El juez dictó en 2015 una orden de alejamiento del padre sobre su pareja pero no sobre los hijos de ambosEste juez especializado en violencia sobre la mujer ha decidido retirar la custodia de los menores a la madre por el incumplimiento del régimen de visitas, pese a que el magistrado tiene en su poder informes de los responsables del punto de encuentro que habían suspendido las visitas atendiendo los partes médicos de la madre en los que certificaba su imposibilidad de acudir al punto de encuentro acordado y el testimonio de dos testigos que también acreditaron sus evidentes problemas de movilidad.Fuentes de entorno familiar confirman a Diario16 que esta madre lleva cinco años luchando “por sus derechos” sin que hasta ahora haya podido lograr una adaptación a sus necesidades reales. Lejos de atender sus demandas y los informes médicos, la justicia ha decidido que sea el padre, condenado por violencia de género y con dos órdenes de alejamiento en vigor, el que asuma la custodia de los dos hermanos mellizos, que tenían 24 meses cuando comenzó su odisea, pese a la existencia de varios informes médicos que certifican la situación de riesgo de los menores, con golpes recibidos por su progenitor, así como numerosos quebrantamientos y coacciones llevados a cabo en el mismo punto de encuentro. Fuentes cercanas a esta madre aseguran que “los niños nunca han querido ir a ver a este señor, lloran, salen con golpes… Es muy duro verlos llorar y sufrir durante años y que nadie del sistema haga nada por ellos”. En estos momentos existe una petición de la Fiscalía, pendiente de recurso, que califica al progenitor como maltratador habitual, que además tiene una orden de alejamiento en vigor hasta 2023.Este caso comenzó a judicializarse en 2015, cuando tres partes médicos certificaron los malos tratos del padre sobre la madre de los menores. Bajo la amenaza de retirarle la custodia de sus bebés “por proteger al maltratador”, la madre decidió denunciar a su ex pareja. Un juzgado dictó una orden de alejamiento del maltratador sobre su víctima pero no sobre los hijos de ambos. Además, el juez estipuló en un primer auto un total de 22 traslados al mes al punto de encuentro, obviando por completo la discapacidad acreditada de la madre y su imposibilidad médica objetiva de poder llevar a cabo estos desplazamientos de más de siete kilómetros de distancia. El juez no tuvo en cuenta tampoco que los menores apenas tenían 24 meses de edad y, con aquel régimen de visitas estipulado, llegaba a casa no antes de las 21 horas cada días alternos.
Un juez retira la custodia a una madre con discapacidad y se la da al padre condenado por violencia de género y con dos órdenes de alejamiento
02
de Agosto
de
2019
Actualizado
el
02
de julio
de
2024
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El titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Palma de Mallorca, Carlos Alberto Izquierdo Téllez, ha retirado a una madre, con graves problemas de movilidad acreditados médicamente tras sufrir un accidente en 2006, la custodia de sus dos hijos menores de corta edad y se la ha otorgado en exclusiva a su progenitor, condenado en firme por violencia de género, con informes médicos de maltrato de adulto sobre los niños y con dos órdenes de alejamiento. En un auto dictado el pasado febrero, el juez ordena el cambio de guarda y custodia de los hijos menores de edad, que pasa a ejercerse por el padre, al tiempo que establece un régimen de visitas de los menores con su madre.
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