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La involuntariedad de los jubilados mutualistas anticipados

19 de Octubre de 2018
Actualizado el 02 de julio de 2024
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banco jubilado
La entonces Compañía Telefónica (CTNE ahora Movistar) en los años noventa, puso en marcha la adecuación de la plantilla en razón a la “reorganización de la empresa” por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.Estamos en condiciones de afirmar que no fue “una casualidad” que los perjudicados por las prejubilaciones nos viéramos obligados a acogernos a las mismas, “solicitando voluntariamente” el cese en Telefónica cuando estábamos en nuestro mejor momento profesional. Fue la empresa quien nos forzó con intimidaciones y diferentes argucias.Destacan los argumentos:
  • La liberalización del sector hace necesaria una reducción de los recursos humanos.
  • Necesidad de adecuación de los recursos humanos a las necesidades reales de la empresa.
  • Telefónica se ve obligada a adaptar, aún más, su estructura de costes al nuevo entorno.
  • Es necesaria una renovación tecnológica para adaptarse al entorno de la competencia.
  • La ruptura del monopolio obliga al dimensionamiento y organización mediante prejubilaciones.
Se deduce de todo ello que una “salida exageradamente masiva” de trabajadores, no ya de Telefónica sino de cualquier empresa con pingües beneficios, no es un “capricho” de esos trabajadores.Se considera una prejubilación como INVOLUNTARIA siempre que el cese del contrato de trabajo provenga DE UNA INICIATIVA DEL EMPLEADOR.Esta afirmación queda refrendada por lo que opinan un buen número de jueces en diferentes sentencias y con argumentos tales como:
  • Se advierte que la voluntariedad del legislador al reformar ambas disposiciones fue la de equiparar el trato jurídico mediante la Ley 35/2002.
  • La libre voluntad está condicionada por la empresa de suerte que resulta vana una oposición a la oferta lo que la convierte en involuntariedad.
  • El trabajador no puede elegir libremente entre marchar a seguir en la empresa. Es un proceso encubierto de reestructuración de plantilla.
  • No fue voluntariedad por cuanto derivó de la existencia de una causa objetiva previa independiente de su voluntad.
  • Se salva la voluntariedad por la acreditación del requisito sustitutorio de la falta de involuntariedad.
En el momento de su jubilación, a numerosos trabajadores de Telefónica y otros muchos de otras empresas, en el Instituto Nacional de la Seguridad Social “injustamente se les adjudicaron las jubilaciones VOLUNTARIAS” aplicándoles las máximas penalizaciones de los coeficientes reductores en vigor que son un 8% anual, desde los 60 años cuando se jubilaron anticipadamente y hasta los 65 años, por lo tanto 5 años por un 8% anual que equivale a un 40% de dichos coeficientes reductores que son excesivos y también totalmente injustos.Así, dichos jubilados se encuentran penalizados PARA TODA SU VIDA CON UN 40% MENOS DE LA PENSIÓN, que le correspondería si su jubilación se hubiese considerado INVOLUNTARIA.Pero esto no es aun lo más grave, sucede que todos estos jubilados tienen largas carreras de cotización a la Seguridad Social de 40 y más años, que no han sido contempladas en el cálculo de su pensión. Esta “omisión” conocida por CONTRIBUTIVIDAD ( de la cual tanto hablan todos los partidos políticos) ha significado un recorte del 40% en su pensión estimada de por vida.Procede por parte del nuevo Gobierno, arbitrar las medidas necesarias, encaminadas a modificar lo necesario en la Ley de la Seguridad Social, para hacer JUSTICIA con todos estos jubilados mutualistas anticipados, aplicándoles la INVOLUNTARIEDAD Y REVISANDO SU PENSIÓN DESDE EL MOMENTO QUE ACCEDIERON A LA JUBILACIÓN.
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