El Gobierno permite la rehabilitación de edificios y las obras en pisos

25 de Mayo de 2020
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Apartir del próximo lunes se podrán retomar las obras en pisos y la rehabilitaciónde edificios, manteniendo las medidas de higiene y distancia de seguridadentre personas. También se también flexibiliza las aperturas de centroscomerciales en la fase 1, además podrá procederse a la reapertura al públicode todos los locales y establecimientos en los que se desarrollen actos y espectáculosculturales

Asílo recoge una orden del Ministerio de Sanidad, a propuesta del Ministerio deTransportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma),publicada en el Boletín Oficialdel Estado (BOE) la OrdenMinisterial SND/440/2020, por la que se modifica laOrden SND/340/2020, de 12 de abril, que suspendió determinadas actividadesrelacionadas con obras de intervención en edificios existentes en las queexista riesgo de contagio por el COVID-19 para personas no relacionadas condicha actividad.

Obras

Enla realización de las obras que quedan levantadas a partir de las 00:00 horasdel día 25 de mayo de 2020, se garantizarán en todo caso las medidas adecuadasde higiene y la distancia mínima de seguridad. La evolución de la crisissanitaria que se desarrolla en el marco del estado de alarma obliga a adaptar yconcretar de manera continua las medidas adoptadas, para asegurar la eficienciaen la gestión de la crisis.

Cambiospara los centros comerciales

Laorden también contiene una modificación sustancial relacionada con lasaperturas de centros comerciales. Reforma la orden del 9 de mayo relativa a laapertura de superficies comerciales durante la fase 1 de la desescalada (desdeel lunes Madrid, Castilla y León, Comunidad Valenciana, la mayor parte deCataluña y las provincias de Ciudad Real, Toledo, Albacete, Granada y Málaga). 

Lanueva norma permite abrir las tiendas de los centros comerciales “n el caso de establecimientos ylocales comerciales que se encuentren dentro de parques o centros comerciales,podrán proceder a su reapertura al público siempre que tengan una superficieútil de exposición y venta al público igual o inferior a 400metros cuadrados o acoten la misma a este umbral, y cuenten con acceso directoe independiente desde el exterior del parque o centro comercial.”

Podrá procederse a la reapertura alpúblico de todos los locales y establecimientos en los que se desarrollen actosy espectáculos culturales

La orden permite “la reapertura alpúblico de todos los locales y establecimientos en los que se desarrollen actosy espectáculos culturales cuya actividad se hubiera suspendido tras ladeclaración del estado de alarma en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.1del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, siempre que no superen un tercio delaforo autorizado”.

Lugares cerrados o al aire libre

Además, “si se realizan enlugares cerrados, no podrá haber más de treinta personas en total y, sison al aire libre, el aforo máximo autorizado será de doscientas personas,sin perjuicio de lo dispuesto a continuación, y siempre que se cumplan losrequisitos de la presente orden”.

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