La situación generada por la pandemia Covid y como consecuencia de ello, las medidas adoptadas por el Gobierno primero, y luego por las Comunidades Autónomas, han alterado notablemente los esquemas y criterios de aplicación del Derecho, que estaban previstos para situaciones de normalidad, y no para estados excepcionales.
Desde la aprobación el 14 de marzo de 2020 del Estado de Alarma, la vida ha cambiado radicalmente, y con ello las facultades y derechos que hasta entonces ejercían los ciudadanos con conciencia de ser irrenunciables.
En el ámbito del Derecho Administrativo, las cuestiones más complejas han sido la carencia previa de normativa clara aplicable, la incertidumbre ante las sanciones y el desconcierto ante la idoneidad de toma de medidas por parte de CCAA o bien de Administraciones Centrales.
Los profesionales dedicados al asesoramiento jurídico en todos los sectores del ordenamiento jurídico público se han visto ante situaciones inéditas, que les han exigido una continua adaptación y actualización.
Profundizamos sobre este sector del Derecho con Juan María Jiménez, director del Máster de Derecho Administrativo y Derecho Público Económico del Instituto de Estudios Cajasol, emblemática Escuela de Negocios con sede en Sevilla.
“Una de las cuestiones más polémicas y que siguen generando mayor confusión a la vista de los pronunciamientos contradictorios de los órganos judiciales ha sido quizás la ausencia de un régimen normativo sancionador en el Real Decreto que declaraba el estado de alarma, y su ambigua remisión a otras leyes. Ésto ha originado una auténtica discusión, relativa a si los incumplimientos de las medidas adoptadas por las administraciones competentes suponían, por la ausencia de un requerimiento previo, efectivamente desobediencia o resistencia a la autoridad o sus agentes.”
Se han generado situaciones de desigual aplicación del derecho. “En su mayoría los pronunciamientos judiciales han considerado las sanciones nulas, si bien no han faltado resoluciones que, con fundamento y razones estudiadas, han considerado correctamente impuestas sanciones similares”, analiza Juan María.
La distribución de competencias entre Administraciones (autonómicas, regionales y nacionales) también se ha visto modificada por el Estado de Alarma. “El Estado de alarma ha generado una excepción a la distribución de competencias previstas de forma ordinaria.”, explica Juan María. “La situación de emergencia”,recuerda,”propició en un primer momento una auténtica centralización de competencias en manos del Gobierno de la Nación, que sólo posteriormente y de forma paulatina han ido restituyéndose a las Comunidades Autónomas. Esta cuestión ha sido especialmente relevante si tenemos en cuenta que son las Comunidades las que tienen asumidas las competencias de gestión sanitaria, que se configuró desde el inicio como el primer frente para combatir la pandemia. Ha sido inevitable que las medidas adoptadas por el gobierno de la Nación hayan incidido en ámbitos que tenían asumido como propios de las Comunidades Autónomas, lo que ha puesto de manifiesto la necesidad de dotar al Estado para futuras situaciones de crisis de estructuras e instrumentos que le permitan, en coordinación con otras administraciones Públicas cuando sea necesario, ofrecer respuestas rápidas y ágiles ante situaciones de esta envergadura”.
Con la reciente finalización del estado de alarma, ha vuelto a suscitarse la polémica, en cuanto a si deben los Tribunales de Justicia seguir controlando las medidas sanitarias restrictivas que puedan imponer por razones de salud las Administraciones autonómicas. Lo que ya ha generado pronunciamientos contradictorios entre los TSJ.
La adopción de medidas restrictivas o limitativas de derechos y libertad por razones sanitarias suscitó de inmediato la cuestión del eventual control o ratificación de las mismas. “Esta situación desencadenó la ampliación de competencias del Poder Judicial, que, de resolver los contenciosos de los ciudadanos con la Administración, pasaba ahora a colocarse junto a la Administración, como una especie de poder regulador, para ratificar o no las medidas adoptadas por aquella.”, comenta Juan María.
No en vano todos nos hemos visto afectados por estas medidas. Desde la adopción de horarios de salida, horarios excepcionales al comercio, limitaciones en la explotación de diversos negocios en función del número de contagios, restricciones a la movilidad territorial, imposiciones de aforos máximos en lugares de culto, y a las tan polémicas limitaciones a las reuniones de familiares hasta unos máximos.
“Si bien la situación era anómala para los parámetros tradicionales de actuación de los órganos de la Jurisdicción Contencioso Administrativa”, expone Juan María, “con la reciente finalización del estado de alarma, ha vuelto a suscitarse la polémica, en cuanto a si deben los Tribunales de Justicia seguir controlando las medidas sanitarias restrictivas que puedan imponer por razones de salud las Administraciones autonómicas. Lo que ya ha generado pronunciamientos contradictorios entre los TSJ a la hora de admitir o no esa competencia para la oportuna ratificación.”
