Además del
recurso de casación presentado ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo por la familia de las víctimas del doble crimen de Almonte (Huelva), cometido en abril de 2013, la Fiscalía del alto tribunal se ha sumado a la
petición de nulidad del juicio oral celebrado el pasado octubre en la Audiencia Provincial de Huelva mediante tribunal del jurado y que otro magistrado presidente ordene un
nuevo juicio contra el ahora absuelto Francisco Javier Medina, único imputado en la causa al que el Ministerio Público y las acusaciones particulares pedían
50 años de prisión por el doble crimen, en el que Miguel Ángel y su hija María de ocho años fueron asesinados tras recibir más de 150 puñaladas en su domicilio del municipio onubense.
El recurso del Ministerio Público critica al alto tribunalo andaluz por no valorar “un abultado número de pruebas de un altísimo contenido incriminatorio”
La Fiscalía del Tribunal Supremo ha presentado un escrito en el que solicita a la Sala que
revoque la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) sobre el crimen de Almonte y que se acuerde la
nulidad del juicio oral y que se ordene celebrarlo de nuevo con
otro magistrado presidente.En su recurso de casación, el Fiscal del Supremo apoya el único motivo del recurso formalizado por la acusación particular, al entender
violado el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva del artículo 24.1 de la Constitución en su vertiente de necesidad de motivación de las resoluciones judiciales del artículo 120. 3 de la Constitución.El fiscal apoya el recurso presentado, ya que entiende que la Sala del TSJA, cuya sentencia se recurre, incurre en la misma infracción de precepto constitucional al no apreciar arbitrariedad y dar por suficiente y buena, sin argumentos diferentes, la motivación del jurado que incluyó la magistrada presidente en su sentencia.La Fiscalía considera que la sentencia de apelación dictada por el TSJA, al desestimar los recursos interpuestos, infringe los dos preceptos constitucionales indicados, puesto que el veredicto del jurado incurre “en arbitrariedad por
carecer de racionalidad la valoración de la prueba que plasmó en su veredicto”, y en segundo lugar, ofreció
“una motivación por completo insuficiente al no valorar un abultado número de pruebas de altísimo valor incriminatorio sin indicar, además, las razones de dicha preterición probatoria”.
El Ministerio Público ve arbitrariedad en el TSJA por carecer de racionalidad la valoración de la prueba que plasmó en su veredicto
El recurso de casación de la Fiscalía del Supremo incide en
la “credibilidad” que el jurado otorgó a los testimonios de dos testigos claves en el juicio celebrado en Huelva:
Raquel Granados (ex pareja sentimental del absuelto) y
Maite Espina (ex compañera de trabajo del juzgado y posteriormente absuelto por el jurado). El Ministerio Público asegura que
“ambas se contradicen en sus respectivos testimonios y que, en modo alguno, Maite Espina confirma la declaración de aquélla”. Asegura el escrito de la Fiscalía que estas dos afirmaciones “no se vuelcan en el presente informe en sede de valoración probatoria sino en reproche al jurado, y también al TSJ, pues ni el primero se percató de lo que verdaderamente declararon ni el segundo comprobó que respondía a la verdad procesal lo que se aseguraba el jurado en su acta”.