Anticorrupción pide 15 años de cárcel para Fernández Díaz y 19 para Villarejo por la “Operación Kitchen”

24 de Febrero de 2023
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Fernández Díaz

La Fiscalía Anticorrupción ha pedido condenar al ex ministro de Interior Jorge Fernández Díaz a 15 años de cárcel por “Kitchen”, un presunto operativo parapolicial para espiar al extesorero del PP, Luis Bárcenas, y robarle la información sensible que tuviera del Partido Popular, mientras que ha solicitado una condena de 19 años de prisión para el comisario jubilado José Manuel Villarejo.

En su escrito de acusación, al que ha tenido acceso Europa Press, los fiscales César de Rivas y Miguel Serrano piden asimismo una inhabilitación de 33 años para el exministro por los delitos de encubrimiento, malversación y delitos contra la intimidad.

Por otro lado, el Ministerio Público solicita 15 años de cárcel para el ex secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, y para el exdirector adjunto operativo (DAO) de la Policía Nacional Eugenio Pino.

Mientras, para el que fuera jefe de la UCAO, el comisario Enrique García Castaño, la pena que solicita es de 12 años y 6 meses de prisión, más 28 de inhabilitación absoluta por los delitos de encubrimiento, malversación y delitos contra la intimidad. Si bien entiende que en este caso concurre la circunstancia atenuante analógica de colaboración tardía.

Para el que fuera jefe de Asuntos Internos de la Policía en la etapa en la que se produjo el espionaje, Marcelino Martín Blas, el Ministerio Público pide dos años y medio de cárcel e inhabilitación absoluta por el delito de encubrimiento.

Para Andrés Manuel Gómez Gordo, quien fue jefe de seguridad de la ex secretaria general del PP María Dolores de Cospedal, Anticorrupción pide 15 años de prisión más 48 de inhabilitación absoluta por los delitos de encubrimiento, malversación y delitos contra la intimidad.

Y para el chófer de Bárcenas, Sergio Javier Ríos Esgueva, se requieren 12 años y 5 meses de prisión, más 13 años y 9 meses de inhabilitación absoluta por los delitos de encubrimiento, malversación y delitos contra la intimidad. Además considera que se debe declarar la nulidad de su nombramiento como funcionario del Cuerpo Nacional de Policía.

Por otro lado, la Fiscalía entiende que se debe archivar provisionalmente la causa para el comisario principal que fuera jefe de la UDEF y director del Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y Crimen Organizado (CITCO) José Luis Olivera. Considera que no existen indicios de su intervención en los hechos.

De igual forma, considera que se debe archivar para José Ángel Fuentes Gago y Bonifacio Díaz Sevillano, ambos colaboradores del ex DAO Eugenio Pino. Indica que “el único dato objetivo que existe en la causa para vincularlos con los hechos objeto de esta pieza, no pone de relieve que los investigados (...) participaran de alguna manera, con mayor o menor relevancia causal, en ninguna de las actuaciones llevadas a cabo por los encausados para obtener información y documentación del entorno de Luis Bárcenas y su familia”.

Cospedal se libra

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha desestimado un recurso de Podemos, al que se adhirieron la Fiscalía, la Abogacía del Estado y el PSOE, en el que pedía que se reabriera la pieza 7 del “caso Tándem”, conocida como “Operación Kitchen” ,y que se investigara a la que fuera secretaria general del PP María Dolores de Cospedal.

 En un auto, los magistrados de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal confirman el cierre, acordado por el juez Manuel García Castellón, de esta causa en la que se ha investigado el operativo puesto en marcha para sustraer documentación del “caso Gürtel” al que fuera tesorero del PP Luis Bárcenas.

 El recurso sostenía que la aparición de nuevos elementos indiciarios apuntaban “a la participación en los hechos delictivos de personas que inicialmente sí han sido investigados”, refiriéndose a unos audios publicados los días 16, 18 y 19 de mayo de 2022, que “viene a acreditar, al menos, indiciariamente, la participación de miembros relevantes de la dirección del Partido Popular, por entonces del Gobierno de la Nación y, en concreto, su secretaria general María Dolores de Cospedal García, en la dirección y ejecución de la “Operación Kitchen”.

 En su auto, la Sala Penal se remite a lo ya dicho en la resolución de los recursos presentados contra la decisión del instructor de enviar las diligencias previas a procedimiento abreviado y el sobreseimiento de las actuaciones respecto de algunos investigados como Cospedal o su marido, el empresario Ignacio López del Hierro.

El Tribunal recuerda que ya señaló que “las anotaciones y mensajes -anotaciones de la agenda del investigado José Manuel Villarejo y mensajes a través del teléfono en el auto analizados- no son suficientes indicios de participación  de (…) Ignacio López del Hierro o María Dolores de Cospedal en los hechos toda vez que quedan debilitados por los testimonios de los investigados José Manuel Villarejo, Sergio Ríos y Andrés Manuel Gómez Gordo, unido al reconocimiento de los dos primeros de sus reuniones con José Manuel Villarejo por cuestiones al margen de los hechos investigados”.

 En relación con los audios, la Sala indica que, como ya explicaba en la resolución mencionada, “se desconoce si las conversaciones que contienen, cuando no están evidentemente cortadas, están completas y se desconoce el contexto en que se produjeron, esencial para poder interpretarlos. Por ello no se excluye la duda razonable de un resultado valorativo diferente al que hace la apelante y las adheridas”.

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