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La corrupción, el primer poder de la democracia española

La Comisión Europea ha recibido más cuestionamientos sobre las políticas anticorrupción del gobierno de Pedro Sánchez, sobre todo después de la desastrosa trasposición de la Directiva de protección a los denunciantes de corrupción

José Antonio Gómez
José Antonio Gómez
Director de Diario16. Escritor y analista político. Autor de los ensayos políticos "Gobernar es repartir dolor", "Regeneración", "El líder que marchitó a la Rosa", "IRPH: Operación de Estado" y de las novelas "Josaphat" y "El futuro nos espera".
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análisis

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Suena maravilloso escuchar que España es un Estado social y democrático de derecho. A la clase política se le llena la boca con esa palabra. Incluso discuten o rompen relaciones cuando acusan a los partidos o líderes adversarios de ser un peligro para la democracia. En realidad, y los hechos así lo corroboran, España es un Estado social y democrático de corrupción, porque la corrupción es la que realmente mueve los engranajes.

Hoy se celebran las elecciones al Parlamento de Euskadi. Hoy se leerá en múltiples ocasiones la tan manida frase de que unos comicios son «la fiesta de la democracia». En España no es así, porque quienes realmente deciden el destino de los ciudadanos no son sus representantes, sino los corruptos y corruptores. ¿Quiénes son? Nadie puede dar una respuesta cierta y adecuada. ¿Hay indicios de que esto es así? Los hay, pero no hay pruebas, y en eso cimentan su poder porque, además, cuando existen ya hay quien se encarga de no tenerlas en cuenta. ¿Se trata de una estrategia o un grupo que maneja de manera coordinada todas sus acciones? Posiblemente, no, pero todos se benefician.

Por esa razón, los poderes de la democracia en España no son tres, sino cuatro y la corrupción es el primero de ellos. No se trata sólo de que haya políticos que metan la mano en una pizca de dinero público. Los políticos, aunque se piensen que tienen poder suficiente, son las presas fáciles porque cuando se les pilla generan alarma y descontento social. No, no se equivoquen, la verdadera corrupción está varios pisos por encima de la política.

En realidad, los políticos son la cortina de humo perfecta mientras la corrupción real campa a sus anchas en el más absoluto de los silencios y con la impunidad más absoluta. También es verdad que existen personas de todos los ámbitos ideológicos que han ocupado cargos de responsabilidad en administraciones públicas que han sabido escalar y, en la actualidad, cuentan con la misma impunidad que protege la corrupción verdadera, esa que no se ve, ni se oye, ni despierta sospechas.

La verdadera corrupción cuenta con absoluta impunidad porque está instalada en el poder real y habita en todos y cada uno de los centros de poder, público y privado.

Por eso es fundamental la protección de los denunciantes de corrupción y que los estados los protejan. Por esa razón, la Unión Europea dictó la llamada Directiva Whistleblower que debió ser traspuesta a los ordenamientos jurídicos de los países de la UE.

Sin embargo, en España la trasposición que hizo el gobierno de Pedro Sánchez fue tan deficitaria que provocó que se encendieran las alertas. Anna Myers, directora ejecutiva de la organización Whistleblowing International Network y Tom Devine, director jurídico del Government Accountability Project señalaron en un comunicado que «es alarmante ver que los legisladores en España, una vez más, no logran comprender el valor y la importancia de proteger a los informantes como una de las formas más efectivas de prevenir la corrupción e identificar los abusos de poder con suficiente antelación para detener el daño. Si lo hicieran, estarían luchando para que España tuviera la mejor ley de Europa. En cambio, el mensaje para la gente de España es ‘habla bajo tu propio riesgo’».

A pesar de la trasposición, en la España de Pedro Sánchez los denunciantes o alertadores de corrupción pueden ir a la cárcel. La Directiva fue creada para, precisamente, proteger de las represalias políticas, económicas, judiciales o personales. Sin embargo, el texto aprobado por las Cortes españolas transformó de tal manera el contenido de la directiva que dejaba a los denunciantes o alertadores en una situación muy delicada.

La versión española de la Directiva Whistleblower, que es una especie de «Spaghetti Western», sólo protege a los denunciantes en causas graves o muy graves, lo que va en contra de lo que afirma la normativa europea donde se extiende la aplicación a cualquier caso de corrupción. Además, no elimina la responsabilidad penal de los denunciantes que se están enfrentando a querellas y demandas por parte de los denunciados o con sentencias absolutamente arbitrarias, sobre todo si el foco está puesto sobre miembros de la carrera judicial.

