La Audiencia de Granada revisará el caso de Juana Rivas

01 de Agosto de 2017
Actualizado el 02 de julio de 2024
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Juana Rivas
La Audiencia de Granada revisará el caso de Juana Rivas, que sigue ilocalizable tras incumplir la orden judicial que la obliga a entregar a sus dos hijos a su expareja, después de que el Tribunal Constitucional no haya admitido ayer el recurso presentado por la madre para poder seguir con los menores.Vuelve así un nuevo halo de esperanza a Juana Rivas, tras el varapalo de ayer tarde, tras decidir el Tribunal Constitucional que, al no haber agotado todas las vías legales, no podría intervenir en su amparo.Mientras, su exmarido y, según su versión, maltratador, atiende a los medios españoles, que se han hecho eco casi de forma masiva, de sus declaraciones en las que niega la versión de Juana Rivas, tal y como ayer informó Diario16.
El tribunal podrá revocar o suspender la resolución que obliga a Juana Rivas a restituir a sus hijos con su padre en Italia
El tribunal provincial analizará así la posible infracción de los derechos fundamentales constitucionalmente protegidos en el orden jurisdiccional ordinario y podrá revocar o suspender la resolución que obliga a Juana Rivas a restituir a sus hijos con su padre en Italia, según ha informado el despacho de abogados Montero Estévez.La formalización del recurso ante el TC ha coincidido con la presentación de un incidente excepcional de nulidad de actuaciones ante la Audiencia granadina, órgano que ha acordado habilitar el mes de agosto para resolverlo.El bufete Montero Estévez, que representa a la madre, ha anunciado además que, de no estimarse sus pretensiones en la jurisdicción ordinaria, en este caso la Audiencia de Granada, reiniciaría la solicitud de amparo ante el Tribunal Constitucional.Después de que la Audiencia no admitiera un recurso por infracción procesal en esta misma causa, el pasado viernes el despacho recibió el encargo de elaborar e interponer el recurso de amparo, que finalmente no ha admitido hoy el TC.La actuación ante el Constitucional se inició por tanto al considerarse entonces que había finalizado la posibilidad de obtener la tutela de los derechos fundamentales ante la jurisdicción ordinaria, como resulta procedente.El bufete confía en que la tutela judicial de los menores sea resuelta por la jurisdicción ordinaria sin necesidad de que el Tribunal Constitucional tenga que conceder el amparo.
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