La Audiencia Nacional choca con la impunidad del Estado de Israel

07 de Septiembre de 2022
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Pegasus Cataluña

La instrucción en la Audiencia Nacional del Caso Pegasus, en el que se está investigando el presunto espionaje al móvil del presidente del Gobierno y de varios miembros del Ejecutivo, ha tropezado con una realidad con la que han chocado muchos organismos internacionales: la impunidad con la que opera el Estado de Israel, impunidad que le lleva a incumplir resoluciones de Naciones Unidas provocadas por el régimen de apartheid, las violaciones constantes de derechos fundamentales y por la comisión recurrente de delitos de lesa humanidad.

En un auto dictado hoy, al que Diario16 ha tenido acceso, el juez Calama se ha visto obligado a librar librar un recordatorio a las autoridades judiciales de Israel con objeto de reclamar una respuesta a la comisión rogatoria emitida el pasado 5 de mayo a fin de requerir a la empresa NSO GROUP, propietaria del software Pegasus, para que emita informe sobre diversos aspectos esenciales para la investigación de los hechos.

Dicha solicitud, que no ha obtenido respuesta, fue ampliada, recuerda Calama, el 5 de junio en el sentido de interesar autorización a las autoridades judiciales de aquel país para el desplazamiento de la comisión judicial a Israel, con objeto de practicar la declaración testifical sobre los hechos expresados en la comisión rogatoria inicialmente emitida.

Declaración de Margarita Robles y Fernando Grande-Marlaska

Por otro lado, en el mismo auto, Calama ha requerido a Fernando Grande-Marlaska, ministro del Interior, y a Margarita Robles, ministra de Defensa, para que expresen la forma en la que desean prestar declaración como testigos: presencial en el propio juzgado, a través de videoconferencia por razones de utilidad, seguridad u orden público o bien por escrito acogiéndose al privilegio procesal establecido a favor de los miembros del Gobierno.

Calama explica que el pasado 24 de agosto se recibió el Acuerdo del Consejo de Ministros del día anterior por el que se acordaba «no proceder a la desclasificación de acto, documento información dato ni objeto alguno» toda vez que en relación a los hechos investigados, «los Informes realizados por el CNI no contienen elemento alguno que se encuentre clasificado ni como secreto ni como reservado, pues se trata de documentos cuyo contenido no compromete la seguridad del Estado, ni las fuentes, medios y procedimientos del Centro Nacional de inteligencia».

A la vista de dicho Acuerdo, señala el juez, y con carácter previo a señalar el día y la hora para la declaración testifical de ambos ministros, se les requiere a fin de que, en el plazo de cinco días, expresen en cuál de las formas desean prestar declaración.

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