La ola de calor golpea la salud de las y los trabajadores, afecta especialmente en los trabajos en exterior, como en el campo o la construcción que sufren temperaturas extremas.
UGT hace un llamamiento a la prudencias por la ola de calor
Por la acción del cambio climático, las olas de calor han dejado de ser un fenómeno atípico para convertirse cada vez en más frecuentes e intensas. Algo de lo que podemos dar fe en las dos últimas que hemos sufrido en nuestro país.
Poco a poco, a lo largo de los últimos años las olas de calor en verano se han instalado en nuestra normalidad. Sin embargo, no todas las empresas tienen contemplado este riesgo dentro de sus protocolos de prevención de riesgos laborales. Se sigue aceptando que tener una exposición a un calor extremo en el trabajo, como algo natural a esta época del año.
El golpe de calor no sólo puede provocar un fallo multiorgánico y la muerte si no se actúa a tiempo. También puede afectar a medio plazo a la salud de las personas. Es importante recordar que, en materia de prevención de riesgos, las empresas tienen la responsabilidad de proteger la salud y la seguridad de las personas trabajadoras ante los riesgos laborales. También la exposición del trabajador o trabajadora a un calor extremo sin duda lo es.
Incorporar las olas de calor a la prevención de riesgos laborales
Dada la presencia cada vez más inminente de estos fenómenos, sería un error que estos episodios de altas temperaturas no se incorporasen a la prevención de riesgos laborales en las empresas.
Se hace necesario aplicar el axioma que dice que para afrontar situaciones extremas se necesitan soluciones extremas. Por eso, desde UGT FICA exigen que dentro de los protocolos de prevención de riesgos laborales se contemplen medidas excepcionales que mitiguen lo máximo posible las consecuencias de las olas de calor en la salud de los y las trabajadoras.
Con especial atención a aquellas y aquellos que prestan sus servicios en el exterior. Como pueden ser las trabajadoras y trabajadores del campo, la construcción, etc. Este tipo de circunstancias ya están reguladas en los protocolos de prevención de riesgos laborales para el trabajo en el interior. Especialmente en oficinas y comercios, donde tenemos lo dispuesto en el RD 486/1997 sobre lugares de trabajo.
Teletrabajo
Además, cabe la posibilidad de extender la fórmula del teletrabajo en todos aquellos puestos y actividades que sea posible. Como puede ser la actividad en oficinas y despachos, ya que el estrés térmico incrementa la posibilidad de golpes de calor o accidentes in itinere.
Sin embargo, el trabajador en el exterior se encuentra desprotegido en este sentido. Desde un punto de vista normativo, en el cuerpo legislativo de la prevención de riesgos laborales no encontramos limitaciones de temperatura, humedad o velocidad del aire para trabajos en exteriores (no así para trabajos en interior.
Las empresas, en sus planes de prevención, deberían tener identificados los puestos de trabajo que están expuestos al calor extremo. Y qué consecuencias pueden tener para la salud de las personas trabajadoras. El objetivo es conseguir que nadie fallezca en el centro de trabajo por golpes de calor.
Medidas contra la ola de calor
Desde UGT FICA, entre las medidas a adoptar, proponemos las siguientes: • Comenzar los trabajos a primera hora de la mañana 6:00/6:30, para aprovechar las horas del día menos calurosas.
Planificar las tareas más pesadas en estas primeras horas de menos calor, adaptando, si es necesario, los horarios de trabajo.
Detener completamente la actividad en las horas centrales del día, entre 12:30 y 17:00.
Establecer pausas en el trabajo con mayor frecuencia de la recomendada genéricamente para trabajos con altas temperaturas (45 min. por ejemplo).
Permitir al trabajador, en la medida de lo posible, adaptar su propio ritmo de trabajo.
Evitar trabajos individuales, priorizar el trabajo en grupos para facilitar la supervisión mutua de los trabajadores.
Cumplimiento extricto de las ley de riesgos laborales
Pero esta batería de medidas debería establecerse partiendo de la base del cumplimiento previo de las medidas complementarias ya establecidas desde la llegada de los primeros calores. Entre ellas, limitar las tareas pesadas que requieran un gasto energético elevado, proporcionar agua potable en las proximidades de los puestos de trabajo, habilitar zonas de sombra o locales con aire acondicionado para el descanso, limitar el tiempo o la intensidad de la exposición, mediante rotaciones de tareas, o aumentar la frecuencia de las pausas de recuperación.
Evitar las muertes en el trabajo
A pesar de las circunstancias excepcionales que un fenómeno meteorológico como este puede conllevar para los trabajadores, sabemos por estadística y experiencia, que gran parte de los accidentes mortales relacionados con el golpe de calor no se producen durante las olas de calor propiamente dichas. Si no durante las últimas semanas de la primavera y las primeras del verano. En donde las temperaturas resultan fluctuantes y los trabajadores todavía no se han aclimatado a los trabajos con calor.
Desde UGT FICA, “exigen más flexibilidad a los empresarios para que posibiliten a los y las trabajadoras a cumplir sus jornadas de trabajo sin exponerlos a los riesgos derivados de una ola de calor de las características de la que estamos sufriendo en la actualidad”.