La promulgación y aprobación de la Ley 1-24, normativa por la que se crea la Dirección Nacional de Inteligencia, ha derivado en una dura polémica porque, desde los diferentes partidos de la oposición, se ha generado una falsa polémica sobre el alcance real de dicha ley.
La realidad es muy diferente a lo que pretenden mostrar desde Fuerza del Pueblo (FP) y del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) El análisis exhaustivo del texto aprobado por el Congreso Nacional demuestra que el alcance de la ley habría evitado, precisamente, el régimen de corrupción implantado durante los gobiernos de Leonel Fernández y Danilo Medina, ambos del PLD.
Antes de entrar a analizar la ley, es necesario ver las declaraciones de los líderes de la oposición: Leonel y Abel Martínez. El candidato de FP, quien fuera presidente de la República Dominicana durante 12 años, no dudó en afirmar que la nueva normativa de los servicios de inteligencia era un retroceso democrático e institucional. Como suele ser ya habitual, Leonel Fernández hizo un discurso manipulado al denunciar que los ciudadanos estarán a merced del capricho o la voluntad del poder y eso, a su parecer, es «inconstitucional».
Por su parte, el líder del casi extinto PLD denunció que la nueva ley es una amenaza a la libertad de expresión, la privacidad y al propio sistema democrático.
Con el historial de corrupción durante los años en los que gobernó el PLD es normal que haya oposición, dado que el sueño de ambos partidos es volver a un pasado en el que la transparencia brillaba por su ausencia y los jueces dictaban sentencias ad hoc para evitar que los verdaderos responsables políticos fueran juzgados.
Pero, veamos lo que dice en realidad esta tan «controvertida» ley. La misión de la nueva Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) es la de «realizar actividades de inteligencia y contrainteligencia para la seguridad nacional e interior, a los fines de prevenir y contrarrestar cualquier riesgo, amenaza o agresión a la Constitución de la República, a las instituciones democráticas y a la seguridad y defensa de la nación». Es decir, que la misión y las funciones determinadas por la Ley 1-24 son exactamente las mismas que las de los servicios de seguridad e inteligencia de las democracias occidentales más avanzadas.
El DNI podrá, según se indica en el texto legal aprobado, «Investigar cualquier actividad llevada a cabo por personas, grupos o asociaciones, que atente contra los intereses u objetivos nacionales, las instituciones del Estado, subvierta el estado de derecho, ponga en riesgo la seguridad nacional e interior, o trate de establecer una forma de gobierno contraria al ordenamiento constitucional, sin perjuicio de la investigación penal que pueda realizar el Ministerio Público».
Aquí se desenmascara una de las manipulaciones con las que tanto Leonel Fernández como Abel Martínez pretenden engañar al pueblo: no se trata de que este nuevo organismo actúe al margen de la ley, sino que puede hacerlo en paralelo a las investigaciones judiciales que se puedan estar desarrollando para, a través de la inteligencia y la contrainteligencia, reforzar los argumentos de la Justicia para que las personas u organizaciones que puedan intentar subvertir el orden constitucional y el estado de derecho puedan ser ajusticiadas según los parámetros que marca la ley.
La ofensiva contra esta ley se ha iniciado con varios recursos ante el Tribunal Constitucional de la República Dominicana. Leonel Fernández ha afirmado que es el mayor retroceso democrático desde la época de la dictadura de Trujillo. Esto es una exageración, dado que, según han señalado expertos juristas dominicanos, ningún artículo de esta ley vulnera la Constitución. Esto demuestra que la reacción de la oposición no es más que una estrategia electoral con la que pretenden sacar rédito político al pintar al presidente Abinader como algo que no es. Es más, esa estrategia ya se inició hace más de un año y fracasó.
Otros recursos, según han informado distintos medios, señalan que se vulneran derechos constitucionales y señalan, entre otros, que se sancione la negativa a entregar documentación porque, a su entender, se violaría el secreto profesional que rige la actividad de diferentes profesiones. Nada más lejos de la realidad. En cualquier democracia occidental, existe la obligación de entrega de documentación para las investigaciones sobre la comisión de delitos.
Por otro lado, la acusación de violación a la libertad de expresión es insostenible, porque en el texto de la ley no aparece referencia alguna a ella.
Otro de los aspectos que sustentan los recursos es el de la violación del derecho a la intimidad. Ese derecho no es absoluto, como bien se ha podido comprobar en litigios internacionales, cuando se trata de investigaciones sobre la presunta comisión de delitos de la envergadura de los señalados en la ley.
Además, en la ley se señala con claridad que se respetarán las formalidades legales para la «protección y garantía del derecho a la intimidad y el honor personal».
Por otro lado, cuando se señala en los recursos que la acción será independiente de la aprobación de la justicia es otra manipulación porque la ley es clara cuando señala que la «Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) ejercerá sus atribuciones con apego al marco constitucional y legal vigente y pleno respeto de los derechos fundamentales, bajo los principios de eficacia, necesidad, idoneidad, especialización, proporcionalidad y coordinación».
La manipulación, retorcimiento y alienación del contenido de la Ley 1-24 sólo se entiende como un método de autodefensa. Leonel Fernández reconoció, sin ser muy explícito, que durante sus gobiernos se habían cometido errores que no se iban a repetir. Es decir, fue una confesión.
La corrupción es uno de los crímenes más crueles que un servidor público puede perpetrar, puesto que una minoría se enriquece gracias al dinero de todo el pueblo. La corrupción en República Dominicana impidió que se fortalecieran los servicios públicos y se mejorara el bienestar de la ciudadanía.
La ley que tanto critican tanto Fuerza del Pueblo como el PLD habría sido una herramienta clave para impedir el régimen corrupto que los presidentes de ese partido aplicaron durante dos décadas en República Dominicana.
Si los servicios de inteligencia dominicanos hubieran podido realizar investigaciones muchos de los que se enriquecieron gracias a la corrupción habrían sido obligados a devolver el dinero, puesto que la Justicia hubiera dispuesto de herramientas probatorias clave para encausar a los responsables y que tuvieran que devolver el dinero robado al pueblo.
En este punto los servicios de inteligencia, de haber dispuesto de estas herramientas, habrían podido adelantarse a las maniobras de Félix Bautista con el dinero de la reconstrucción de Haití (maniobras por las que fue sancionado por el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos), las estrategias de captación de fondos de Funglode con contratistas públicos, los acuerdos ocultos con Odebrecht para la adjudicación de obras públicas que tuvieron un importante sobrecoste, y un largo etcétera. La vigilancia e investigación habría dado muchos más elementos de prueba (si es que no las había ya) para evitar que se archivaran las causas.
La Ley 1-24 aprobada por el Congreso Nacional de la República Dominicana no es muy diferente de las legislaciones de las que están vigentes en Estados Unidos o en los principales países de la Unión Europea. ¿Hay miedo? Sólo quien tiene algo que ocultar se rebela ante lo que es justo.