En el plano económico, la situación de crisis suscitada por la pandemia, y la falta de actividad, han incidido en ámbitos esenciales del Derecho Administrativo como la contratación pública. Según expresa Juan María, “la imposibilidad de cumplir los contratos, o cuando menos, la alteración en la prestación de los mismos por la situación impuesta por el Estado de Alarma, ha exigido una respuesta del Gobierno en forma de Real Decreto Ley para paliar los efectos adversos de la pandemia, tanto en la prestación del servicio público, como en la indemnidad económica de los contratistas y concesionarios de las Administraciones Públicas.”
“Por el contrario, en aquellos sectores donde no se han contemplado medidas compensatorias, o en general quienes se sienten discriminados y perjudicados por las medias adoptadas, se han vislumbrado ya reclamaciones de responsabilidad patrimonial respecto de las Administraciones Públicas por las medidas adoptadas y los perjuicios económicos que se les ha podido ocasionar. Se trata en todo caso, de resultados excepcionales, provocadas por una situación inédita como ha sido la expansión incontrolada de la pandemia y las posteriores medidas limitativas, que se creían olvidadas en la Europa occidental al menos desde la posguerra, y que han generado un cambio en el modo de vida de los ciudadanos y de la comunidad en la que cada uno vive, de difícil solución.”
El panorama post Estado de Alarma vuelve a ser inédito en la historia humana. No hay restricciones, pero la pandemia continúa, “por lo que continuarán generándose situaciones que se reconducen finalmente al Derecho Administrativo y a las instituciones de las que éste dispone para resolver, primero las pretensiones de los ciudadanos, las potestades y prerrogativas ejercidas por las Administraciones en función del interés público, y en segundo lugar, los conflictos que una y otras generen reconduciéndolas a la Jurisdicción Contencioso Administrativa”, concluye nuestro experto.
EL MÁSTER
El Máster en Derecho Administrativo y Derecho Público Económico del Instituto de Estudios Cajasol ofrece una formación de excelencia a licenciados y graduados en Derecho que quieren conseguir una sólida formación jurídico-pública, que los prepara para el asesoramiento jurídico en todos los sectores del ordenamiento público. El enfoque es eminentemente práctico, y los profesores, reputados juristas expertos en Derecho Administrativo procedentes de las distintas profesiones y actividades encargadas de aplicarlo, proponen a los alumnos la resolución de casos reales, animándolos a la reflexión y la aportación de sus puntos de vista. El programa de sesiones se enriquece con actividades fuera del aula que acercan al alumno a la realidad de la profesión. El Máster se complementa con prácticas por parte de los alumnos en los despachos y bufetes colaboradores del Instituto Cajasol, que cuentan con los más prestigiosos departamentos de Derecho Público de España.
El Instituto de Estudios Cajasol
El Instituto de Estudios Cajasol es una sólida Escuela de Negocios con sede en Sevilla y ámbito internacional, desde hace más de 30 años ha sido referente en la inserción laboral de los titulados y en la actualización y cualificación de los profesionales de diversos ámbitos.
Su programa de Másteres actualmente incluye :
- Máster en Asesoría Fiscal: el programa de postgrado con más experiencia y prestigio de su ámbito. Con posibilidad de realizar on line de forma paralela e integrada el Máster universitario en el ejercicio de la abogacía.
- Máster en Finanzas: durante 3 décadas ha convertido a jóvenes recién titulados en expertos economistas y profesionales de las finanzas capaces de asumir puestos de responsabilidad.
- Máster en Recursos Humanos: reconocido por su decidido carácter práctico, orientado a desarrollar habilidades profesionales para liderar y organizar los Recursos Humanos de cualquier empresa.
- Máster en Negocios Internacionales: exclusivo programa que convierte a los alumnos en profesionales capaces de asesorar, negociar, y tomar decisiones sobre la internacionalización comercial y productiva de las empresas.
- Máster en Asesoría Jurídica de Empresas: referente indiscutible en su ámbito, ofrece un amplio y completo recorrido por todas las situaciones jurídicas que afronta una empresa. Con posibilidad de realizar on line de forma paralela e integrada el Máster universitario en el ejercicio de la abogacía.
- Máster de Marketing y Comunicación Digital: programa con innovador enfoque que enseña a comunicar en el complejo mapa de medios y redes actual. Gracias a su metodología RolePlay los alumnos desarrollan al máximo sus cualidades creando una estructura tan real como la que emplean las agencias que trabajan hoy para los más importantes clientes.
- Máster en Derecho Administrativo y Derecho Público Económico: programa de máxima calidad que habilita para prestar asesoramiento jurídico en todos los sectores del ordenamiento jurídico-público, orientado a una sociedad que demanda cada vez más expertos en las técnicas propias de la intervención pública y conocedores de los ámbitos económicos que experimentan una mayor intervención administrativa.
- Máster Oficial de Acceso a la Abogacía: Máster on line que habilita para ejercer la abogacía en España. Está diseñado para que se pueda realizar de Forma Paralela y simultánea (en un solo curso académico) al Máster en Asesoría Jurídica de Empresas, al Máster en Asesoría Fiscal o al Máster en Derecho Administrativo y Derecho Público Económico.
Información completa: institutocajasol.com