Por su parte, los jueces españoles se están negando sistemáticamente a aplicar lo indicado en la Directiva Whistleblower desde el mismo momento de su entrada en vigor. Miles de denunciantes de corrupción han pedido amparo a los tribunales, protección que les ha sido negada de manera constante.

Uno de los puntos fundamentales para determinar la localización del dinero obtenido como resultado de la presunta corrupción es la petición de información bancaria a otros países donde, supuestamente, se podrían estar ocultando enormes cantidades de dinero.

Sin embargo, en la Administración de Justicia española no sólo no se ofician comisiones rogatorias cuando se ha denunciado la existencia de importantes patrimonios ocultos en distintos países extranjeros, sino que España hay jueces que se niegan a hacerlo a pesar de que las Fuerzas de Seguridad de Estado han señalado en distintos informes que sería posible corroborar esa información a través, por ejemplo, de herramientas de inteligencia financiera.

Un informe de Transparencia Internacional de noviembre de 2023 analizó las leyes de protección de denunciantes adoptadas en 20 estados miembros de la UE.

En 2022, cuando el gobierno de Pedro Sánchez aún no había traspuesto la Directiva, a pesar de que estaba obligado a hacerlo en diciembre de 2021, un documento del Comité de Peticiones del Parlamento Europeo, al que accedió Diario16, señalaba que dos ciudadanos españoles denunciaron a España por incumplir esta Directiva. «Adjunta a su petición una serie de casos que ilustran, a su entender, la corrupción judicial existente en España, los conflictos de intereses entre el poder ejecutivo y judicial y el abuso de derecho […] y solicita que se impongan sanciones al Estado español por ello», señala el documento.

Las peticiones fueron admitidas a trámite el 5 de abril de 2022. La Comisión Europea respondió al Parlamento el día 28 de junio del mismo año: «Dado que España no había notificado medidas que garantizaran la transposición completa de la Directiva antes del plazo del 17 de diciembre de 2021, la Comisión envió a España una carta de emplazamiento el 27 de enero de 2022. La Comisión está evaluando actualmente la respuesta del Gobierno español para decidir los próximos pasos, en particular la emisión de un dictamen motivado, en caso necesario […] Además, está decidida a adoptar todas las medidas necesarias para hacer cumplir la Directiva (UE) 2019/1937 por parte de todos los Estados miembros, incluida España».

El pasado viernes se presentó en el Parlamento Europeo una pregunta a la Comisión por parte del eurodiputado Jordi Solé, de Esquerra Republicana de Catalunya. Diario16 ha tenido acceso a ese documento en el que se indica que «en España, la transposición de la Directiva 2019/1937 ha resultado arbitraria e incompleta. Así, los canales de denuncia son legal y forzosamente internos, dependientes y subordinados cuando la Directiva exige que sean externos, independientes y autónomos. Además, la figura de la Autoridad Independiente está adscrita y nombrada por el Ministerio de Justicia. Ni es externa, ni independiente ni autónoma, ni autoridad única del Derecho de la UE, según los criterios europeos recogidos por las diferentes sentencias del TJUE. Tampoco las administraciones públicas estatales, y especialmente en referencia a las Administración Central del Estado y la Administración de Justicia no han implantado sus canales de denuncia. Finalmente, no se ha establecido un procedimiento legal para poder hacer efectivas las resoluciones de los pocos canales de denuncia que cumplen con la Directiva y han sido reconocidos por resolución judicial firme. A mayor agravamiento, la Judicatura no admite ejecutar sus resoluciones, basándose en su incompetencia y falta de procedimiento».

Solé es muy directo en las preguntas que la Comisión está obligada a responder, sobre todo en lo referido a las medidas que se adoptarán contra España.

Sin embargo, Solé abre una vía de escape a los denunciantes de corrupción que en España no están protegidos y a los que se somete a durísimas represalias al preguntar a la Comisión Europea si estas personas podrían pedir amparo ante otros canales y tribunales europeos. Si la Comisión concede ese amparo, entonces España tiene un problema, porque en otros países los conseguidores, corruptores e intermediarios no tienen influencia para condicionar decisiones.  

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2 COMENTARIOS

  1. Si, los que manejan los designios de los ciudadanos son, como dice el artículo, …los corruptos y corruptores… Totalmente cierto, como lo es que hay que añadir un tercer elemento a los anteriores, los jueces y las leyes, muy tolerantes y permisivos con los corruptos y corruptores.

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