La Sección Tercera de la Sala de lo Penal ha estimado los recursos presentados por la Fiscalía Anticorrupción, el empresario Luis del Rivero y Podemos contra el auto del juez Manuel García-Castellón de 29 de julio de 2021 por el que acordó, en la pieza separada 21 de la llamada Operación Tándem, el sobreseimiento provisional respecto a Antonio Brufau e Isidro Fainé y a CaixaBank y Repsol.
La Sala deja sin efecto los sobreseimientos a fin de que se practiquen determinadas diligencias que considera procedentes y necesarias.
La Sala explica en su resolución que la instrucción hasta ahora realizada en esta pieza del caso Tándem revela la existencia de indicios de conductas delictivas calificables como cohecho y descubrimiento y revelación de secretos. De lo actuado, se desprende indiciariamente, según indica el tribunal en su auto, que en virtud del encargo al grupo Cenyt, liderado por Villarejo y realizado por Repsol en 2011, “se realizaron por dicho grupo, a cambio de un precio que fue abonado por las empresas comitentes, determinadas investigaciones sobre el ahora recurrente Sr. Del Rivero, su esposa y personas vinculadas a SaCYR, alguna de las cuales lo había sido con anterioridad a Repsol, que incluyeron el acceso a datos sobre el tráfico de llamadas telefónicas y otras comunicaciones”.
García-Castellón acordó el sobreseimiento para el presidente de Repsol Antonio Brufau entre otros argumentos, porque no consta ningún documento o grabación que acredite indiciariamente que tuviese participación en la contratación de Cenyt.
Sin embargo la Sala argumenta en su resolución que efectivamente, aunque no hay ningún documento escrito, sonoro o de imagen que lo acredite, “hay indicios de los que puede desprenderse- lo afirmamos con el carácter provisional que corresponde a esta fase procesal- que la iniciativa de llevar a cabo dicha contratación, así como de otras dirigidas a reaccionar contra el pacto SACYR-PEMEX, partió del Sr. Brufau y que éste fue informado con detalle de los resultados de las gestiones del Grupo CENYT, alguno de los cuales conllevaba información difícilmente obtenible de no haber mediado la intervención de funcionarios públicos”.
El Tribunal analiza las declaraciones realizadas en el juzgado por Brufau y las realizadas por el responsable de Seguridad de Repsol, Rafael Araujo y concluye que “hay indicios de que la orden de investigar pudo partir de la Presidencia de Repsol y de que el presidente pudo ser informado de sus resultados”.
En relación con el sobreseimiento respecto de Isidro Fainé, al igual que en el caso de Brufau, la Sala considera que las diligencias practicadas obligan a continuar el procedimiento contra él.