La JUR provocó la resolución de Banco Popular

25 de Julio de 2021
Actualizado el 02 de julio de 2024
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Konig Popular

El informe presentado por la CNMV en la Audiencia Nacional sobre su análisis de la manipulación del mercado es contundente a la hora de determinar lo que ocurrió en la semana previa a la resolución del Banco Popular.

Uno de los puntos clave que se muestra en el informe es, precisamente, la filtración desde los organismos europeos que provocó la publicación de un artículo en Reuters que, tal y como señaló el exconsejero Jaime Ruiz Sacristán a Emilio Saracho en un correo electrónico, iba a hacer mucho daño. El expresidente de la Bolsa de México no se equivocó. Saracho sí, puesto que la respuesta a ese correo fue la de quitarle importancia a la noticia.

Según el informe de la CNMV, los movimientos del mercado desde el 11 de mayo, fecha de la publicación del artículo sobre la posible quiebra en El Confidencial, hasta el día de la resolución fueron los siguientes:

Los movimientos del mercado se dispararon

Como se puede comprobar, la publicación de la noticia de Reuters provocó que el volumen de negociación de las acciones de Banco Popular en el mercado se multiplicó por 10 y generó las mayores bajadas del valor. Fue el impulso definitivo para que la situación de la entidad se volviera insostenible, no tanto en la Bolsa, sino también en la situación de liquidez.

«Cabe destacar que, a partir del día 31 de mayo de 2017, el volumen negociado en las cinco sesiones posteriores, es 2,38 veces superior a la media del volumen medio de este periodo alcanzando una media de 263,8 millones de acciones por sesión», señala el informe que, más adelante vuelve a incidir en la importancia de la publicación de Reuters.

El precio de la acción cayó un 51% por la filtración de la JUR

«A partir del 31 de mayo de 2017 y en solo 5 sesiones la tendencia bajista del precio de cierre se agrava y cae un 51% pasando de un precio de 0,65 euros (30 de mayo) a 0,317 euros (6 de junio). Esta intensa, continuada y brusca caída en la cotización de Popular vuelve a producirse a raíz de la publicación el día 31 de mayo de 2017 de la noticia de Reuters que en sustancia publica que la Unión Europea (UE) advirtió del riesgo de resolución de Popular. Elke König, quien preside el organismo de la UE que supervisa a los bancos con problemas, recientemente emitió una "alerta temprana", dijo el funcionario».

«Un sector tan sensible como el sector financiero y, en concreto, el bancario basado en aspectos tales como la confianza de sus inversores y clientes, lleva consigo que una sucesión de noticias tan pesimistas y perjudiciales sobre el futuro devenir del banco y publicadas en un corto espacio de tiempo, menos de un mes, referidas a situaciones tan difíciles como fugas de depósitos por parte de los clientes, problemas de liquidez, posible venta por riesgo de quiebra, advertencias del supervisor europeo e incluso situación de posible resolución, haya podido influir en la percepción de los inversores y demás participantes en el mercado sobre su visión y valoración del banco, provocándose de forma irremediable una tendencia altamente vendedora en el mercado de las acciones de Popular durante estas sesiones», concluye el informe.

En consecuencia, la conclusión, en base a los datos hechos públicos por el informe de la CNMV, es que la devaluación del precio de Banco Popular en los mercados y el contagio hacia los depositantes a partir del 31 de mayo fue, en exclusiva, la reacción a la filtración que desde la JUR se hizo a Reuters.

Violación del secreto profesional

Este asunto es tan grave que supone una causa de nulidad de toda la resolución. El artículo 84 de la Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, es decir, la que establece el marco para la reestructuración y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversióndice, en referencia al secreto profesional, lo siguiente: «Los requisitos de secreto profesional obligarán a las siguientes personas: a) las autoridades de resolución; b) las autoridades competentes y la ABE; c) los ministerios competentes».

Durante todo el proceso de resolución del Banco Popular se vulneró el principio de confidencialidad y secreto profesional, establecido en el Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE) y del derecho a la buena administración, consagrado en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (CDFUE). Además, el Reglamento 806/2014, es decir, la legislación sobre la resolución de entidades financieras, impone la obligación de secreto profesional a la JUR y sus funcionarios.

Por un lado, las declaraciones realizadas el 23 de mayo de 2017 por Elke König, presidenta de la JUR, al canal de televisión Bloomberg TV, constituyó una violación de las obligaciones de secreto profesional imputables a la JUR y una vulneración del principio de buena administración.

En segundo término, el artículo publicado por la Agencia Reuters el 31 de mayo de 2017 en el que se cita a un «funcionario de la UE» también constituye una clara violación de la obligación de secreto profesional imputable a la JUR o a funcionarios de otras instituciones de la UE, como la Comisión.

Además, supuso una infracción del derecho a buena administracion. La única conclusión lógica es que la información sobre la resolución provino de esas instituciones, y que esas instituciones no han aportado pruebas para demostrar lo contrario.

En este sentido, Diario16 ya publicó cómo la investigación interna realizada por la JUR para determinar el origen de la filtración o la fuente de Reuters fue un mero trámite que demostró que no había intención de profundizar en el asunto.

Estos hechos fueron clave para que el Banco Popular llegara a la resolución, puesto que un elemento fundamental para que se produjera la crisis de liquidez fueron las citadas revelaciones en medios o agencias de comunicación de gran importancia para el mercado financiero.

Todo indica que si no hubiera habido divulgaciones ilícitas y filtraciones y, por lo tanto, no se hubiese propiciado la crisis de liquidez a principios de junio de 2017, no se habría requerido una resolución del Banco Popular o la resolución habría tomado una forma diferente.

La posición de activos de Banco Popular y el sólido negocio principal habría generado un escenario en el que la escasez de capital era un problema que podría haberse solucionado mediante una inyección de capital con fondos privados.

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