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La injusticia de la Justicia en el caso Tsunami

17 de Abril de 2024
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García Castellón, en una imagen de archivo.
García Castellón, en una imagen de archivo.

Por muy multitudinarias que fueran, aunque bloquearan una infraestructura como el aeropuerto de Barcelona y que llegaran a desbordar a la policía, cualquier observador externo lo tendrá claro: las protestas convocadas por Tsunami Democrático no fueron terrorismo. El DIEC es diáfano. Dice que terrorismo es un “movimiento político que utiliza el terror basado en la violencia como herramienta de presión”. Que el Código Penal español y las interpretaciones que hacen algunos jueces se hayan retorcido hasta el extremo de desdibujar los límites jurídicos del término terrorismo no cambia la realidad.

Si alguien duda, el nivel de alerta antiterrorista en España puede servir de prueba: antes de las protestas del 2019 estaba en el nivel 4 sobre 5, durante las protestas continuó al mismo lugar y después tampoco cambió. Las amenazas terroristas reales provienen del yihadismo y de la ultraderecha, y poner Tsunami Democrático a su nivel es grotesco a ojos de cualquier ciudadano de un país occidental. Pero el juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón investiga doce personas por terrorismo a raíz del caso Tsunami Democrático.

Para quien no conozca todavía a García-Castellón les invito a ver un pequeño resumen de su historia reciente.

Y el resultado es que la mayoría se han visto abocadas al exilio. El empresario Josep Campmajó, el periodista Jesús Rodríguez, el directivo de Ómnium Cultural Oleguer Serra y el diputado de ERC Ruben Wagensberg han tenido que marchar en los últimos meses para evitar el trato judicial injusto que ya han sufrido otros implicados en el Proceso y que los ha llevado a pasar años entre rejas. La secretaria general de ERC, Marta Rovira; el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y el activista Jaume Cabaní ya se habían exiliado años antes.

El caso de Rodríguez, en Suiza desde finales del año pasado, es especialmente grave para la situación del derecho a la información: el periodista se ha significado para publicar durante años noticias e investigaciones sobre irregularidades policiales y judiciales.

Es uno de los reporteros que destaparon cuatro topos de la Policía Nacional en diferentes movimientos sociales e independentistas en Barcelona, Girona y València. Que activistas, políticos y periodistas se tengan que exiliar por la investigación judicial de protestas pacíficas demuestra que el sistema falla, que la separación de poderes, como mínimo, está bastante agrietada.

Vean la forma de actuar del juez, según a quien, dependiendo a que formación política pertenece el encausado.

La persecución de Tsunami Democrático por terrorismo en la Audiencia Nacional deja claro que, mientras que algunos sectores de la política institucional española han hecho adelantos para abordar el soberanismo catalán, como demuestra la ley de amnistía, como mínimo una parte del poder judicial continúa encallado en la voluntad revanchista para reprimir el independentismo con toda la dureza posible. Este sector de la justicia que actúa afanosamente castigador, que parece que se cree el estandarte de la unidad de la patria, es un obstáculo para el diálogo. En la práctica, perjudica aquello que se cree que defiende porque solo acentúa más la polarización y la distancia con respecto de España de cualquiera que tenga sensibilidad en Cataluña.

Quisiera recordar a los lectores que García-Castellón es, entre otros muchos jueces conservadores, contrario a la ley de amnistía. A petición del Senado con mayoría del PP, se dirigieron a la Comisión de Venecia con la esperanza que dicha comisión declarara la ley inconstitucional o que afectara a la separación de poderes. Cuál no sería su decepción al conocer el informe, donde además de otorgar su aval, la declaraba apropiada para la reconciliación que la misma perseguía.

Como habrán podido observar, García-Castellón y otros jueces han hecho caso al dictamen de la comisión, pero solo en aquello que les interesa: “Dicho informe no es vinculante”. Digo esto porqué cuando les resulta favorable, aunque no sea vinculante, no les importa presumir de ello. Viva la judicatura española.

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