La primera sentencia a favor de la gestación subrogada o más conocida como “vientres de alquiler” se ha dado a conocer para una pareja española en Grecia y, en consecuencia, dentro de la Unión Europea.
En la sentencia el tribunal de Grecia ha dado la autorización para que una pareja de españoles pueda realizar en ese país un proceso de gestación subrogada. Dicha pareja lo ha realizado a través de la agencia española Subrogalia y el proceso de gestación no ha sido de carácter mercantil ya que la madre gestante únicamente ha percibido una compensación económica por las molestias y gastos médicos ocasionados, pero no para lucrarse u obtener un beneficio económico. La pareja de españoles es heterosexual y tienen el marido 35 años y la mujer 37 años.
La agencia española Subrogalia abrió oficina en Grecia en noviembre de 2014 después de que el gobierno griego ampliara a todos los ciudadanos comunitarios de la Unión Europea la ley que permite la maternidad subrogada y que desde 2002 sólo era aplicable a los ciudadanos nacionales griegos. En este momento se hallan en curso 26 procesos más a través de dicha compañía, habiendo sido este caso el primero que se tramitó y que confirma el camino de todos los demás.
Así, desde finales de 2014 y esencialmente a lo largo de 2015 Grecia se ha convertido en el país de referencia en los procesos de maternidad subrogada dentro de la Unión Europea, ya que los tribunales de este país otorgan una sentencia judicial, equiparable a las expedidas en los procesos de gestación subrogada en Estados Unidos, pero sin necesidad del procedimiento “exequatur” para su inscripción en el Registro Civil, lo que simplifica enormemente el trámite posterior de inscripción del niño nacido.
Todo ello hace que por proximidad, garantías legales y abaratamiento de los costes, Grecia se esté convirtiendo en un destino ideal para parejas o mujeres solteras, pues de lo contrario debían ir a Estados Unidos, donde el coste es muy superior (prácticamente el doble) o a México, Rusia o Ucrania, donde la gestación subrogada también está legalizada pero no se otorga sentencia sino una partida de nacimiento.