El Supremo rehabilita a un guardia civil acusado de insubordinación por retrasarse unos minutos en una ronda de vigilancia
20
de Febrero
de
2020
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El Tribunal Supremo ha corregido una sanción injusta a un agente de la Guardia Civil que fue expedientado por insubordinación y castigado a la “pérdida de cinco días de haberes con suspensión de funciones” por retrasarse unos minutos en una ronda de vigilancia. El afectado fue expedientado cuando cumplía tareas de seguridad y protección en uno de los centros penitenciarios de la provincia de Alicante. Según la sentencia dictada por la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, un suboficial de servicio ordenó al guardia que la vigilancia exterior del complejo carcelario se realizase exactamente “durante los últimos veinticinco minutos de cada uno de los tramos horarios a él asignados”, según un comunicado de la asociación AUGC, que ha defendido los derechos laborales del agente castigado.En uno de los tramos asignados, concretamente el comprendido entre las 04.00 y las 05.00 horas, el agente no atendió la orden recibida, pues a las 04.46 se encontraba en la zona de descanso del Cuerpo de Guardia, donde “fue sorprendido por el mando”. Sin embargo, seis minutos más tarde, el agente sancionado sí cumplió con la orden de su jefe. Eran las 04.52 y en su batida de reconocimiento le acompañó otro guardia, con el que debía realizar la vigilancia exterior del complejo penitenciario.En su declaración ante el instructor del expediente, el suboficial aseguró que “debido a la actitud del encartado, se sintió desacreditado como mando y de ahí la falta de subordinación”. Por estos hechos, el Tribunal Militar Central confirmó una resolución del Director General de la Guardia Civil, que a su vez ratificó la dictada por el general jefe de la zona de Valencia, quien impuso al agente la sanción de “pérdida de cinco días de haberes con suspensión de funciones” como autor de una falta grave consistente en “falta de subordinación”. El castigo está previsto en el apartado 5 del artículo 8 de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil.Frente a la sentencia dictada por el Tribunal Militar Central, el letrado de la asociación AUGC en Alicante, Alberto Manuel Mollá Díez, defensor del agente expedientado, presentó recurso de casación ante la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, al entender que la orden recibida se había cumplido “en los primeros tramos horarios” y “con retraso en el último” aunque, si bien es cierto que tras la llamada de atención del suboficial. No obstante, a juicio del abogado no cabía imponer la “falta de subordinación”. El Supremo ha estimado las alegaciones presentadas por la defensa del sancionado en el sentido de que la Dirección General de la Guardia Civil y el Tribunal Militar Central “vulneraron el principio de legalidad-tipicidad” al considerar que el agente había cometido una “falta grave”. El alto tribunal considera, por contra, que la conducta del guardia de vigilancia no debía pasar de una “simple falta leve de retraso en el cumplimiento de las órdenes recibidas del artículo 9.3 de la citada Ley Disciplinaria”, que lleva aparejada una sanción sensiblemente menor: solo un día de suspensión de sueldo.Desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles de Alicante se lamenta “que deban ser siempre los tribunales quienes nos den la razón a golpe de sentencia”. “Le damos nuestra enhorabuena a nuestro afiliado y a nuestro letrado, así como celebramos este nuevo logro y cómo, una tras otra, las sucesivas sentencias ganadas por nuestros servicios jurídicos en los distintos ámbitos y tribunales ponen de manifiesto que gozamos de los mejores servicios para nuestros afiliados, dejando patente que, tanto a nivel provincial como nacional, ofrecemos un trato cercano y efectivo que nos pone por encima del resto de organizaciones”.AUGC es la decana de las asociaciones profesionales y la mayoritaria en el Consejo de la Guardia Civil. Cuenta con representación en todo el territorio español, en cada una de las unidades y especialidades del Cuerpo, y viene liderando el movimiento asociativo desde la llegada de la democracia, cuando nació como un sindicato clandestino. Su lucha por la democratización de la institución le valió en 2010 el Premio Nacional de Derechos Humanos que concede la Asociación Pro Derechos Humanos.
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