- Cuando un pueblo es gobernado como parte de un imperio colonial;
- Cuando un pueblo está sujeto a la subyugación, dominación o explotación extranjera;
- Cuando a un pueblo se le niega un ejercicio significativo de su derecho a la libre determinación dentro del estado del que forma parte.
¿Qué independentista catalán o vasco no ha oído la frase “¿Qué pone en tu DNI?” El argumento de los unionistas es simple: todo ciudadano debe respetar las leyes del Estado. El artículo 2 de la Constitución española dice textualmente:Artículo 2. La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.Sin embargo el artículo 1 de los Pactos Internacionales de Derechos Humanos recoge el derecho de autodeterminación, que es el derecho de un pueblo a decidir sus propias formas de gobierno, perseguir su desarrollo económico, social y cultural, y estructurarse libremente, sin injerencias externas y de acuerdo con el principio de equidad. Es un principio fundamental del Derecho internacional público y un derecho de los pueblos, que tiene carácter inalienable y genera obligaciones para los Estados. Es decir, todo estado que haya firmado los tratados internacionales (y España lo ha hecho), debe respetar las leyes internacionales en sus propias leyes y Constitución. En otras palabras: las leyes internacionales definen derechos que trascienden las leyes nacionales de cualquier estado. Un principio fundamental del derecho internacional es que las disposiciones de la constitución de un estado deben equipararse con el derecho internacional. Por ejemplo, una constitución puede admitir la discriminación racial o el genocidio, pero esto es reemplazado por las leyes internacionales que prohíben ambas. Afirmar que la constitución de un estado es el único factor determinante sobre la legalidad de la acción adoptada dentro de ese estado es esencialmente rechazar la idea misma del derecho internacional.No obstante, el Estado Español afirma que el derecho de autodeterminación está condicionado al consentimiento del estado anfitrión. Esto es claramente ilógico: similar a decir que todas las mujeres tienen derecho a divorciarse de sus maridos, pero sólo si sus maridos están de acuerdo. Imaginaos una pareja en la que una parte no quiere divorciarse y le espeta al otro: ¿Qué pone en tu DNI? Uno no puede negar que es evidente que está casado/a y ahí está escrito, pero por suerte ésta no es una realidad inmutable, porque el derecho al divorcio existe.Lo ideal sería que los divorcios se realizaran de mutuo acuerdo y que la secesión de Catalunya hubiera sucedido con el consentimiento del Estado Español, como ocurrió con Eslovenia en 1991, Timor Oriental en 2002 y Sudán del Sur en 2011, cuando los resultados de un referéndum sobre la independencia finalmente fueron aceptados por el estado anfitrión. De manera similar, Checoslovaquia se separó pacíficamente en la República Checa y Eslovaquia en 1993 con el acuerdo de ambas regiones. Sin olvidar que los referéndums de Quebec y Escocia fueron admitidos y respetados por Canadá y UK respectivamente y su resultado aceptado por las 2 partes.Otro argumento que defienden los contrarios a la independencia se basa en la definición de pueblo. Ciertamente los catalanes constituyen un pueblo con su propia historia, cultura, lengua, tradiciones, cocina, etc. todos los valores humanísticos recogidos por la UNESCO.Llegados a este punto, el interlocutor unionista seguramente utiliza el tercer razonamiento, que requiere de más explicaciones: históricamente el derecho de autodeterminación se aplicó a pueblos colonizados hasta 1995 (Namibia, Sáhara Occidental, Timor Oriental…) y Catalunya no es una colonia. Ante todo decir que dado el trato económico y vejatorio que ha estado sufriendo Catalunya durante siglos, esta última afirmación puede ser dudosa ya que sí se nos ha tratado como a una colonia. Pero supongamos que no es una colonia, entonces hablemos de Kosovo, porque en 2008 Kosovo declaró unilateralmente su independencia y el Tribunal Internacional de Justicia sostuvo que no se había violado el derecho internacional, ya que no hay ninguna ley que prohíba dichas declaraciones. En el momento en el que hubo algún estado que reconoció la independencia de Kosovo, la independencia fue consumada. Las relaciones entre Kosovo y Serbia se normalizaron en abril de 2013: Belgrado reconoció que el gobierno de Pristina ejerce una autoridad administrativa sobre el territorio de Kosovo y que está dispuesto a tratar con Pristina como autoridad gubernamental legítima.Según Alfred de Zayas: “En la práctica, las condiciones formales para ser un estado son cuatro: población, territorio definido, gobierno y capacidad de entablar relaciones con otros Estados (ver Convenio de Montevideo de 1933). El reconocimiento por otros Estados no es constitutivo de pasar a categoría de Estado, sino sólo declaratorio. Sin embargo, para funcionar correctamente en la comunidad internacional, evidentemente el reconocimiento es deseable.”Aunque España aún no ha reconocido el estado de Kosovo, el 82% de los estados Europeos sí lo han hecho y por lo tanto podría actuar de la misma manera con Catalunya. Pero uno de los argumentos que esgrimen los detractores de los catalanes es que no se puede comparar Kosovo con Catalunya porque los serbios atacaron y masacraron a los Albano-Kosovares. Este argumento lleva a pensar que ¿Catalunya sólo merecería ser independiente si hay una masacre? Esto no sólo es ridículo, sino que también es peligroso.Millones de vidas humanas se han perdido en los esfuerzos de muchos pueblos de todo el mundo para obtener sus derechos, incluidos los irlandeses, que lucharon por obtener su independencia de Inglaterra (1922), Bangladesh de Pakistán (1971), Eslovenia, Croacia, Bosnia y Herzegovina y Kosovo de la ex Yugoslavia. Es importante recordar que tanto las autoridades como el pueblo catalán se han comportado siempre de forma pacífica y democrática en todo momento, incluso delante de la violencia que empleó la policía española militarizada: la guardia civil y la policía nacional. Se puede decir que es casi casualidad que no hubiera ningún muerto en el referéndum del 1 de octubre, sin aludir a los más de 1.000 heridos y un ojo ciego.Volviendo a Kosovo, el Tribunal Supremo de Canadá analizó el caso en relación con la secesión potencial de Quebec. Se llegó a la conclusión que el "derecho a la secesión" sólo surge bajo el derecho a la libre determinación de un pueblo en virtud del derecho internacional en tres situaciones específicas:
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