Los caminos oscuros de la investigación de la resolución de Banco Popular

01 de Febrero de 2024
Guardar
Popular Investigación

El 7 de junio de 2017 nos despertamos con la noticia de que el Banco Popular había sido vendido al Banco Santander por 1 euro, mediante la aplicación y puesta en marcha, por primera vez en Europa por la JUR (Junta Única de Resolución), del dispositivo de resolución, en el marco del Mecanismo Único de Resolución.  

Quienes hemos hecho seguimiento del asunto, estudiado documentos y hablado con expertos del mundo financiero, entendemos, cada vez menos, el sesgo que se ha dado a la instrucción de este asunto y el que, bien fuentes de la fiscalía, bien del propio juzgado instructor, bien de letrados defensores que se dicen muy bien relacionados con la fiscalía y el juzgado, dicen que va adoptar el instructor, una vez publicada una extrañísima providencia, diciendo que dentro de poco se va a pronunciar, cuando lo lógico, lo coherente, lo previsto en la ley, no es que anuncie que se va a pronunciar, sino que, cuando proceda, se pronuncie.

Estas diligencias de investigación, que duran ya más de 6 años, son un claro supuesto de dilación innecesaria, pues la causa, una vez emitidos los informes periciales de los inspectores del Banco de España, ni es tan compleja, ni justifica períodos de casi un año sin ningún tipo de actividad, como ha ocurrido.

Quizás, algunos, eso sí, estén encantados de este retraso, que ha permitido al Banco Santander y al gobierno de España, con Nadia Calviño a la cabeza, personarse en contra de los propios ciudadanos españoles expoliados, en los múltiples procedimientos iniciados en Europa, algunos con una finalidad tan elemental como que se pusiesen sobre la mesa y se diese acceso a ciertos documentos sobre el proceso en si de la resolución.

Tal posición, amparada suponemos también por Luis de Guindos, el oscuro Guindos (ex Ministro de Economía, hoy en el BCE), quizás por Fernando Restoy (ex Subgobernador, hoy en Basilea en el Financial Stability Board)  y, desde luego,  Nadia Calviño (hoy en el Banco Europeo de Inversiones), evitó hasta el momento, que fuese la Comisión Europea quien tuviese que pagar a los afectados por un proceso a todas luces contrario al procedimiento legalmente establecido. Los flamantes puestos europeos de los dos primeros pudieran tener que ver con su posición, propiciando el expolio del Popular en favor del Santander.

Pues bien, sin entrar en ningún caso al fondo, estos tribunales europeos, sistemáticamente, han negado los documentos a estos recurrentes, alegando una posible desestabilización del sistema financiero. Evidentemente, no cabe desestabilización alguna del Popular, que, aunque se entregó vivo y produciendo beneficios al Banco Santander, se absorbió por el gran monstruo rojo y desapareció.

Preguntémonos pues, ¿Qué secretos guardan tales documentos del Banco Santander? ¿Quizás solo podía comprar al Popular por 1 euro? ¿Tan descapitalizado estaba? ¿No se le ocurrió al señor instructor examinar las necesidades de capital del Santander, ni las valoraciones de Deloitte para la compra por 1 euro del Popular?.

Igual que pidió informes y otros documentos al Banco de España, pudo pedir esto, pero no lo hizo; ¿Le preguntó a Ángel Ron si tenía noticia de las necesidades de capital del Santander o si tuvo alguna conversación con el señor, Restoy, que decían tenia, junto al señor Guindos, un mapa bancario español en la cabeza, costase, lo que constase, para salvar al monstruo, de mayor tamaño que el PIB español? ¿No llama la atención, la incidencia en la resolución del Popular de la retirada de los depósitos por instituciones públicas en pocas horas y en momentos clave, cuando se supone, que era un secreto el proceso de resolución? ¿Cómo se admite que diga Guindos que había que proteger a estas instituciones? ¿Acaso no había que proteger el patrimonio de los ciudadanos españoles y de otras instituciones, como por ejemplo, la Mutualidad de la Abogacía, dejando descapitalizada la bolsa de jubilación de todos los abogados españoles? Cuántas respuestas sin contestar, quizás las víctimas inocentes de esta instrucción maldita empiecen a contar la realidad, mucho más grave que lo que tanto temen que pueda contar el señor Saracho, que muchos sospechamos y adquiere, cada vez más, la condición de “secreto a voces” en el mundo financiero. Pero será tarde para perseguir eficazmente a los verdaderos culpables, que se presentarán con un brillante título de “cosa juzgada” y nada se les podrá exigir.  

