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Hace 235 años

29 de Octubre de 2024
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Hace 235 años

Este año se celebra el 235 aniversario de “La Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano”, promulgada por la Asamblea Nacional Constituyente francesa. Tras separarse de los Estados Generales, los representantes del Tercer Estado, que representaban a cerca del 98 % de los franceses, se juramentaron, en el Juego de la Pelota, para dar a Francia una Constitución. Una de las primeras cosas que hicieron, tras frustrar los parisinos con el asalto a la Bastilla los planes de Luis XVI, fue la  aprobación de esta Declaración.

Con la “Declaración de Derechos del hombre y del ciudadano”, tomaban cuerpo de Ley los ideales de la Ilustración, ese movimiento intelectual que exigía examinarlo todo bajo el único prisma de la Razón y desechar la superstición, la autoridad o la tradición como principios de conocimiento y actuación. La Ilustración, qué duda cabe, es la base de nuestra época, y esta Declaración es tan importante porque los derechos que aprueba han pasado sistemáticamente a las partes dogmáticas de las diversas Constituciones, entre ellas la española de 1978, donde se pueden ver en el Preámbulo y en el Título I. Por ello forman parte de nuestra vida cotidiana. O formaban.

El artículo 1 de la Declaración señala que “que los Hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales solo pueden fundarse en la utilidad común”. El artículo 3 consagra el principio de Soberanía Nacional e indica que sólo de ella puede emanar la Autoridad. El artículo 4 indica aquello repetido hasta la saciedad de que “La Libertad consiste en poder hacer todo aquello que no perjudique a los demás”.

Se consagran los principios de “Habeas Corpus” y de irretroactividad de las Leyes, y el artículo 6 indica que “la Ley es la expresión de la voluntad general. Todos los ciudadanos tienen derecho a contribuir a su elaboración, directamente o a través de sus Representantes”. Es el principio rousseauniano; también por supuesto contempla la separación de poderes de Montesquieu, o los principios de libertad de opinión, de culto o de expresión.

El artículo 9, y voy a detenerme en él, indica que “cualquier hombre se considera inocente hasta no ser declarado culpable”. Consagra pues la presunción de inocencia. Indica pues que uno no tiene que demostrar su inocencia, sino que son los que acusan los que tienen que demostrar la culpabilidad del acusado. Era la respuesta de la Ilustración a las cárceles del Absolutismo y de la Inquisición, donde muchas veces los reos pasaban encerrados meses, sometidos a terribles torturas, sin saber de qué se les acusaba o quién les acusaba. Hoy en día, ¿está en peligro este artículo? Si lo está, con él lo están los principios de la Ilustración y de la Razón. Conviene que demos pronto respuesta a esta pregunta y  decidamos si consagramos  o no las picotas, los sambenitos, y las hogueras inquisitoriales como la “nueva modernidad”

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