hay derecho a romperlo de forma unilateral, porque es contrario a la democracia -compartir soberanía con otros-, ni para irse, ni para echar. Considero que tal pacto en libertad fundadora para un estado democrático español nunca se ha dado, nunca se han dado las condiciones.

    El otro es legitimar la constitución, y como tal entonces hay que cumplirla, en tal caso, pedir un referéndum y la posible independencia necesita de la aprobación del resto de la soberanía con la que se comparte soberanía, y los procesos constituyentes para el caso. Escocia no podría haber hecho el referéndum sin la aprobación del Reino Unido (que se la dio, pero eso significa entonces que tenía la soberanía de no habérsela dado). Sí me preguntan, sí que estoy dispuesto a dejar el referéndum y a su vinculación a romper la soberanía compartida, por eso voto a partidos que representan esa opción.

    ¿Para cuando una Unión Europea Federada, con sanidad pública europea, seguridad social europea, policía federada europea, educación pública europea, servicios públicos europeos, empresas públicas europeas, ejército europeo? (Aunque esto es otro tema, en realidad tiene mucho que ver).

  4. Que perfil más bajo, de verdad….¿cómo puede ser que el mismo día en el mismo periódico se publiquen dos artículos sobre el mismo tema -el referéndum- de corte completamente diferente entre ellos? En cuanto a este artículo no tiene contenidos y parece más una charla en un bar con una cerveza de por medio. ¿Desde cuando los derechos humanos están vinculados a un Estado? Se confunde democracia -que cambia según el País y su cultura- y los derechos humanos que sí que están definidos internacionalmente. A pesar de no creer en España grande, única e indivisible el referéndum no se podrá hacer. Quizás mejor marginar la derecha catalana y centrarse en otros derechos y necesidades del País.

  5. Muy buenos comentarios. Solo una aclaración al sr Sergio. En Diario16 tenemos la suerte de expresarnos, sea cual sea, nuestra ideologia. Aki hay articulos sobre un tema q nos gusta o q no. Y en los comentarios, tb son de distintas formas de pensar. Pero siempre, como ahora, hay respeto y no hay insultos, asuntos q en otros periódicos, no se dan. Solo eso. Una pequeña aclaracion. Q se agradece q esto sea asi.

  6. Si el Pueblo decide un referéndum y, una legalidad se lo impide: Se tendrá que cambiar la ley, no el Pueblo. Todo el Estado no es catalán. El referéndum es, catalán. ¿Que pintamos nosotros, sus vecinos en su deseo? Sobre leyes y deseos todos sabemos un poco ya. El deseo de aquellos que con continuidad desde el franquismo han cimentado su riqueza sin preocuparse del Pueblo, si no es para robarle: No le conviene perder parte de su finca. Los tratamos como enemigos, les insultamos a diario, si buscamos en la red la lengua catalana encontramos todas, incluso la gaélica, pero niegan la catalana. ¿quién rompe España? Se puede crear estima y concordia, insultando, amenazando y faltando a las leyes que solo se usan, injustamente, contra ellos. Y, por último, la foto: Aporellos oeoeoe aporellos oeoeoe…

  7. Cuando el emérito le dijo a Chaves (jefe de Estado) ¿por qué no te callas? la carcundia lo jaleó. Cosas de España y los españoles. El manejo del referéndum catalán me recuerda a ese incidente. Se optó por el «aporellos Piolín» y la porra del tándem Llarena-Marchena que tantos sinsabores nos ha dado en Europa. Afortunadamente el Gobierno que sucedió a Rajoy ha manejado este asunto con mucho más tacto, empatía e inteligencia.

    Triste leer algunos comentarios de gente que no parece haberse enterado que cada vez que Aznar se manifiesta sube el precio del pan en Barcelona. Piensen lo que quieran, pero piensen antes de opinar.

DEJA UNA RESPUESTA

Comentario
Introduce tu nombre

- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -

últimos artículos

- Publicidad -
- Publicidad -

lo + leído

- Publicidad -

lo + leído