La instrucción de Andreu

Esta instrucción comenzó dirigida por el ínclito juez Fernando Andreu, tan lejos de Dios y tan cerca de otros mundos. No olvidemos, este fue el juez que perdió la oportunidad de ser Secretario de Estado de Justicia con la ministra Dolores Delgado, la pareja del juez Garzón, amiga del abogado Manuel Medina, pues no en vano, aparecen ambos en su libro “El éxito de la humildad”, además del visitador de pasillos, Ángel Corcóstegui.  Y es que tal oportunidad se vino abajo, porque al aparecer, el juez Andreu aparece reiteradas veces en las grabaciones de Villarejo. Dicen, no obstante, que no abandonó nunca sus deseos de llegar al CGPJ y que algunos de los investigados lo sufrieron en sus carnes, incluso les costaron dolores de cabeza, los dolores de espalda, que venía sufriendo el juez.

... y llegó Calama

Cuando Andreu ascendió a las más tranquilas aguas de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, fue sustituido por el juez José Luis Calama, de apellido reconocido y reconocible, pues su hermano fue uno de los altos directivos del Banco Santander que, junto con Alfredo Sainz, fue condenado por acusar falsamente a un deudor de la entidad y por estafa procesal e indultado posteriormente, en uno de los últimos “actos heroicos” de José Luis Rodríguez Zapatero. Eso sí, el indulto fue luego revocado por el Tribunal Supremo, en cuanto a la medida accesoria, que les inhabilitaba para ejercer cualquier ocupación en banca, lo que llevo a este directivo y a Alfredo Sainz a tener que abandonar sus ocupaciones bancarias respectivas.

¿Cómo es posible, según van diciendo quienes soplan al oído de los medios de comunicación cercanos al Banco Santander -o económicamente dependientes- y presumen de que quienes tiene que decidir comen en su mano, que se investigue  de manera retrospectiva y prospectiva todas y cada una de las acciones del Consejo y de los directivos que ya no estaban al frente del  banco cuando se intervino y no se investigue o se diga incluso,  que va a quedar libre de polvo y paja, quien dirigía el avión en ese momento, quien produjo la pérdida de liquidez con el abandono de la gestión del banco,  quien renunció a poner en marcha el plan de negocio aprobado por el Consejo, sin proponer otro, quien no aportó los activos que tenía el banco para obtener la liquidez que aprobó y le daba el banco de España de 9000 millones de euros?

Hay quien piensa que no tocar aquello, causa verdadera del perjuicio, es decir, la actuación de Saracho y su equipo, y abrir juicio oral con una causa sin recorrido alguno a los gestores anteriores, cuyo fin ha de ser, ineludiblemente su archivo -como Bankia-, dejando fuera al piloto del avión estrellado, puede ser bueno para quienes correspondería  pagar el expolio.  

Este nuevo instructor, que hasta determinado momento parecía entusiasmado en una investigación recta, hacia octubre de 2021 abandonó su actitud y comenzó su camino errático y de rechazo a investigar todo lo que fuera la resolución del banco y su causa, que fue la determinante del perjuicio de los expoliados.

En cualquier caso, hay pruebas más que indiciarias y así lo declararon algunos testigos y consta en las actas, de que la resolución del banco tuvo lugar tras un período de ataque y desestabilización a la entidad, promovido presuntamente  por un grupo de inversores representados en el Consejo de Administración, que con la finalidad de quedarse con el banco a bajo precio, sin lanzar una OPA, desde mayo de 2016, pusieron en marcha una campaña de desprestigio contra el Banco Popular, su dirección y algunos de sus accionistas más relevantes, mediante la difusión, presuntamente  planificada, de noticias falsas o sesgadas, principalmente en dos medios de comunicación españoles.

Esto se puede constatar con el simple examen de la prensa de esa época, pero también lo señala el Informe de los peritos del Banco de España, de fecha de 8 de abril de 2019 y  el gráfico de salidas de depósitos y evolución de la acción frente a los depósitos de la clientela e hitos relevantes, que consta en la instrucción, forzando así un cambio en la presidencia del Banco, que fue ocupada por Emilio Saracho de Torres.

No obstante, la puesta en marcha de la verdadera acción que llevó a donde llevó, corresponde al nuevo presidente, que realizó cambios en el Consejo y modificó la gestión de la entidad, finalizando su presidencia 4 meses después, el día 7 de junio de 2017, con su cese y el de todo su Consejo ordenado por el FROB, tras la aplicación a la  entidad por la JUR (Junta Única de Resolución) del dispositivo de resolución, en el marco  del  Mecanismo Único de Resolución, como consecuencia de una crisis idiosincrásica de liquidez, producida bajo el mandato del señor Saracho en el segundo  trimestre del año 2017, finalizando con la entrega de la entidad por 1 euro al competidor, Banco Santander.

