Josep Jover es abogado, jurista, libertario y pirata. Durante años fue la cabeza visible de la lucha contra el canon digital y que terminó en el TJUE, tribunal que determinó que se trataba de una tasa abusiva y que no cumplía con la legislación europea. Fue coordinador de la comisión jurídica del 15-M en Barcelona, estuvo involucrado con la sentencia del TJUE sobre las cláusulas abusivas de las hipotecas y en la sentencia, también del TJUE, sobre el llamado céntimo sanitario. En la actualidad abandera la lucha legal de los denunciantes de corrupción españoles en los tribunales europeos. Su trabajo, junto a ASPERTIC, ha hecho posible la aprobación de una directiva europea que está revolucionando el mundo del derecho y de la sociedad a nivel de la UE: la Directiva de defensa de los denunciantes de corrupción.
En los últimos años también ha estado dedicado en el asesoramiento de la lucha de los interinos para lograr la fijeza.
Usted siempre se ha significado por la defensa de los interinos, sin embargo ha estado callado estos últimos meses. ¿Puede explicarnos por qué?
Yo he estado asesorando públicamente a los interinos desde el principio, cuando Fruitós Richarte vino a recabar de mis pobres conocimientos en Derecho de la Unión, allá por el 2012. Los usó para diseñar la estrategia basada en la Directiva 1999/70/CE y la equiparación de la fijeza a los tres años, como pasa con un trabajador cualquiera.
El conflicto con el Estado Español lo empezaron los jueces sustitutos, que Fruitós lideraba. Y ahora, con la perspectiva del tiempo, estamos viendo que el devenir del conflicto se parece mucho a un partido de básquet. Manresa es una ciudad que ama ese deporte, y como buen manresano, Fruitós fue “pívot” en sus años jóvenes. Y eso se nota, porque el diseño del conflicto se ha estructurado en cuatro tiempos.
Explíquese. Y ahora, ¿en qué tiempo jugamos?
El primer tiempo es el que se jugó en territorio nacional, donde una y otra vez las peticiones de los interinos eran barridas por una administración y una judicatura empoderada y prepotente. Los levantiscos fueron represaliados y exterminados de sus puestos de trabajo, y al resto, para que aprendieran, se les castigó a los puestos de trabajo que ningún funcionario “pata negra” quería.
El segundo tiempo empezó en el momento en el que se interpone la primera prejudicialidad europea por una magistrada sustituta madrileña. Realmente la estrategia rompió la defensa del adversario, el partido, primero se empató y ha acabado este segundo tiempo con la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Es decir, el partido empatado. Empatado aquí, pero también empatado en Europa, donde gracias a la fuerte presión del Estado, algunos errores de los interinos y la doblez de algunos partidos políticos que públicamente apoyaban a los interinos, pero después votaban en contra de sus intereses, no se acabó de asegurar la victoria.
Después del descanso, ahora empezamos el tercer tiempo.
¿Y qué nos traerá ese tercer tiempo?
Lo primero que hemos visto es que el entrenador contrario, que reside en «Las Salesas», se va adaptando para combatir la estrategia que le había funcionado a los interinos hasta el momento. Y así se inventó la categoría del «fijo discontinuo», todo sea para no aceptar «parvenus» dentro de la élite que ha mangoneado España desde el Siglo XVIII. Es pues, tiempo de cambiar la estrategia y usar nuevas armas y estrategias novedosas para romper ese empate técnico. El tercer tiempo empieza ahora; y una de esas nuevas herramientas, son los canales de la Directiva 2019/1937, la llamada directiva Whistleblowers.
De acuerdo, pero antes de pasar a ello, explíquenos a qué piensa que se dedicará el cuarto tiempo de ese partido…
Indudablemente ha de estar dedicado a la reparación histórica de las víctimas del atropello que han sufrido los interinos. Muchos han quedado por el camino. Habrá que reponerlos e indemnizarlos. Muy pronto tendremos noticias.
¿Y está aquí por la guerra de los interinos?
Bueno, parcialmente. La Unión Europea no se ha quedado quieta desde 1999, lo comprenderá. En estos últimos años ha sido una aspiradora de soberanías. A veces voluntariamente, a veces, por la estulticia de los estados que han abusado sin pensar que, en muchos temas, ya no mandan. Uno de ellos, pero solo uno de ellos es el tema de los interinos. De ello que, para prevenir infracciones a sus competencias, digo soberanías, ha diseñado una herramienta de control que son los canales de denuncia, que afectan a todas las empresas y administraciones, sin excepciones ni aforamientos.
En Madrid hacemos la primera jornada de formación de administradores de estos canales, administradores cuya principal característica es la obligada independencia. Independencia de la empresa o administración, y responsabilidad delante del alertador y de la Unión Europea.
¿Y por qué ahora?
La Directiva entró en vigor el 17 de diciembre de 2019, y el período de transposición finalizó en 17 de diciembre de 2021, momento desde el que la directiva se aplica directamente, como cualquier ley interna. La Directiva da una serie de derechos a los ciudadanos, que no pueden ser soslayados. Y entre esos derechos está la protección absoluta frente a las represalias. Ahora es el tiempo de exigir a empresas y administraciones por qué no se han adaptado. El no adaptarse plantea ya de entrada, responsabilidades de los altos gestores de las mismas y responsabilidades del Estado Español.
¿Y por qué ustedes?
Aspertic, la asociación que represento, fuimos uno de los impulsores de la Directiva. Desde 2016 apostamos por ella como herramienta para atajar la corrupción y la protección jurisdiccional de los corruptos que observamos en el día a día. Por eso la Directiva incluye dentro de su control, el de los jueces, magistrados, fiscales, letrados o abogados del estado. Pero también, políticos, patronales o Casa Real. Eso sí, siempre que la infracción sea del derecho o intereses de la Unión. No toda corrupción es, pues, denunciable por dichos canales, sólo los que afectan o pueden afectar al Derecho de la Unión y están detallados en el Artículo 2 de la Directiva.
¿Y qué pretende la Unión Europea?
Pues de entrada, retirar de la conflictividad de los juzgados nacionales buena parte de los temas que los encallan. Entiende que unos canales previos fuertes e independientes pueden aliviar esa conflictividad. Unos temas porque no tendrían que llegar, como consumo o contratación pública, y otros por ser muy específicos, como ciberseguridad o protección de datos. Si el canal no lo soluciona, siempre se puede acudir a los juzgados.
Y por otra parte, en esos temas que considera ya propios, establecer un mecanismo reforzado de control, al constatar que en países como España, el concepto de transparencia de las administraciones se ha convertido en una broma de dudoso gusto, y los que se oponen a los mangoneos y oscuridades son víctimas de una caza sin piedad, con la connivencia del Poder Judicial.
¿Qué harán en esa jornada del viernes 1 de julio?
Aspertic notificó a la Unión Europea que se constituía en buzón europeo de la Directiva Whistleblowers el 4 de enero de 2020. Y como tal fue reconocido por la Audiencia Provincial de Barcelona el pasado 10 de febrero de 2022. Aspertic es un buzón externo de la Directiva y su procedimiento, Vía Denuncia, fue también examinado, tanto en primera instancia como en segunda, no encontrándosele tacha alguna.
Por tanto, ahora toca certificar a profesionales que puedan administrar esos buzones y canales.