Un
padre imputado por un presunto delito de
maltrato infantil contra sus dos hijos menores de cinco años, que también fue
condenado en enero de 2018 por un delito de
coacciones en el ámbito familiar con
quebrantamiento de medida cautelar, mantiene la
custodia en exclusiva sobre sus dos hijos tras concedérsela el hasta hace unos meses titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Palma de Mallorca, Carlos Izquierdo Téllez, que además decidió el pasado junio suspender cautelarmente el
régimen de visitas de la madre –con una severa discapacidad física debido a un accidente– a los menores tras alegar incumplimiento del régimen de visitas y la “
continua situación de conflictividad generada con el equipo técnico”.
Los niños fueron ingresados en junio en un hospital después de sufrir crisis de ansiedad al tener que ser entregados a su padre
Esta
madre maltratada con graves problemas de movilidad lleva
más de ocho meses sin poder ver a sus hijos gemelos de cinco años de edad, después de que el juez de Violencia sobre la Mujer número 1 de Palma decidiera el pasado junio
suspender cautelarmente el régimen de visitas a los menores, tras alegar incumplimiento por parte de ella, sin tener en cuenta que el progenitor tiene una
condena firme por violencia de género y dos órdenes de alejamiento en vigor ni tampoco las condiciones de movilidad reducida de la madre, obligada contra el criterio médico a realizar
26 traslados mensuales al punto de encuentro, sistema requerido por el padre de los menores y aceptado por el juez, pese a que la madre ofreció numerosas
opciones alternativas más acordes con sus necesidades específicas de movilidad y para el bien de los niños.A todo esto se suma que esta mujer víctima de violencia machista también será juzgada en breve por un presunto
delito de desobediencia, abierto por el mismo juez de Violencia sobre la Mujer número 1 de Palma, que vuelve a obviar la discapacidad con movilidad reducida de la madre y el criterio de los facultativos. Además de no atender los requerimientos de esta madre con discapacidad, el juez le ha abierto
varios procesos de desobediencia por el que la Fiscalía le solicita la pena máxima, un año de prisión. También el Ministerio Público obvia en este caso tanto la discapacidad de esta madre como el criterio médico. El fiscal ha rechazado incluso la insistente petición de esta víctima de violencia machista desde hace años para ser supervisada por un forense que certifique la discriminación negativa que sufre.El Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Palma de Mallorca decidió, en un auto del 10 de junio pasado,
suspender cautelarmente el régimen de visitas de los menores, establecido en otro anterior de febrero de este año, en el que
el juez decidió el cambio del régimen de guarda y custodia de los hijos menores
a favor del padre, pese a conocer que tiene desde 2018 una condena por coacciones y quebrantamiento y dos órdenes de alejamiento en vigor.Pese a todo, el juez estableció en febrero un régimen de visitas de los menores con su madre de
dos tardes entre semana y fines de semana alternos en el punto de encuentro, pese a tener pleno conocimiento de la imposibilidad médica objetiva de la madre de ir a este
punto de encuentro. Precisamente este es el motivo principal por que le retiran la custodia de los dos niños, pese a tener plena constancia el juez de que los menores están perfectamente atendidos, cuidados y felices con su madre.
Menores “libres de interferencias”, según el juez
En el auto del pasado junio, el juez creyó “necesario” suspender cautelarmente el régimen de visitas establecido
“a la vista de las incidencias producidas” y el incumplimiento por el no retorno de los menores en la forma establecida, obviando que estaban ingresados en un hospital con diagnóstico de maltrato físico y psíquico provocado presuntamente por su propio progenitor condenado. Pese a ello, el juez recalca “la continua situación de
conflictividad generada con el equipo técnico del Punt de Trobada Familiar, con afectación a los propios menores”.El magistrado cree que esta suspensión es el “único modo de garantizar su superior interés, que es el de estar
libres de interferencias y cumplimiento del régimen en la forma debida, hasta tanto no se elimine la producción de nuevas situaciones como las expuestas”. Fuentes del entorno más cercano a la madre de los niños han asegurado a
Diario16 que “no hay prueba alguna de lo que alega el juez, y aunque la madre ha presentado numerosos escritos, la Fiscalía no hace nada”. En este sentido, no se ha realizado ni una valoración ni seguimiento alguno a los niños para comprobar el verdadero interés de los menores en este caso, ya que ellos mismos han asegurado querer estar “con su mamá”, aseguran estas mismas fuentes.Este magistrado no ha tenido en cuenta los
informes médicos presentados por la madre en los que se recogen los
episodios de ansiedad y agresividad sufridos por los menores cuando debían ser entregados a su padre en el punto de encuentro. En la exploración médica a la niña, se le detectan unos
hematomas en la cara interna de ambos brazos, que admite a los facultativos que se los hizo su padre cuando
lloraba porque “echaba de menos” a su madre, algo que también corrobora su hermano.
