El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 32 de Madrid ha dictado una sentencia que da la razón al grupo municipal de Más Madrid en el Ayuntamiento de la capital. Anula la declaración de inviabilidad por parte de José Luis Martínez Almeida de 232 proyectos de presupuestos participativos aprobados por la ciudadanía en el anterior mandato, de Manuela Carmena, entre 2016 y 2019.
La justicia da la razón a Más Madrid y anula la decisión de Almeida
El juzgado ha estimado un recurso que presentó Más Madrid y ha dejado sin efecto la declaración de inviabilidad. El Ayuntamientocuenta con un plazo de 15 días para recurrir y, además, deberá responder a las alegaciones formuladas, debidamente argumentadas, motivando su decisión.
“Es grave que el Ayuntamiento de Madrid decrete la declaración de inviabilidad de 232 proyectos de presupuestos participativos. Los mismos habían obtenido el preceptivo informe técnico de viabilidad con argumentos de escaso peso. Pero más grave es aún que el Ayuntamiento de Madrid y, para más inri, la Dirección General de Participación Ciudadana, rechace la legitimidad de un grupo municipal integrado por cargos electos. Presente alegaciones a una resolución municipal cuestionando preceptos constitucionales básicos”, ha apuntado Nacho Murgui, concejal de Más Madrid.
Más Madrid: Almeida no cree en la democracia
Para Murgui “es evidente que Almeida no cree en la democracia participativa, pero es que ya ni siquiera respeta la democracia representativa”. “Confiamos en que el Ayuntamiento no recurrirá la sentencia dilatando el proceso. De lo contrario, entenderemos que los presupuestos participativos de Almeida son un fake. La inviabilidad no está debidamente justificada”, ha sentenciado.
232 proyectos aprobados por madrileños y madrileñas
En mayo de 2021, el equipo de gobierno de Almeida declaró la inviabilidad “sobrevenida” de 232 proyectos de presupuestos participativos aprobados en las convocatorias de 2016, 2017, 2018 y 2019.
Se trata de 232 proyectos, como ludotecas infantiles, carriles bici, rocódromos al aire libre, aparcabicis, rehabilitación de plazas, construcción de bibliotecas o el cierre al tráfico de la calle Fuencarral durante los fines de semana, que fueron declarados viables en el anterior mandato por técnicos municipales. Además fueron votados y avalados por la ciudadanía contando con los preceptivos informes.
El grupo municipal de Más Madrid presentó alegaciones a esa declaración de inviabilidad. Sin embargo, el Ayuntamiento inadmitió el escrito de alegaciones por entender que el grupo municipal carece de legitimidad para alegar al no tener la condición de interesado. Semanas después, Más Madrid interpuso recurso de reposición contra la inadmisión.
Primera sentencia a favor de Más Madrid y en contra de Almeida
La sentencia al recurso de Más Madrid, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 32, da la razón al grupo municipal y recuerda que tanto la Constitución española (art. 23.1 y 105). Como la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (4, 13 y 53.1) y la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local (24, 53 y 77), entre otras. Permiten la participación ciudadana en los asuntos públicos, directamente o mediante sus representantes y garantizan el derecho a obtener información y , en su caso, a formular alegaciones por parte de los grupos municipales con respecto a la actividad propia y específica de la correspondiente Entidad Local.
Existe, además, una legitimación que emana del propio mandato representativo recibido de sus electores y que habilita a los cargos electos a impugnar los actos o actuaciones del Ayuntamiento, en este caso, que contradigan el ordenamiento jurídico.
La sentencia recuerda, asimismo, que el trámite de alegaciones es el único medio posible para que los grupos municipales expresen su parecer sobre la declaración de inviabilidad.