¿No llama la atención del instructor el acta del Consejo de Administración del Banco Popular de fecha 1 de diciembre de 2016, en que se acuerda, con múltiples anomalías que se reflejan en el acta,  el cese del señor Ron en la presidencia y su sustitución por Emilio Saracho? ¿No llama la atención cómo, en el punto 4,1 de los  acuerdos de la Junta General Extraordinaria de Accionistas, de fecha 20 de febrero de 2017, se acordó el nombramiento de Emilio Saracho de Torres sin votar el cese del Sr. Ron? ¿No llama  la atención que en un plazo de algo más de 3 meses, y como consecuencia de la política del señor Saracho, el valor de la acción del banco cayó un 62,44 % , si atendemos al Histórico de cotización de la acción de Banco Popular? ¿No tiene importancia que, según el informe emitido por los peritos del Banco de España, que obra en los autos de investigación penal, las decisiones y gestión de la  nueva dirección y una política de comunicación errática y dañina ocasionaron pánico bancario, que junto con lo que se viene calificando como una inexplicable gestión de la liquidez por el nuevo equipo directivo, determinó que esta cayese desde el 146 % (el mínimo regulatorio era del 80%?

Efectivamente, el pánico entre los clientes produjo una retirada masiva de sus depósitos, lo que llevó a una pérdida de liquidez de la entidad en el segundo trimestre del año 2017, por lo que el Consejo de Administración del banco, presidido por Emilio Saracho y asesorado por el despacho “Uría y Menéndez” , a propuesta e instancia del propio señor Saracho, en las dudosas condiciones que señala el acta del consejero Jaime Ruiz Sacristán, de fecha 3 de agosto de 2017 ante el notario, Don Luis Pérez-Escolar Hernando, declaró la inviabilidad de Banco Popular. Como consecuencia de tal declaración, el 7 de julio de 2017, la JUR determinó la aplicación de un proceso de resolución de la entidad, acordando la amortización de sus acciones emitidas y la venta a otra entidad competidora por el precio de 1 euro, produciendo enormes pérdidas para sus accionistas, entre los que también se encuentran todos los miembros del Consejo de Ron, pero no Saracho, ni ninguno, que se sepa, de los nuevos consejeros traídos por él.

¿Cómo es posible que el instructor deniegue la práctica de importantes diligencias para esclarecer qué pasó alegando que la resolución no se investiga? ¿Cómo es posible que el juez pase de puntillas sobre las afirmaciones que hacen los peritos del Banco de España en su informe de abril de 2019, cuando dicen que las pérdidas sufridas por los accionistas se deben a la decisión administrativa de poner el Banco en un proceso de resolución?

Quizás no se investigue el trámite mismo, como pretende la JUR y dicen los tribunales europeos, para evitar que sea la Comisión quien tenga que pagar, pero incluso estas resoluciones de los tribunales europeos dejan a salvo de esa imposibilidad de investigar las conductas de quienes, debiendo administrar lealmente la entidad, lo hicieron presuntamente de forma desleal, en favor de otros y no de los accionistas del Banco Popular.

En este sentido, bastaría con que el juez Calama escuchase la entrevista,  realizada a Saracho por el responsable de comunicación en aquel momento, Antonio San José, que consta transcrita en los autos y fue difundida en la Intranet del banco, diciendo a los empleados, que aquello había sido un “bail in” (resolución) pactada y felicitándolos por haber pasado a formar parte de un estupendo banco, como el Santander. Evidentemente no les dijo que en su gran mayoría iban a ser despedidos, defenestrados y maltratados por el nuevo dueño, que acabó destruyendo todo y a todos, dejando “vivos” solamente a los que se convirtieron en silenciosas alfombras, al paso de los generales ganadores de la emboscada.   

Ni siquiera en las querellas puede amparar Calama su inacción, pues las que dieron lugar al inicio de las Diligencias Previas, en su mayoría imprecisas, genéricas, indistintamente dirigidas frente a Ron, Saracho y sus respectivos consejos, con calificaciones que parten todas de un resultado producido, el perjuicio ocasionado a los accionistas de Banco Popular por la resolución de la entidad.

Nada parece importar en cambio, la única dirigida a uno solo y sus colaboradores, que contiene una narración coherente y fundada en indicios y pruebas, la presentada por la Asociación de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (AEMEC), que representa a 7.000 accionistas y el 4% del capital, e incide y califica provisionalmente los hechos, como una administración desleal, presuntamente cometida por el señor Saracho. 

En fin, los caminos de esta instrucción son inescrutables, aunque algunos presuman de saber e incluso lo publican en la prensa. 

Lo + leído