La Justicia le marca un gol "por toda la escuadra" a Florentino Pérez

Florentino Pérez siempre gana pero, en este caso, ha visto que el balón iba hacia la escuadra y que no ha podido pararlo

07 de Octubre de 2022
Actualizado el 02 de julio de 2024
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AN Florentino

La Audiencia Nacional ha dado por finalizada la guerra iniciada por Florentino Pérez contra Ignacio Sánchez Galán, presidente de Iberdrola, por el caso Villarejo. Durante mucho tiempo ha sido arrastrado el nombre de la compañía vasca y de su presidente. Las ansias de poder de un hombre, como Florentino Pérez, acostumbrado a ganar siempre y nunca de forma trasparente, desde la ética profesional, viéndose siempre, o casi siempre, apoyado por «árbitros tocados por unos u otros intereses políticos, sociales, económicos, fáciles e influyentes».

Sin embargo, la Justicia le ha puesto donde debería estar porque, en ocasiones, a las grandes estrellas, para bajarlas de su pedestal, es necesario que pasen una temporada en «el banquillo». Florentino Pérez siempre gana pero, en este caso, ha visto que el balón iba hacia la escuadra y que no ha podido pararlo, como le ocurrió a David De Gea en el Mundial de Rusia con el tercer gol de Cristiano Ronaldo.

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado el sobreseimiento libre decretado por el juez Manuel García Castellón respecto del presidente de Iberdrola José Ignacio Sánchez Galán en relación con la contratación del excomisario José Manuel Villarejo.

En un auto, al que Diario16 ha tenido acceso, la Sala desestima el recurso presentado por Florentino Pérez contra la decisión de García Castellón de decretar el archivo de la causa respecto de Sánchez Galán al considerar prescritos los delitos por lo que estaba siendo investigado en la pieza 17 del caso Tándem.

Los magistrados analizan, en primer lugar, el delito de cohecho cometido por particulares y señalan de acuerdo con la legislación aplicable el plazo de prescripción era de 10 años “que ya habían transcurrido el 23 de junio de 2021 que es cuando el procedimiento se dirigió contra José Ignacio Sánchez Galán al ser citado para ser oído como investigado, teniendo en cuenta que los hechos que se le imputan en el auto recurrido ocurrieron entre 2004 y 2009”.

En relación con la participación de particulares en el delito contra la intimidad cometido por funcionarios públicos, el Tribunal analiza el tipo penal aplicable en el momento de los hechos y concluye que, como en el caso anterior, también estaría prescrito. De la misma manera, considera la Sala también prescrito el delito de falsedad provisionalmente imputado, “al no estar ninguno de ellos castigado con pena que alcance diez años de prisión”.

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