El Consejo de Ministros ha concedido este martes el indulto parcial a Juana Rivas, la madre de Granada condenada en 2018 a dos años y seis meses de prisión por la sustracción de sus dos hijos menores, según el Tribunal Supremo. Fuentes del Gobierno han confirmado esta medida, que supone la rebaja a la mitad de la actual pena impuesta a Rivas. La actual de dos años y medio de prisión, se reduce a un año y tres meses. También se le conmuta la pena de inhabilitación para ejercer la patria potestad por una pena de 180 días de trabajo en beneficio a la comunidad.
Condiciones
El indulto queda “condicionado a que no cometa un delito contra los derechos y deberes familiares en el plazo de cuatro años desde la publicación del decreto del indulto”, explican, que añaden que “la fórmula adoptada –el indulto parcial– busca respetar el informe previo emitido por el Tribunal Supremo”, según ha adelantado el diario El País.
El 4 de noviembre, el pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, se opuso a concederle la medida de gracia total de forma unánime, lo que implicaría eximirla de toda la pena, pero no alcanzó un acuerdo mayoritario sobre el indulto parcial, la opción que apoyó la Fiscalía. Ocho magistrados se mostraron a favor de esta posibilidad y otros ocho, en contra. El informe del tribunal era preceptivo, pero no vinculante.
Interés supremo de los menores
El indulto prevé “atender al principio de equidad y al interés mayor supremo de los menores”, es decir, que los dos niños vuelvan a estar con su madre. La tesis jurídica en el que se ha basado el Gobierno para aprobar este indulto parcial son “las razones de justicia y equidad, en la que se toman en cuenta el interés superior de los menores y las circunstancias vitales de todos los afectados”.
La defensa
Su defensa solicitó un indulto después de la reducción de su condena mientras ella esperaba una decisión en el Centro de Inserción Social 'Matilde Cantos' de Granada tras la anulación del tercer grado penitenciario.