La Diputación de Bizkaia se resiste a devolver a una niña a su madre a pesar de estar imputados todos los responsables del Servicio de Infancia por ello

29 de Enero de 2020
Actualizado el 02 de julio de 2024
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foto Irune
Los máximos responsables del Servicio de Infancia de la Diputación de Bizkaia, con su diputado de Acción Social a la cabeza, Sergio Murillo, están imputados en espera del juicio penal por arrebatar a una menor de cinco años a su madre, Irune Costumero, y entregársela al padre. Un juez de la Audiencia Provincial ha emitido un duro auto por estos hechos sin que, según confirman en prensa de la institución a diario16.com, vaya a variar -hasta que se dicte sentencia- el alejamiento de la niña, que ya tiene ocho años, y la decisión de retirar la custodia a una madre coraje que sigue luchando por recuperar a su pequeña.
“La crueldad es patente”  entre los técnicos de una empresa privada que dan servicio a la Diputación
Los técnicos de la Diputación culpan a la madre del aparente rechazo de la niña a su padre y por ello deciden arrebatar a la pequeña de los brazos de la madre, produciendo incluso lesiones a ambas físicas y psicológicas.Desde Comunicación de la Diputación, Sonia Charcán, explica a Diario16 que “el informe es de una menor y no hay nada que decir por ser una menor y por estar protegida por ley”. Añade, además, que “con respecto a la imputación, el tema está judicializado y que se desarrolle por sus cauces habituales”. Confirma así que “la Diputación va a esperar a que siga el cauce oficial”. Es decir, que la institución foral no tiene intención de devolver la niña a su madre hasta que haya sentencia. Para ello tiene que celebrarse un juicio que puede prolongarse en el tiempo.

El colegio mira para otro lado

Mientras este atropello se produce, la directora del Colegio de Lutxana donde va la niña a clase y su tutora miran para otro lado, sin querer dejar constancia algo que, muchos padres y madres han visto con sus propios ojos: que a la pequeña esta situación le hace sufrir cada día y le está originando secuelas psicológicas.La directora del centro, con la que ha podido hablar Diario16, reitera que “tenemos la conciencia muy tranquila”. De poco ha servido que algún padre del colegio haya dejado constancia de un comportamiento del padre poco adecuado para con la niña y del sufrimiento real de la pequeña, tal y como cuenta a sus amigas.Hasta que la situación no se resuelva judicialmente, y eso puede tardar más de dos años en función de la lentitud de la Justicia, ni el colegio ni la Diputación van a favorecer que la niña vuelva con su madre, quien ya, según había señalado un juez, tenía la custodia legal hasta que Infancia se la arrebató por la fuerza.

Síndrome de alienación parental

En este supuesto síndrome de alienación parental está basada la decisión de los técnicos del Servicio de Infancia de la Diputación, que ha supuesto la imputación a Sergio Murillo, el actual diputado de Acción Social, a María Antonia Giner, jefa de valoración del servicio de Infancia, y Consuelo Alonso, jefa del Servicio de Infancia. Los tres están imputados por prevaricación. Además, la trabajadora social Maika Urutxurtu está imputada por delitos de lesiones cuando trataba de arrebatar a la niña de los brazos de su madre.
Sólo cuatro horas a la semana puede ver Irune a su pequeña
De nada ha servido, por el momento, que las Juntas Generales de Bizkaia, por unanimidad de todos los grupos políticos, al conocer el caso de esta madre y su pequeña, hayan aprobado que este síndrome de alienación parental “no se utilice en el servicio de menores”.Y es que ni la Organización Mundial de la Salud ni las organizaciones internacionales más importantes reconocen este síndrome que ha hecho que arrebaten de forma violenta a una niña de cinco años a su madre.

Gravedad extrema

El auto del juez deja claro que “las consecuencias que estos actos pueden tener sobre la menor son de una gravedad extrema” y añade que “además de haber sido vejada y menospreciada la madre denunciante por profesionales” a los que ella atribuye falta de preparación adecuada y modificación de criterios sin consistencia suficiente, resultando afectada una niña de corta edad e igualmente su madre, la denunciante”.A juicio del juez, “no se ha tomado en consideración datos de relevancia, como el que la madre cuenta con apoyo familiar y otra serie de informes psicológicos realizados por profesionales solventes. Pide la incoación de diligencias previas y la práctica de las que concreta en el suplico de su escrito de denuncia”.El juez hace un duro auto en el que explica que “el “motivo” que, según las imputadas, determina una situación que ellas valoran de riesgo había sido descartado (en principio) por las resoluciones judiciales que no consideraron procedente, ni pertinente ni adecuado modificar el régimen de guarda y custodia de la niña, pero las imputadas, pese a la existencia de procedimiento judicial (varias resoluciones en las correspondientes causas judiciales) culpan a la madre del aparente rechazo de la niña a su padre, y aplican el modo más extremo del síndrome de alienación parental, asumiendo una competencia que, en principio, parece judicial y no administrativa, y retirar la niña de la convivencia con su madre, pasando a residir, de inmediato, con su padre, a quien la propia Diputación atribuye el cuidado de la niña”.El juez  recoge también en su auto que se arrebata a la niña a su madre, a la fuerza, “pese a que pocos meses antes (fechas de las resoluciones judiciales) el Juzgado no consideró este extremo”Y también destaca que es la Diputación (el Servicio) quien decide “cómo, cuándo, con quién se va relacionando la niña (hasta el punto de prohibir a la madre que hable de determinado modo a su hija, como se lee en alguna de las constancias de una relación madre-hija controlada con presencia de personal de la Diputación: no se las deja ni a solas)”.“Esa ejecutoriedad inmediata y las consecuencias que ello ha tenido (sustrayendo a la madre, entre otras cuestiones, la materialización de una ordenada impugnación ante la autoridad judicial de una decisión drástica e inmediata en un tema de tanta sensibilidad como el equilibrio de una niña de corta edad”, concluye el juez.

Sólo cuatro horas a la semana para madre e hija

Sólo cuatro horas a la semana puede ver Irune a su pequeña, dos horas los martes y otras dos los viernes. Hasta Navidad lo tenía que hacer además con un técnico que vigilaba a ambas.Desde que esta mujer ha acudido a los tribunales para solicitar justicia, desde el Servicio de Infancia se han tomado medidas “de castigo”, como reducir el rato que la madre pasa con la pequeña el día del cumpleaños de la menor.“La crueldad es patente”, según fuentes consultadas por Diario16, entre los técnicos de una asociación que dan servicio a la Diputación para, en teoría, garantizar los derechos de una niña a la que “ya han destrozado la vida”, dice estas mismas fuentes.Detrás de todo esto podría haber, según nos señalan, posibles intereses de la asociación Bizgarri, quien tiene el monopolio de los Servicios Sociales en Bizkaia y algún otro punto del País Vasco. Así, la Diputación decide externalizar este servicio tan vital y delicado como es el de la Infancia.Eso sí, asume una custodia, para arrebatar la pequeña a su madre, pero permite que viva con el padre. Una decisión que otro juez ya descartó. La Diputación, y sus responsables de Infancia imputados, consienten así que una asociación haga de juez y parte de algo que para Irune Costumero es “un delito de lesa humanidad”.
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