El juez creyó “necesario” suspender el régimen de visitas a la madre por “el incumplimiento por el no retorno de los menores en la forma establecida y la continua situación de conflictividad generada con el equipo técnico”
El diagnóstico pediátrico realizado en el Hospital Universitari Son Espases es claro:
“Sospecha de maltrato infantil”. Se decide remitir informe a la Fiscalía de Menores y a los servicios sociales de menores.Cuando
interviene la Fiscalía, lejos de buscar la protección de esta madre y sus hijos frente al condenado por violencia de género, decide
frenar las diligencias solicitadas por la víctima discapacitada para que los médicos forenses dictaminen sobre las
presuntas lesiones sobre los menores.Anteriormente, el fiscal Miguel Ángel Anadón se opuso en noviembre de 2018 a las
alternativas de traslados de los menores al punto de encuentro que ofreció la madre, e incluso días después instó a la juez de Instrucción 9 de Palma para que procesara a esta víctima de malos tratos por un
presunto delito de desobediencia, penado con hasta un año de prisión, por el que será juzgada en las próximas semanas mientras sigue sin ver a sus hijos desde hace más de ocho meses.
“Niños invisibilizados”
Fuentes cercanas al caso aseguran a
Diario16 que “
los niños están invisibilizados, por más gestiones que hace la madre o el pediatra de los niños”. Pese a haber informado al Registro Unificado de Maltrato Infaltil (RUMI), nadie se encarga de tratar a los menores, aunque a finales de marzo se tramitó una interconsulta por parte del pediatra para ser valorados y tratados en el Institut per a la Salut Mental de la Infància i l’Adolescència (
IBSMIA) del Hospital Son Espases de Palma.El Juzgado de Instrucción número 7 de Palma de Mallorca, cuyo titular es Antonio Garcías Sansaloni, tiene en su poder un documento remitido el pasado octubre por el servicio forense del
Instituto de Medicina Legal de las Islas Baleares en el que se hace constar que el progenitor de los dos menores, que mantiene la custodia en exclusiva de los niños,
no compareció a la cita que tenía acordada para una
exploración psicológica de los menores. La Fiscalía, por el momento, no ha iniciado ningún tipo de actuación contra esta incomparecencia.Varias asociaciones de defensa de las personas con discapacidad y de protección a los menores se han interesado por este caso adelantado por
Diario16 el pasado verano. Además, personas cercanas a la madre de los menores han intentado hacer llegar la
voz de alarmaal Consejo General del Poder Judicial, al que han instado para que actúe y evite esta situación de desprotección sobre esta madre y sus dos hijos menores.Un informe del
Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) reconoce que la actuación judicial de este caso representa una
“decisión discriminatoria” y menciona el artículo 31 del
Convenio de Estambul, rubricado por España en 2014, relativo a custodia, derecho de visita y seguridad. En este apartado se recuerda que “las partes tomarán las medidas legislativas u otras necesarias para que, en el momento de estipular los
derechos de custodia y visita relativos a los hijos, se tengan en cuenta los
incidentes de violencia incluidos en el ámbito de aplicación del presente convenio”.También la ley española de violencia de género prevé la
supresión o limitación del régimen de visitas cuando existe una situación de violencia sobre la mujer. En su artículo 66 se recoge que “el juez podrá
ordenar la suspensión del régimen de visitas, estancia, relación o comunicación del inculpado por violencia de género respecto de los menores que dependan de él”.Fuentes cercanas al caso aseguran que esta madre con una severa discapacidad está siendo víctima de una “discriminación indirecta por razón de su discapacidad” y también de una “discriminación estructural por la no aplicación de ajustes”.El juez de Violencia sobre la Mujer que ha llevado este caso hasta fechas recientes
no ha pedido informes sobre la situación en que se encuentran los niños por
trastornos de ansiedad, pese a los informes médicos que así lo confirman y que también obran en poder de la Fiscalía.Recientemente, Ángeles Carmona, presidenta del
Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, dependiente del Poder Judicial, ha urgido a reformar el Código Penal para que se recoja la
obligatoriedad legal de retirar la custodia de sus hijos a padres condenados por malos tratos, como así lo señala el reciente Pacto de Estado contra la violencia de género firmado por el parlamento.