La Justicia detiene las repatriaciones de menores a Marruecos

25 de Agosto de 2021
Actualizado el 02 de julio de 2024
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Ceuta

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ceuta ha resuelto de manera tajante y contraria a la gestión del Ministerio del Interior liderado por Fernando Grande Marlaska. De este modo, el tribunal ha ordenado este martes detener la repatriación de nueve menores no acompañados marroquíes a su país por la vía expeditiva elegida por el Ministerio del Interior. El ministro Grande-Marlaska, declaró ayer que su departamento no es competente ni en la tutela de los menores no acompañados, ni en su retorno asistido

Al margen

La orden del tribunal sitúa la acción dirigida por el Ministerio del Interior al margen de lo previsto en la legislación española y los tratados internacionales. La paralización de las repatriaciones se ha hecho extensiva por parte de la administración al resto de los 700 jóvenes en la misma situación, ya que a su juicio “existen bastantes datos para entender que se podría haber producido una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva de los niños en caso de devolución”.

Precipitado

En el auto se indica que no se ha cumplido con ninguno los preceptivos trámites: “no se ha aportado información alguna de los menores afectados que permitan conocer los datos que han determinado su repatriación; no consta que se haya comunicado el inicio del proceso de repatriación ni a los menores ni a la ciudad autónoma y tampoco se ha aportado la resolución motivada susceptible de ser recurrible”.

 Los derechos de los menores

El Acuerdo suscrito por España y Marruecos el 6 de marzo de 2007 en el que la Abogacía del Estado defendía el procedimiento elegido para las expulsiones “no es un tratado internacional”, según indica el auto, sino “una declaración de intenciones” que “no constituye fuente de obligaciones internacionales, ni se rige por el derecho internacional”, y prosigue recordando que la normativa obliga a España a “acatar nuestro ordenamiento jurídico y las normas de derecho internacional, concretamente la Convención sobre los Derechos del Niños para proceder a la repatriación de los menores”.

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