El Ministerio del Interior ha suprimido el plazo legal de cinco años que habilitaba para solicitar las condecoraciones previstas en la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo por considerar que el reconocimiento honorífico que se otorga con estos galardones no debe estar sujeto a plazo alguno.
La supresión del plazo de solicitud de estas condecoraciones está incluida en la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, que incluye otras dos medidas que refuerzan los derechos de las víctimas del terrorismo: la equiparación del régimen de indemnizaciones y derechos de todas las víctimas españolas de acciones terroristas en el extranjero con los de las víctimas de atentados perpetrados en España y el incremento de la partida presupuestaria asignada a las subvenciones para las asociaciones y fundaciones de víctimas del terrorismo.
Tras la publicación de la ley presupuestaria en el Boletín Oficial del Estado, la Dirección General de Apoyo a Victimas del Terrorismo del Ministerio del Interior ha solicitado a unas 300 personas que vieron rechazada su petición de condecoración por presentarlas fuera de plazo su conformidad para iniciar de oficio la tramitación de un nuevo expediente de concesión del galardón.
La medida es un compromiso del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, adquirido con las asociaciones y fundaciones de víctimas del terrorismo, y beneficiará también a todos aquellos interesados que en su día desistieron de solicitar la condecoración por haber vencido el plazo legal y ahora opten por presentar la correspondiente solicitud.
Derechos homologados y reforzados
La Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, incorpora también una disposición adicional que equipara el régimen de indemnizaciones y derechos de todas las víctimas españolas de acciones terroristas en el extranjero con los de las víctimas de atentados perpetrados en España.
Así, las víctimas españolas de actos terroristas cometidos en el extranjero serán reconocidas como tales con independencia de cuál sea la organización terrorista que cometa el atentado o el objetivo del mismo.
En estos supuestos, las indemnizaciones a las que tienen derecho de acuerdo con la legislación española serán subsidiarias respecto de las que pudieran corresponder en el país donde se cometa el atentado terrorista.
Por último, la norma presupuestaria eleva de 960.000 a un millón de euros la partida asignada a las subvenciones para las asociaciones y fundaciones de víctimas del terrorismo en el ejercicio 2022. Se alcanza así el objetivo previsto en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio del Interior para el periodo 2021-2023, aprobado por Orden INT/1283/2020, de 23 de diciembre.
El Ministerio del Interior ha introducido estas medidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado porque estas medidas, por su propia naturaleza, pueden adelantarse en la norma presupuestaria, sin perjuicio de que la Dirección General de Apoyo a Victimas del Terrorismo continúe con el análisis de las oportunas modificaciones de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, para profundizar en el reconocimiento de los derechos de las víctimas del terrorismo.
Condecoraciones
La Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo tiene como finalidad honrar a las víctimas del terrorismo, de conformidad con lo establecido en los artículos 52 a 55 de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre.
La acción honorífica comprende los siguientes grados:
- Gran Cruz, que se concederá, a título póstumo, a los fallecidos en actos terroristas.
- Encomienda, que se otorgará a quienes hayan sufrido daños físicos o psíquicos y a secuestrados en actos terroristas.
- Insignia, que se concederá a los que tengan la condición de amenazados, a los ilesos en atentado terrorista, así como al cónyuge del fallecido o persona ligada con él por análoga relación de afectividad, los padres, los hijos, los abuelos, los hermanos y los nietos de los fallecidos, así como los familiares de los heridos que hayan sufrido lesiones incapacitantes en sus distintos grados hasta el segundo grado de consanguinidad.