El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social yMigraciones ha dado luz verde a la Orden Ministerial que desarrolla lamoratoria de las aportaciones empresariales a las cotizaciones socialesincluida en el Real Decreto11/2020 y que permitirá a las empresas y autónomos de 12 sectoreseconómicos suspender durante seis meses sin ningún tipo de interés lascotizaciones sociales (para empresas, aportaciones empresariales y porconceptos de recaudación conjunta y los trabajadores autónomos, para suscuotas) pagaderas en los meses de mayo, junio y julio.
En el caso de los autónomos estas mensualidades son lascorrespondientes a dichos meses, mientras que en el caso de las empresas sonlas devengadas en el mes inmediatamente anterior. En concreto, la OrdenMinisterial faculta a los siguientes sectores económicos a solicitar lamoratoria de cotizaciones sociales sin intereses para los próximos meses:
CódigoCNAE 2009 | Descripciónactividad |
119 | Otroscultivos no perennes |
129 | Otros cultivos perennes |
1812 | Otras actividades de impresión y artes gráficas |
2512 | Fabricaciónde carpintería metálica |
4322 | Fontanería,instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado |
4332 | Instalaciónde carpintería |
4711 | Comercioal por menor en establecimientos no especializados, con predominio enproductos alimenticios, bebidas y tabaco |
4719 | Otrocomercio al por menor en establecimientos no especializados |
4724 | Comercio al por menor de pan y productos de panadería,confitería y pastelería en establecimientos especializados |
7311 | Agenciasde publicidad |
8623 | Actividadesodontológicas |
9602 | Peluqueríay otros tratamientos de belleza |
La moratoria permitirá a los autónomos y empresas cuyaactividad se corresponda con estos códigos de la CNAE solicitar la suspensiónde las cuotas empresariales de sus trabajadores durante un plazo de seis mesessin ningún tipo de interés. Si se les concede la moratoria, los pagos quedebían realizar en mayo se ingresarán en noviembre y así sucesivamente con elresto de las mensualidades.
Las empresas deben solicitar esta moratoria entre el 1 y 10 del mes en el que tendrían que afrontar el pago a la Tesorería General de la Seguridad Social a través del sistema RED. En el caso de los trabajadores autónomos que no tengan autorizado RED, podrán utilizar el servicio de la sede electrónica de la Seguridad Social.
Un aplazamiento de las cotizaciones sociales con un tipo de interés del 0,5%, siete veces inferior al habitual
Los autónomos y empresas cuya actividad no se encuentre entrelas indicadas, tienen la posibilidad de solicitar un aplazamiento de lascotizaciones sociales con un tipo de interés del 0,5%, siete veces inferior alhabitual para los pagos que debían realizar en los meses de abril, mayo yjunio. Estas iniciativas forman partedel paquete de medidas que ha puesto en marcha el Gobierno con el objeto demitigar los efectos de la pandemia de COVID-19 para empresas, autónomos ytrabajadores.
Esta medida es novedosa en cuanto a su extensión, ya quehasta ahora las moratorias autorizadas se habían ceñido a criteriosgeográficos, como consecuencia de catástrofes naturales, como fue el caso delterremoto de Lorca en 2011, pero nunca se había realizado a nivel sectorial.