Los errores legales de la resolución del Popular

10 de Noviembre de 2019
Actualizado el 02 de julio de 2024
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La fortaleza de los resultados del primer trimestre de 2017, que generaron para el Banco Popular beneficio neto en su negocio principal, el poco impacto de la re expresión de las cuentas de Saracho y el consiguiente interés generado en diferentes entidades nacionales y extranjeras en hacerse con la sexta entidad financiera de España, provocaron que los urdidores de la operación diabólica dieran una vuelta de tuerca y un acelerón a la hora de buscar la solución para que el Popular terminara en poder del Santander.El primer error fue utilizar un borrador de directiva para realizar las valoraciones del Popular que no entró en vigor hasta marzo de 2019, casi dos años después de la resolución. En segundo término, el incumplimiento de los plazos por parte del FROB en la venta al Santander por un euro es otro elemento clave de nulidad, sobre todo después de que el banco presidido por Ana Patricia Botín lo reconociera en el recurso en el TJUE.Por otro lado, el hecho de que el BCE modificara en horas las fechas de madurez de las líneas de liquidez de emergencia aprobadas unas horas antes por su Comité Ejecutivo, una modificación de las condiciones que hacía imposible que el Popular pudiera devolver dicha línea en tiempo y plazo, también es una actitud que podría llevar a la nulidad de la operación.El caso del documento del Banco de España, en el que se aprueba la operación un día antes de que se resolviera al Banco Popular también es causa de anulación de la operación.Por otro lado, la Justicia ya está investigando si se filtró información privilegiada a los organismos públicos para que sacaran sus depósitos de manera masiva tras el inicio del Proyecto Hipócrates. En concreto, el primer día laborable después de que el FROB remitiera las cartas en las que comunicaba a las entidades financieras españolas que el Popular iba a ser resuelto, comunicaciones en las que se incluyó el cronograma con los plazos a cumplir para poder presentar las ofertas.Estas son algunas de las principales posibles irregularidades legales que se cometieron y que llevarían a la anulación de la operación. Lo que queda claro es que la resolución se hizo tan mal que no era esperable en una institución como el BCE, sobre todo después de lo escrupulosas que fueron las intervenciones de Bankia e, incluso, la de Banesto (evidentemente, si no tenemos en cuenta la entrega de oferta sin la firma de Emilio Botín por parte del Santander).Tal y como afirmó un afectado a Diario16, «las cosas se podrían haber hecho de otra forma y el resultado para el Santander hubiera sido el mismo pero con muchas más dificultades para los afectados para poder reclamar nuestro dinero. Afortunadamente para nosotros, la JUR y el FROB lo hicieron todo rematadamente mal. ¿Lo hicieron a posta?Por otro lado, esta situación beneficia al Santander. El Banco Popular era solvente y viable y, por tanto, como decían los peritos del Banco de España, las pérdidas que sufrieron los afectados con la consecuencia de la decisión de la resolución. Por tanto, se está llevando todo hacia un escenario en el que los encargados de indemnizar a los afectados tendrán que ser tanto la JUR como el FROB.Un afectado que se dirigió a Diario16 en referencia a los últimos movimientos en la Justicia que los «accionistas que reclaman por la vía contenciosa están de enhorabuena porque el Fondo Único de Resolución (FUR) tiene que pagar el verdadero valor que tenía el Popular y, además, paga bastante más de lo que correspondería, en su hipotético caso, al Santander. Por el contrario, los que van por la vía civil lo tienen cada día más negro. Además, por vía de lo civil (en el difícil caso de que resultara), corresponde cobrar bastante menos que por la vía contenciosa; eso sí, en este caso, sería a cargo del Banco Santander».En consecuencia, el cielo se va abriendo poco a poco para los 1,2 millones de afectados por el Caso Popular porque, ante unas pruebas tan apabullantes, la Justicia no puede hacer otra cosa que ser justa.
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